Resolución de 27 de noviembre de 2024 del director General de Centros Educativos e Infraestructuras por la que se dispone la publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia de la Orden de 26 de noviembre de 2024 por la que se extingue la autorización de apertura y funcionamiento del Centro Privado de Educación Infantil "El Tren Azul" de Murcia, código del centro 30013839, por cese de actividad.
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I. Comunidad Autónoma
3. Otras disposiciones
Consejería de Educación y Formación Profesional
6316 | Resolución de 27 de noviembre de 2024 del director General de Centros Educativos e Infraestructuras por la que se dispone la publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia de la Orden de 26 de noviembre de 2024 por la que se extingue la autorización de apertura y funcionamiento del Centro Privado de Educación Infantil "El Tren Azul" de Murcia, código del centro 30013839, por cese de actividad. |
Con el fin de dar publicidad a la Orden de 2024 de la Consejería de Educación y Formación Profesional, por la que se extingue la autorización de apertura y funcionamiento del Centro Privado de Educación Infantil "El Tren Azul" de Murcia, código 30013839 con domicilio en C/ Moncayo, 2 - bajo, por cese de actividad
Resuelvo:
Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia de la Orden de 26 de noviembre de 2024 de la Consejería de Educación y Formación Profesional, por la que se extingue la autorización de apertura y funcionamiento del Centro Privado de Educación Infantil "El Tren Azul" de Murcia, código 30013839, que se inserta a continuación como Anexo.
Murcia, 27 de noviembre de 2024. El Director General de Centros Educativos e Infraestructuras, Luis Eduardo Gómez Espín.
Anexo
Dispongo:
Primero. Extinguir la autorización de apertura y funcionamiento del Centro Privado de Educación Infantil "El Tren Azul" de Murcia, código 30013839, por cese de actividad.
Segundo. La extinción de la autorización se inscribirá de oficio en el Registro de Centros Docentes de niveles no universitarios de la Región de Murcia.
Tercero. La presente Orden surtirá efectos desde el inicio de curso académico.
Cuarto. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la notificación o publicación de la misma, de acuerdo a lo establecido en los artículos 10.1.a), 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Asimismo, podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Murcia, 26 de noviembre de 2024. El Consejero de Educación y Formación Profesional, Víctor Javier Marín Navarro.