Resolución de 11 de noviembre de 2024 del Director General de Centros Educativos e Infraestructuras por la que se dispone la publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia de la Orden de 11 de noviembre de 2024 por la que se modifica la autorización de apertura y funcionamiento del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria "Las Claras del Mar Menor" de Los Alcázares, código 30013803.
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I. Comunidad Autónoma
3. Otras disposiciones
Consejería de Educación y Formación Profesional
5846 | Resolución de 11 de noviembre de 2024 del Director General de Centros Educativos e Infraestructuras por la que se dispone la publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia de la Orden de 11 de noviembre de 2024 por la que se modifica la autorización de apertura y funcionamiento del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria "Las Claras del Mar Menor" de Los Alcázares, código 30013803. |
Con el fin de dar publicidad a la Orden de 11 de noviembre de 2024 de la Consejería de Educación y Formación Profesional, por la que se modifica la autorización de apertura y funcionamiento del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria "Las Claras del Mar Menor" de Los Alcázares, código 30013803,
Resuelvo
Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia de la parte dispositiva de la Orden de 11 de noviembre de 2024 de la Consejería de Educación y Formación Profesional, por la que se modifica la autorización de apertura y funcionamiento del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria "Las Claras del Mar Menor" de Los Alcázares, código 30013803, que se inserta a continuación como Anexo.
Murcia, 11 de noviembre de 2024. El Director General de Centros Educativos e Infraestructuras, Luis Eduardo Gómez Espín.
Anexo
Dispongo:
Primero. Modificar la autorización de apertura y funcionamiento del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria "Las Claras del Mar Menor" de Los Alcázares, código 30013803, por ampliación de una unidad de Educación Infantil de segundo ciclo y renuncia a una unidad de Educación Primaria, quedando configurado el centro en los siguientes términos:
a) Código de centro: 30013803.
b) Naturaleza: Privada.
c) Titular: Formación Mar Menor, Sociedad Limitada, S.L.
d) NIF del titular: B73131880.
e) Denominación genérica: Centro Privado de Educación Infantil, Primaria, Secundaria y Formación Profesional.
f) Denominación específica: "Las Claras del Mar Menor".
g) NIF del centro: B73131880.
h) Domicilio: C/ Penélope, s/n, urbanización Oasis.
i) Localidad: 30710 Los Alcázares.
j) Provincia: Murcia.
k) Comunidad Autónoma: Región de Murcia.
l) Enseñanzas autorizadas: Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional.
m) Capacidad:
- Educación Infantil:
Primer ciclo:
1 unidad 1-2 años y 13 puestos escolares.
1 unidad 2-3 años y 20 puestos escolares.
Segundo ciclo: 10 unidades y 250 puestos escolares.
- Educación Primaria: 18 unidades y 450 puestos escolares.
- Educación Secundaria Obligatoria: 14 unidades y 420 puestos escolares.
- Bachillerato:
Ciencias y Tecnología: 4 unidades y 126 puestos escolares.
Humanidades y Ciencias Sociales: 2 unidades y 66 puestos escolares.
- Formación Profesional:
• Grado Medio:
Técnico en Conducción de Actividades Físico Deportivas en el Medio Natural: 2 unidades y 40 puestos escolares en turno vespertino.
Técnico en Farmacia y Parafarmacia: 2 unidades y 40 puestos escolares en turno vespertino y 2 unidades y 80 puestos escolares en turno vespertino, modalidad semipresencial.
Técnico en Cocina y Gastronomía: 2 unidades y 40 puestos escolares en turno matutino
• Grado Superior:
Técnico Superior en Enseñanza y Animación Sociodeportiva: 2 unidades y 40 puestos escolares en turno vespertino.
Técnico Superior en Agencias de Viajes y Gestión de Eventos: 2 unidades y 40 puestos escolares en turno vespertino.
Técnico Superior en Dietética: 2 unidades y 40 puestos escolares en turno vespertino.
Técnico Superior en Educación Infantil: 2 unidades y 40 puestos escolares en turno vespertino.
Técnico Superior en Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma: 2 unidades y 40 puestos escolares en turno vespertino.
Técnico Superior en Dirección de cocina: 2 unidades y 40 puestos escolares en turno vespertino.
Segundo. La modificación de la autorización de apertura y funcionamiento se inscribirá de oficio en el Registro de Centros Docentes de Niveles no Universitarios de la Región de Murcia.
Tercero. En el caso de que el centro deje de reunir alguno de los requisitos mínimos establecidos en la normativa aplicable, la autorización será objeto de revocación expresa por esta Administración. Particularmente, el titular se obliga a mantener en todo momento el cumplimiento de los requisitos mínimos de espacios e instalaciones que han motivado el otorgamiento de la modificación según consta en los documentos que obran en el expediente.
Cuarto. La presente Orden surtirá efectos desde el inicio del curso 2024/2025.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la notificación o publicación de la misma, de acuerdo a lo establecido en los artículos 10.1.a), 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Asimismo, podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas.
Murcia, 11 de noviembre de 2024. El Consejero de Educación y Formación Profesional, Víctor Javier Marín Navarro.