Convocatoria de subvenciones en el ámbito de los programas de fomento del comercio local, ejercicio 2024.
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IV. Administración Local
Yecla
5538 | Convocatoria de subvenciones en el ámbito de los programas de fomento del comercio local, ejercicio 2024. |
BDNS (Identif.): 795047
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/795047).
Vista cuanta documentación obra en el expediente 997267T.
De conformidad con el informe-propuesta suscrito por la Directora de la Agencia de Desarrollo Local, de fecha 23 de octubre de 2024.
Con el dictamen de la Comisión Informativa de Comercio, Consumo y Hostelería.
La Junta de Gobierno Local adopta por unanimidad los siguientes acuerdos:
1. Aprobar la convocatoria para la concesión de subvenciones, en el ámbito de los programas de Fomento del Comercio Local, Ejercicio 2024, para subvencionar la ejecución de los programas o proyectos generales o la realización de las actividades o actuaciones concretas y específicas previstas en el objeto de la convocatoria, siempre que tengan una incidencia, trascendencia o repercusión social.
Requisitos:
Objeto de la convocatoria: Programas/proyectos o actividades/actuaciones relacionados en el apartado 1.1 del art. 1 de las Bases reguladoras.
Beneficiarios: Asociaciones y/o federaciones de comerciantes locales, sin ánimo de lucro, legalmente constituidas y con personalidad jurídica propia con anterioridad a la fecha de aprobación de la convocatoria, que reúnan los requisitos previstos en el art. 5 de las Bases reguladoras.
Destino de las subvenciones: Financiación de gastos de naturaleza corriente.
Importe a subvencionar: Máximo de 12.000,00 €. Aplicación presupuestaria: 2024-431- 48901 (RC 2024.2.0014169.000).
Plazo de presentación de solicitudes: 10 días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el B.O.R.M.
Bases reguladoras de la convocatoria: Publicadas en el B.O.R.M. núm. 252, de 31 de octubre de 2018.
Lugar donde pueden obtenerse las Bases de la convocatoria: Agencia de Desarrollo Local, Secretaría General del Excmo. Ayuntamiento de Yecla, y página web municipal www.yecla.es (Inicio/Área Jurídica, Económica, Subvenciones e Información Pública/Becas, Subvenciones y Ayudas/Área de Comercio).
Lugar de presentación de solicitudes: Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Yecla, o en cualquiera de las formas previstas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Resto de condiciones de la convocatoria: Las previstas en las bases reguladoras.
2. Dar publicidad al procedimiento de concurrencia competitiva mediante inserción de los correspondientes anuncios en el B.O.R.M. y en la página web municipal, www.yecla.es.
Yecla, 29 de octubre de 2024. La Alcaldesa, M.ª Remedios Lajara Domínguez.