Resolución de 20 de noviembre de 2024 del Director General de Centros Educativos e Infraestructuras por la que se dispone la publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia de la Orden de 19 de noviembre de 2024 por la que se modifica la autorización de apertura y funcionamiento del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria "Los Olivos" de Molina de Segura, código 30018503.
I. Comunidad Autónoma
3. Otras disposiciones
Consejería de Educación y Formación Profesional
6052 | Resolución de 20 de noviembre de 2024 del Director General de Centros Educativos e Infraestructuras por la que se dispone la publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia de la Orden de 19 de noviembre de 2024 por la que se modifica la autorización de apertura y funcionamiento del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria "Los Olivos" de Molina de Segura, código 30018503. |
Con el fin de dar publicidad a la Orden de 19 de noviembre de 2024 de la Consejería de Educación y Formación Profesional, por la que se modifica la autorización de apertura y funcionamiento del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria "Los Olivos" de Molina de Segura, código 30018503,
Resuelvo:
Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia de la parte dispositiva de la Orden de 19 de noviembre de 2024 de la Consejería de Educación y Formación Profesional, por la que se modifica la autorización de apertura y funcionamiento del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria "Los Olivos" de Molina de Segura, código 30018503, que se inserta a continuación como Anexo.
Murcia, 20 de noviembre de 2024. El Director General de Centros Educativos e Infraestructuras, Luis Eduardo Gómez Espín.
Anexo
Dispongo:
Primero. Modificar la autorización de apertura y funcionamiento del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria "Los Olivos" de Molina de Segura, código 30018503, por ampliación de 1 unidad de educación infantil de primer ciclo (2-3 años), quedando configurado el centro en los siguientes términos:
- Código de centro: 30018503.
- Naturaleza: Privada.
- Titular: Centro Educativo Los Olivos, S. Coop.
- NIF del titular: F73300675.
- Denominación genérica: Centro Privado de Educación Infantil, Primaria, Secundaria y Formación Profesional.
- Denominación específica: "Los Olivos".
- NIF del centro: F73300675.
- Domicilio: Avda. Cronista Carlos Valcárcel Mayor, 2, Urb. Los Olivos.
- Localidad: 30500 Molina de Segura.
- Provincia: Murcia.
- Comunidad Autónoma: Región de Murcia.
- Enseñanzas autorizadas: Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria y Formación Profesional.
- Capacidad:
- Educación Infantil:
Primer ciclo:
1 unidad 0-1 año y 8 puestos escolares.
2 unidades 1-2 años y 26 puestos escolares.
3 unidades 2-3 años y 60 puestos escolares
Segundo ciclo: 9 unidades y 225 puestos escolares.
- Educación Primaria: 18 unidades y 450 puestos escolares.
- Educación Secundaria Obligatoria: 12 unidades y 360 puestos escolares.
- Aulas Abiertas Especializadas Genéricas: 3 unidades y 21 puestos escolares.
- Bachillerato:
Ciencias y Tecnología: 2 unidades y 70 puestos escolares.
Humanidades y Ciencias Sociales: 2 unidades y 70 puestos escolares.
- Formación Profesional:
• Ciclo Formativo de Grado Básico de Cocina y Restauración: 2 unidades y 50 puestos escolares.
• Ciclo Formativo de Grado Medio de Técnico en Guía en el Medio Natural y de Tiempo Libre: 2 unidades y 60 puestos escolares en turno vespertino.
• Ciclo Formativo de Grado Superior de Enseñanza y Animación Socio-Deportiva: 2 unidades y 60 puestos escolares en horario vespertino.
• Ciclo Formativo de Grado Superior de Educación Infantil: 2 unidades y 60 puestos escolares en horario vespertino.
Segundo. La modificación de la autorización de apertura y funcionamiento se inscribirá de oficio en el Registro de Centros Docentes de niveles no universitarios de la Región de Murcia.
Tercero. En el caso de que el centro deje de reunir alguno de los requisitos mínimos establecidos en la normativa aplicable, la autorización será objeto de revocación expresa por esta Administración. Particularmente, el titular se obliga a mantener en todo momento el cumplimiento de los requisitos mínimos de espacios e instalaciones que han motivado el otorgamiento de la modificación según consta en los documentos que obran en el expediente.
Cuarto. La presente Orden surtirá efectos desde el inicio del curso 2024/2025.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la notificación o publicación de la misma, de acuerdo a lo establecido en los artículos 10.1.a), 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Asimismo, podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas?.
Murcia, 19 de noviembre de 2024. El Consejero de Educación y Formación Profesional, Víctor Javier Marín Navarro.
NPE: A-301124-6052