sometimiento a información pública de la documentación integrante del Avance del Plan Especial de Reordenación Urbana en el ámbito UM-562, Alquerías.
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IV. Administración Local
Murcia
21 | sometimiento a información pública de la documentación integrante del Avance del Plan Especial de Reordenación Urbana en el ámbito UM-562, Alquerías. |
Expte. 2024/00402/40
Planeamiento.
La Junta de Gobierno Local del Excmo. Ayuntamiento de Murcia, en sesión celebrada el día 22 de noviembre de 2024, adoptó el siguiente acuerdo:
Primero. Someter el Avance del Plan Especial de Reordenación Urbana en el ámbito UM-562, Alquerías, presentado por la mercantil LA NIÑA DEL SUR, S.L. que obra en el presente expediente a través del justificante de entrega de archivo voluminoso que se adjunta al presente acuerdo (código identificación fichero: 5738f8fd-b3e1-4f9c-98ec-6cdc8e60983c) al trámite de información pública por plazo de un mes, para la presentación de sugerencias, mediante anuncios que se publicarán en el Boletín Oficial de la Región y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Murcia.
Segundo. Remitir el Avance del Plan Especial junto con la solicitud de inicio de evaluación ambiental estratégica y el Documento Ambiental Estratégico y sus anexos al órgano ambiental municipal para que por el Servicio adscrito a dicho órgano sea sometido al trámite de consultas previsto en la legislación ambiental de conformidad con el artículo 164 de la Ley 13/2015 de Ordenación Territorial y Urbanística de la Región de Murcia, al artículo 30 de la Ley 21/13, de Evaluación Ambiental y artículo 105 de la Ley 4/2009 de Protección Ambiental Integrada, entre las Administraciones e interesados que procedan.
Tercero. Remitir a efectos informativos a la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Región de Murcia conforme al artículo 164 de la Ley 13/2015 de Ordenación Territorial y Urbanística de la Región de Murcia.
Cuarto. Remitir el acuerdo a los Servicios Municipales correspondientes para su conocimiento, en especial al Servicio Administrativo de Gestión Urbanística y al Centro Municipal de Arqueología.
Quinto. Notificar el acuerdo al promotor y al resto de interesados en el expediente.
Sexto. Remitir este acuerdo a la Dirección General de Patrimonio Cultural de la CARM, a la Dirección General de Carreteras de la CARM y a la Confederación Hidrográfica del Segura para que emitan informe sobre las cuestiones de su competencia pudiendo acceder al proyecto a través del justificante de entrega de archivo voluminoso que se adjunta.
Séptimo. Contra este acuerdo que constituye un acto de trámite que no pone fin a la vía administrativa, no procede interponer recurso administrativo alguno, sin perjuicio de que los interesados se opongan al mismo efectuando las correspondientes alegaciones para su consideración en la resolución que ponga fin al procedimiento, según el artículo 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas."
De conformidad con los arts. 152,2 y 164 de la Ley 13/2015, de 30 de marzo, de ordenación territorial y urbanística de la Región de Murcia, dicho trámite de información pública señalado, por plazo de un mes, para la presentación de sugerencias, empezará a contar desde el día siguiente al de aparición del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, durante el cual, las personas interesadas podrán examinarlo preferentemente en la dirección electrónica urbanismo.murcia.es/infourb/ o bien de forma presencial en la planta baja del Edificio Municipal de Servicios Abenarabi, sito en Avda. Abenarabi 1/A, Murcia en la Sección de Información Urbanística,
Murcia, 12 de diciembre de 2024. El Alcalde, P.D., la Titular del Órgano de Apoyo de la Junta de Gobierno Local, María Ángeles Horcajada Torrijos.