Resolución de 10 de octubre de la Secretaría General de la Consejería de Empresa, Empleo y Economía Social, por la que se dispone la publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, del Contrato Programa para el ejercicio 2024, entre la Consejería de Empresa, Empleo y Economía Social, y Servicio Regional de Empleo y Formación (SEF).

Resumen autogenerado por OpenAI

Audios generados (reproducción automática)

Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.

I. Comunidad Autónoma

3. Otras disposiciones

Consejería de Empresa, Empleo y Economía Social

Servicio Regional de Empleo y Formación

5142 Resolución de 10 de octubre de la Secretaría General de la Consejería de Empresa, Empleo y Economía Social, por la que se dispone la publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, del Contrato Programa para el ejercicio 2024, entre la Consejería de Empresa, Empleo y Economía Social, y Servicio Regional de Empleo y Formación (SEF).

La Disposición Adicional Sexta de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia dispone que anualmente deberá suscribirse un contrato-programa entre cada Consejería y los Entes del Sector Público que a ella estén adscritos, para determinar los objetivos a alcanzar y los recursos que se ponen a su disposición, con expresión de indicadores que permitan medir su grado de consecución.

A su vez, la Disposición Adicional trigésima cuarta de la Ley 4/2023, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio de 2024, establece que durante el año 2024 las entidades dependientes o vinculadas a la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, deberán relacionarse con ella a través de la Consejería de la que dependan, mediante suscripción de un contrato-programa en el que se concreten, entre otros aspectos, los objetivos que se asignen, así como las estrategias y su correspondiente financiación.

El control de su cumplimiento corresponderá a la Consejería que lo haya suscrito, sin perjuicio del que pueda ejercer la consejería competente en materia de hacienda.

En cumplimiento de dichos preceptos, con fecha 10 de octubre de 2024 se ha suscrito el Contrato-Programa del ejercicio 2024 entre la Consejería de Empresa, Empleo y Economía Social, y Servicio Regional de Empleo y Formación (SEF), y con el objeto de dar difusión al citado Contrato Programa,


Resuelvo:

Publicar en el Boletín Oficial de la Región de Murcia el Contrato-Programa para 2024, entre la Consejería de Empresa, Empleo y Economía Social, y Servicio Regional de Empleo y Formación (SEF), que se anexa a esta Resolución.

Murcia, 10 de octubre de 2024. La Secretaria General de la Consejería de Empresa, Empleo y Economía Social, Ana E. Losantos Albacete.


Contrato-Programa del ejercicio 2024 Consejería de Empresa, Empleo y Economía Social y Servicio Regional de Empleo y Formación

Partes intervinientes

De una parte, doña María Isabel López Aragón, Consejera de Empresa, Empleo y Economía Social, nombrada por Decreto del Presidente n.º 25/2024, de 15 de julio (BORM n.º 164, de 16 de julio).

De otra parte, en representación del Organismo Autónomo Servicio Regional de Empleo y Formación, la Directora General doña Pilar Valero Huéscar, en virtud de nombramiento efectuado por Decreto de Consejo de Gobierno n.º 199/2024, de 26 de septiembre, (BORM número 226, de 27 de septiembre), y de conformidad con lo preceptuado en el artículo 5 del Decreto 130/2005, de 25 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Organismo Autónomo Servicio Regional de Empleo y Formación.

Los comparecientes, en la representación en que intervienen, se reconocen recíprocamente capacidad legal suficiente y vigencia de las respectivas facultades con las que actúan, para suscribir el presente Contrato-Programa, y a tal efecto,

Manifiestan

I.- En fecha 28 de junio de 2024 se firmó el Contrato Programa para el año 2024 entre el Servicio Regional de Empleo y Formación (SEF en adelante), y la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo, Consejería de adscripción del mismo en esa fecha.

II.- Tras la reorganización administrativa producida por el Decreto del Presidente n.º 19/2024, de 15 de julio, de Reorganización de la Administración Regional (BORM n.º 164 de 16 de julio), el SEF, de acuerdo con el artículo 6 de éste, queda adscrito a la Consejería de Empresa, Empleo y Economía Social, produciendo sus efectos desde la citada fecha de la publicación.

Este cambio de adscripción implica para las partes un cambio en las funciones de control y seguimiento del cumplimiento de lo acordado en el Plan Anual de Actuación y Planificación Estratégica del SEF para el ejercicio 2024, y el Informe de seguimiento del Contrato-programa del año 2024 que se rendirá a la Consejería de Empresa, Empleo y Economía Social, lo que genera la necesidad de actualizar el texto originario del Contrato programa del año 2024 del SEF de 28 de junio de 2024, y por transparencia, eficacia y legalidad la nueva suscripción de del Contrato-Programa 2024 entre los titulares de la Consejería citada y el SEF.

III.- El marco legal se establece en la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la CARM, modificada por la Ley 3/2012, de 24 de mayo, de medidas urgentes para el reequilibrio presupuestario, la cual establece en su Disposición Adicional Sexta ("Medidas de control de los entes instrumentales"), apartado 2 (Contrato Programa), que "anualmente deberá suscribirse un contrato programa entre cada consejería y los entes del sector público que a ella estén adscritos, para determinar los objetivos a alcanzar y los recursos que se ponen a su disposición, con expresión de los indicadores que permitan medir su grado de consecución".

Los Contratos Programas constituyen el instrumento adecuado de relación entre los entes creados por la Administración para cumplir, de forma eficiente, con unos objetivos acordes con su objeto social y los órganos (Consejerías) que tienen atribuido el control de aquellos y el seguimiento del cumplimiento de esos objetivos.

La Ley 14/2012, de 27 de diciembre, de medidas tributarias, administrativas y de reordenación del sector público regional, en su artículo 14, atribuye a la Consejería competente en materia de Hacienda la facultad de dictar instrucciones de obligado cumplimiento, con carácter particular o general, para los entes a los que resultan de aplicación lo previsto en el Título III de la ley, en las materias objeto de su competencia, y en particular sobre los contratos programa a suscribir con la Consejería a la que estén adscritos.

Finalmente la Disposición adicional trigésima cuarta de la Ley 4/2023, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2024, establece que "durante el año 2024 las entidades dependientes o vinculadas a la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia deberán relacionarse con ella, a través de la consejería de la que dependan, mediante la suscripción de un contrato-programa en el que se concreten, entre otros aspectos, los objetivos que se asignen, así como las estrategias y su correspondiente financiación. El control de su cumplimiento corresponderá a la consejería que lo haya suscrito, sin perjuicio del que pueda ejercer la consejería competente en materia de hacienda".

IV. El SEF fue creado por la Ley 9/2002, de 11 de noviembre, como Organismo Autónomo de carácter administrativo, dotado de personalidad jurídica propia y plena capacidad jurídica pública y privada, así como de patrimonio propio para el cumplimiento de las funciones y competencias que se le asignan.

El texto del presente Contrato-Programa fue aprobado por el Consejo de Administración del SEF en su reunión celebrada el día 23 de mayo de 2024.

El código asignado por la Oficina de la Comisión en el Registro de Entes del Sector Público CARM es el 06-0-11-OOAA, y el asignado por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas es el 13-00-000-B-V-010.

El Contrato-Programa consta de nueve cláusulas y de tres anexos, referidos a las competencias, los objetivos, las obligaciones y los derechos del SEF, el Plan anual de actuación, la planificación estratégica, los recursos a disposición del SEF, la financiación, y la publicación del contrato-programa, seguimiento y control del cumplimiento de objetivos, plazos para su consecución, así como los indicadores para evaluar su cumplimiento.

Por todo ello, ambas partes acuerdan suscribir el presente Contrato-programa 2024, como herramienta que ha de guiar la actuación y la gestión de los responsables del SEF y del conjunto de empleados públicos, y que se dirige hacia la consecución de una serie de prioridades definidas y objetivos del Organismo, en base a las siguientes cláusulas:

Cláusulas
Primera. Competencias de la Consejería de Empresa, Empleo y Economía Social.

La Consejería de Empresa, Empleo y Economía Social es el departamento de la Comunidad Autónoma que ejerce las competencias en materia de apoyo empresarial; coordinación y seguimiento de los planes y proyectos de inversión singulares, estratégicos o de gran repercusión para la Comunidad Autónoma que determine el Consejo de Gobierno; simplificación administrativa de la actividad empresarial; Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación; precios autorizados y defensa de la competencia así como comercio, consumo y artesanía.

Asimismo le corresponde a este departamento la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno en materia de trabajo y fomento de la economía social y del trabajo autónomo; empleo, mediante la intermediación y orientación laboral; fomento de las políticas activas de empleo y formación, incluida la formación ocupacional y continua; seguridad y salud laboral; prevención de riesgos laborales; relaciones laborales; así como cualesquiera otras que le asigne la legislación vigente.

Segunda. Competencias del SEF.

Según establece Ley 9/2002, de 11 de noviembre, el SEF se constituye para la realización, orientada al pleno empleo estable y de calidad, de todas aquellas actividades de fomento, formación para el empleo y de intermediación en el mercado laboral, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Es el encargado de impulsar, desarrollar y ejecutar la política regional en materia de empleo mediante la intermediación y orientación laboral, el fomento de políticas activas de empleo y la formación profesional, tanto ocupacional como continua, de acuerdo a los programas de formación profesional en vigor, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Murcia, atendiendo a la modernización del sistema de atención a los demandantes de empleo y a facilitar a los empleadores la contratación de trabajadores con experiencia adecuada a las necesidades de producción de las empresas.

Tercera. Las obligaciones del SEF.

Son obligaciones del Organismo Autónomo SEF las siguientes:

a. El conocimiento técnico, económico y de coyuntura del sector de mercado en el que se inserte la actividad o servicio del Organismo Autónomo, en cada momento.

b. En particular, el SEF debe conocer y dominar la técnica más eficiente para prestar los servicios encomendados, compatible con los principios de respeto al ordenamiento jurídico en materia de medio ambiente, residuos y consumo eficiente de materias primas.

c. Disponer de los informes y estudios técnicos, jurídicos y económicos que avalen suficientemente la forma en que se ejecuta la estrategia regional de empleo.

d. Conocer y estar informado de la evolución de los costes de mercado en régimen de libre competencia para la adquisición de recursos, bienes y servicios que se requieran para cumplir sus objetivos, adecuando los precios de licitación de los contratos a los más eficientes que predominen en el mercado.

e. Llevar a cabo todas las actuaciones formales y materiales que se requieran para la adquisición de recursos, bienes y servicios necesarios para la ejecución de la estrategia regional de empleo, con estricta sujeción a la normativa aplicable en materia de contratación y, en particular, conforme a los principios de publicidad y concurrencia.

f. Asegurarse, comprometer y reservar la financiación necesaria, de carácter limitativo, para ejecutar la estrategia regional de empleo correspondiente, suspendiendo la ejecución de los proyectos en curso cuando la previsión de financiación se vea interrumpida, suspendida o reducida o los costes excedan de los inicialmente calculados.

g. Establecer en los procesos de licitación y adquisición de bienes y servicios, las advertencias y los mecanismos previsionales que, siendo compatibles con la normativa de contratación, permitan la suspensión justificada y sin indemnización de los contratos en curso conforme al procedimiento jurídico contractual de aplicación, con la finalidad de prever y anticiparse a todas las contingencias y circunstancias que pudieran devenir y de las que pudieran derivarse perjuicios para el SEF o para la Consejería de adscripción. Para cada contrato, se detallarán exhaustivamente todos los supuestos y contingencias que puedan presentarse y que sean causa de suspensión o resolución contractual sin derecho a indemnización.

h. Siempre que sea jurídicamente posible y económicamente asumible, el Organismo Autónomo cubrirá mediante la suscripción de pólizas de seguro, los riesgos económicos y jurídicos imputables al mismo y derivados de retrasos, suspensiones o indemnizaciones en los contratos de obras y/o servicios y suministros, formalizados por el SEF.

i. En todos los contratos de adquisición de bienes, obras, servicios o suministros, se contemplarán y se aplicarán, necesariamente, todos los supuestos de incumplimientos a cargo del contratista que sean susceptibles de penalización económica. En especial, se definirán y establecerán los supuestos de penalizaciones y sanciones por retrasos injustificados en los plazos de ejecución, por sobrecostes no contemplados en el contrato, así como por los defectos en la calidad de los bienes, de las obras, de los materiales o de los servicios adquiridos.

j. En todos los pliegos de condiciones de los contratos de prestación de servicios que, conforme al Convenio Colectivo de aplicación, conlleven necesariamente la subrogación total o parcial por el contratista adjudicatario del personal adscrito a la empresa contratista saliente, se incluirán necesariamente cláusulas por las que se prohíbe el aumento de plantilla adscrita al contrato, excepto sí hay modificaciones que lo justifican. El número de horas totales/año, por categorías, del personal adscrito al contrato, a su término, no podrá ser superior al que se hubiese fijado a su inicio.

k. Junto con el cumplimiento de las obligaciones impuestas por la legislación en materia de contratos, se exigirá que, junto con los pliegos de condiciones, exista en todo caso un informe económico de valoración justificativa del coste, a precios de mercado, en el que se sustente el presupuesto de licitación y que deberá formar parte en todo caso del expediente de contratación.

l. Ejercer el control directo y permanente sobre la ejecución de los contratos de obras y/o servicios y suministros contratados por el SEF, atribuyéndolo expresamente en los propios contratos y estableciendo un sistema de informes periódicos mensuales o quincenales del responsable del control del contrato. Este control directo y permanente deberá llevarse a cabo en forma colegiada por un equipo de, al menos, dos empleados técnicos del SEF, uno de los cuales, como mínimo, deberá ser el autor material del pliego de prescripciones técnicas y de los informes económicos del presupuesto de licitación, y mediante la aplicación de indicadores de cumplimiento de plazos, indicadores de control y desviaciones de costes y de indicadores de control de calidad de los bienes, obras, servicios o suministros. Los informes, todos ellos escritos, y los actos de control sobre los contratos, así como los indicadores de seguimiento que se establezcan, formarán parte del expediente de contratación, sea cual sea su importe y se integrarán en el citado expediente.

m. El SEF está sometido en su actividad a la normativa de contratos del sector público y a los criterios generales establecidos o que establezca la Junta Regional de Contratación, dentro del ordenamiento jurídico específico en la materia.

n. Con estricta sujeción a lo dispuesto en los artículos 20 y siguientes de la Ley 14/2012, de 27 de diciembre, deberá aprobar los criterios de contratación del personal del SEF, someterlos a los requisitos legalmente establecidos, tales como informes previos y preceptivos por parte del Centro Directivo competente en materia de función pública de la Comunidad Autónoma, aplicar el carácter limitativo del gasto presupuestado y efectuar las convocatorias públicas, asegurando la publicidad y concurrencia de los interesados y la celebración de pruebas selectivas teórico-prácticas que aseguren los principios de mérito y capacidad en los candidatos seleccionados y la transparencia en el procedimiento seguido, de acuerdo con las limitaciones legalmente establecidas.

ñ. Hacer el seguimiento periódico de los objetivos de la Estrategia de Reactivación para el Empleo de Calidad 2021-2024, elaborar de forma veraz y fidedigna los indicadores de ejecución de objetivos y facilitarlos a la Consejería de Empresa, Empleo y Economía Social.

o. Cumplir diligentemente y en el menor plazo posible, las peticiones de información y/o documentación que se reciban de la Consejería de Empresa, Empleo y Economía Social, o de la Consejería competente en materia de Hacienda o Función Pública.

p. Actuar con total transparencia en sus relaciones con todos y con la Consejería de Empresa, Empleo y Economía Social, facilitando sin reservas la totalidad de la documentación, información, datos, estadísticas, cuentas y cuantos datos y documentos le sean requeridos.

q. Publicar en su web, además de los Contratos Programa, las adjudicaciones de los contratos, las convocatorias de selección de personal de cualquier categoría y modalidad, memorias y cuentas anuales y todas las actuaciones realizadas por el SEF en el marco de su Contrato-Programa.

Las obligaciones del SEF, recíprocamente constituyen el marco de derechos de la Consejería de Empresa, Empleo y Economía Social.

Cuarta. Derechos del SEF.

El Organismo Autónomo SEF ostenta frente a la Consejería de Empresa, Empleo y Economía Social, un conjunto de derechos cuyo ejercicio efectivo debe facilitar la ejecución de su objeto social. Entre otros:

a) Disponer de un interlocutor en la Consejería de la Consejería de Empresa, Empleo y Economía Social, que represente un cauce abierto y permanente de consulta y aclaraciones sobre el modo de ejecutar el Contrato Programa y la Estrategia de Reactivación para el Empleo de Calidad 2021-2024 en la que participa el SEF.

El interlocutor será la Secretaría General de la Consejería.

b) A recibir de la Consejería de Empresa, Empleo y Economía Social, en los plazos y bajo el calendario que se pueda establecer, los fondos económicos presupuestados y comprometidos para atender el cumplimiento en plazo de las obligaciones económicas derivadas del Contrato Programa y de los del SEF.

c) A ser informado y conocer las directrices fijadas por la Consejería de Empresa, Empleo y Economía Social, con antelación suficiente para llevarlas a cabo o incluirlas en el Contrato Programa correspondiente.

d) A ser asistido, informado y asesorado por los servicios técnicos, jurídicos, económicos e informáticos de la Consejería en todos los proyectos en los que el SEF solicite su asistencia.

e) A tener acceso a los sistemas informáticos de soporte corporativo de la Consejería, al correo corporativo y a los sistemas y planes de formación de los empleados de la Consejería.

Los derechos del SEF constituyen el marco de obligaciones de la Consejería de Empresa, Empleo y Economía Social.

Quinta. El Plan Anual de Actuación y Planificación Estratégica del SEF para el ejercicio 2024.

El Plan Anual de Actuación y Planificación Estratégica del SEF queda reflejado en el Anexo I, de acuerdo con las instrucciones elaboradas por la Consejería de Economía y Hacienda, de acuerdo con el artículo 14 d) de la Ley 14/2012, de 27 de diciembre, de medidas tributarias, administrativas y de reordenación del sector público regional, y el artículo 35 del Decreto 299/2017, por el que se crea y regula el funcionamiento de la Central de Información de la Intervención General de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

El SEF se estructura en las siguientes Áreas Funcionales:

- Área de Fomento del Empleo.

- Área de Prestaciones a los Desempleados (Red de Oficinas de Empleo).

- Área de Formación Profesional para el Empleo.

- Dirección General y Secretaría General Técnica.

Sexta. Recursos a disposición del SEF.

La Dirección General del SEF se estructura en:

a) Secretaría General Técnica, que la integran las siguientes Unidades Administrativas:

- Servicio de Régimen Interior.

- Servicio Jurídico.

- Servicio Económico y de Contratación.

- Servicio de Coordinación y Gestión del Fondo Social Europeo.

b) Subdirección General de Empleo, que la integran las siguientes Unidades Administrativas:

- Servicio de Orientación, Intermediación y Contratos.

- Servicio de Fomento de Empleo.

- Red de oficinas de empleo

c) Subdirección General de Formación, que la integran las siguientes Unidades Administrativas:

- Servicio de Homologación y Autorización de Acciones y Proyectos y Programación.

- Servicio de Ejecución, Seguimiento y Evaluación de Acciones y Proyectos.

- Centro de Referencia Nacional de Química de Cartagena

Bajo la dependencia inmediata de la Dirección del SEF, se encuentra el Observatorio Ocupacional, que es la Unidad técnica encargada de la obtención, mantenimiento y explotación de un banco de cuantos datos sean conducentes al conocimiento de las necesidades del mercado laboral, que puedan indicar en cada momento las directrices a seguir en materia de políticas activas de empleo y formación en la Región de Murcia.

1. Recursos humanos.

Los recursos humanos del SEF ascienden a 473 empleados y empleadas públicos en enero de 2024, con la siguiente distribución por categorías:

SUBGRUPO TOTAL ENERO/2024
A1 42
A2 221
A1/A2 20
A2/C1 9
C1 36
C1/C2 2
C2 138
C2/A.P. 1
AGRUP. PROF. 4
TOTAL 473


2. Recursos materiales.

Las dependencias centrales del SEF están ubicadas en Murcia capital, Avda. Infante D. Juan Manuel, 14.

Además, para la prestación de los servicios que tiene encomendados, el SEF cuenta con oficinas distribuidas por el territorio de la Comunidad Autónoma:

OFICINA DOMICILIO
1 O.E. Águilas Sta. Mª, s/n esq. C/Bola y cubo
2 O.E. Alcantarilla C/Alcalde Pedro Cáscales Vivancos, 20
3 O.E. Alhama C/ Perú, 14
4 O.E. Archena C/ Azalea, 16
5 O.E. Bullas C/ Iglesia, s/n
6 O.E. Calasparra Av. 1.º de Mayo, 30, bajo 1
7 O.E. Caravaca de la Cruz C/ Martínez Nevado, 3
8 O.E. Cartagena Avda. De Murcia, 7
9 O.E. Cehegín Ctra. de Murcia, 15 bajo c, esquina Cuesta del Parador
10 O.E. Cieza C/Padre Salmerón, 30
11 O.E. Fortuna Plaza Tercera Edad, s/n
12 O.E. Jumilla C/ Colón, 5
13 O.E. Lorca C/Diego Pallares Cacha, Barrio La Viña, s/n
14 O.E. Mazarrón C/ Lardines, 10
15 O.E. Molina de Segura C/ Picasso, 49, esq. Dr. Fleming
16 O.E. Moratalla C/Humanista Alonso Sánchez, s/n
17 O.E. Mula Ctra. de Caravaca, esq. C/ Prosperidad, 20
18 O.E. Murcia Norte Avda. Ronda Norte, 10
19 O.E. Murcia Este Avda. Príncipe de Asturias, 43
20 O.E. Murcia Sur Avda. del Palmar 3, Residencial La Innovadora
21 Oficina SABER Murcia C/ Sagasta, 27
22 O.E. San Javier C/ Salzillo, esquina c/ Virgen de la Vega, s/n
23 O.E. Torre Pacheco C/ Carmen Martin Gaite, 26
24 O.E. Totana C/ Calasparra, 46
25 O.E. La Unión C/ San Gil, 8
26 O.E. Yecla C/ San Pascual, 3
27 Centro de Orientación y Emprendimiento de la Región de Murcia C/ Torre Álvarez, 3 -5
28 Subdirección General de Formación C/ Del Transporte, 1 planta
29 Centro de Referencia Nacional de Química de Cartagena C/ Goya, s/n, Barrio San Félix


Séptima. Financiación.

Se incluye como Anexo II el Cuadro Resumen de costes y financiación de las Líneas de Actuación, según la estructura económica de gastos e ingresos del presupuesto 2024 del SEF.

Si durante la ejecución de la línea de actuación se produjese un aumento sobrevenido del coste o una minoración o paralización de los ingresos con los que se financia la misma, ésta deberá adaptarse en la forma en que proceda y sea menos gravosa o perjudicial para la finalidad de la línea a fin de restaurar el equilibrio económico, llegando incluso a su suspensión hasta que se restaure dicho equilibrio. Los objetivos e indicadores deberán adecuarse a las nuevas circunstancias.

Octava. Publicación del Contrato-Programa, seguimiento y control de cumplimiento de objetivos.

Una vez suscrito por las partes, la modificación de presente Contrato-Programa para el año 2024 será objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, así como en el Portal de la Transparencia creado por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 30 de mayo de 2014 y en la Web del SEF.

Una vez finalizado el ejercicio 2024, el SEF elaborará un informe de seguimiento en el que se determinarán los indicadores de ejecución y se analizarán las causas y circunstancias más relevantes del resultado. Dicho informe se elaborará en el mes de enero de 2025.

El informe se remitirá a la Consejería de Empresa, Empleo y Economía Social, y será publicado en el Portal de la Transparencia y en la página web del SEF.

Novena. Fondos MRR.

El Servicio Regional de Empleo y Formación, como entidad ejecutora de subproyectos incluidos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se compromete a cumplir con las obligaciones y normativa reflejadas en el Anexo III.

Y en prueba de conformidad con lo expuesto, ambas partes firman el presente Contrato-Programa para el ejercicio 2024, el 10 de octubre de 2024, haciéndose constar que por parte de la Consejería firmante se procederá al registro y publicación en el BORM del presente Contrato-Programa.

La Consejera de Empresa, Empleo y Economía Social, Isabel López Aragón. La Directora General del Servicio Regional de Empleo y Formación, Pilar Valero Huéscar.


AVISO: Este anuncio contiene uno o más anexos que no se muestran aquí. Acceda a la versión del anuncio en PDF para verlos


NPE: A-181024-5142

585260 {"title":"Resolución de 10 de octubre de la Secretaría General de la Consejería de Empresa, Empleo y Economía Social, por la que se dispone la publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, del Contrato Programa para el ejercicio 2024, entre la Consejería de Empresa, Empleo y Economía Social, y Servicio Regional de Empleo y Formación (SEF).","published_date":"2024-10-18","region":"murcia","region_text":"Región de Murcia","category":"boa","category_text":"Boletín Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets_v2\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-murcia.png","id":"585260"} murcia A-181024-5142;BORM;BORM 2024 nº 243;Consejería de empresa, empleo y economía social - servicio regional de empleo y formación;Convenios;Otras disposiciones https://govclipping.com/modules/controller/ReferencesController.php Resaltar Quitar resaltado false https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php https://govclipping.com/modules/controller/SubsidyController.php https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php https://govclipping.com/search Error "" region subsidy initiative Error Ha habido un error: {error}. Inténtalo de nuevo más tarde. Elemento guardado en la lista El elemento ha sido modificado Elemento eliminado de la lista Guardar para leer más tarde Aceptar Cancelar No se han encontrado artículos adicionales. https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde. Error No se ha podido enviar la alerta de prueba a tu correo electrónico {email}. Inténtalo de nuevo más tarde. Alerta de prueba enviada Se ha enviado una alerta de prueba únicamente a tu email {email}. Revisa tu carpeta de Spam y añade @govclipping.com a tu lista de contactos. Enviar email de prueba Se enviará un email de prueba únicamente al correo electrónico de esta cuenta. Si no lo recibes, revisa tu carpeta de Spam. Enviar a todos los destinatarios Se enviará el correo electrónico a todos los destinatarios. Si no lo reciben, revisen su carpeta de Spam. Error No se ha podido enviar el correo electrónico a todos o algunos de los destinatarios. Inténtalo de nuevo más tarde. Correo electrónico enviado Se ha enviado el correo electrónico a todos los destinatarios. Revisen su carpeta de Spam y añadan @govclipping.com a su lista de contactos. Este contenido está disponible para usuarios premium Mejora tu cuenta a Professional para desbloquear y acceder todo el contenido premium sin restricciones. Consulta todas las ventajas de ser Professional en Planes de suscripción. Mejora tu cuenta https://govclipping.com/pricing Enlace copiado en portapapeles. Tu cuenta no está asociada a un Organización. Únete a uno o actualiza tu suscripción para crear tu propia Organización. https://govclipping.com/es/murcia/boa/2024-10-18/585260-resolucion-10-octubre-secretaria-general-consejeria-empresa-empleo-economia-social-se-dispone-publicacion-boletin-oficial-region-murcia-contrato-programa-ejercicio-2024-consejeria-empresa-empleo-economia-social-servicio-regional-empleo-formacion-sef https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.