Orden de 1 de octubre de 2024 de la Consejería de Empresa, Empleo y Economía Social por la que se estima la solicitud del Ayuntamiento de Ulea de nuevas tarifas del servicio de agua potable.
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I. Comunidad Autónoma
3. Otras disposiciones
Consejería de Empresa, Empleo y Economía Social
4966 | Orden de 1 de octubre de 2024 de la Consejería de Empresa, Empleo y Economía Social por la que se estima la solicitud del Ayuntamiento de Ulea de nuevas tarifas del servicio de agua potable. |
El Ayuntamiento de Ulea solicita la autorización de nuevas tarifas del servicio de suministro de agua potable en su municipio. Las tarifas en vigor fueron autorizadas por Orden de la Consejería de Empresa, Empleo, Universidades y Portavocía de 11 de marzo de 2022 (BORM nº 66 de 21 de marzo de 2022).
El Ayuntamiento Ulea, en sesión del Pleno del día 18 de noviembre de 2022, acuerda proponer la modificación de las tarifas del servicio de abastecimiento de agua potable. Asimismo, ratifican la aplicación automática de la fórmula de revisión de tarifas para el supuesto de incremento de tarifas del agua suministrada por la Mancomunidad de los Canales del Taibilla. La solicitud se produce a instancia de la empresa concesionaria del servicio, Acciona Agua, S.A, siendo las tarifas propuestas el resultado de aplicar la variación de precios interanual, lo que resulta un incremento de 10,5 por 100.
Se ha emitido Informe técnico favorable a la modificación de tarifas del citado Ayuntamiento, por considerarla conforme con los artículos 1,6 y 7 del Decreto 2695/1977, de 28 de octubre, sobre medidas relativas a política de precios, y artículo 16.2 del Real Decreto-Ley 7/1996, de 7 de junio, sobre medidas urgentes de carácter fiscal, fomento y liberalización de la actividad económica, los artículos 3 y 6 y la Disposición Transitoria primera de la Ley 2/2015, de 30 de marzo, de Desindexación de la Economía Española y el Decreto 105/1988, de 1 de julio, de creación del Consejo Asesor Regional de Precios, en su redacción dada por el Decreto 8/2005, de 14 de enero.
El Consejo Asesor Regional de Precios, en su reunión del día 30 de septiembre de 2024, ha informado, asimismo, favorablemente las tarifas de referencia, estimándose conveniente aceptar la propuesta del citado Ayuntamiento, conforme al Informe técnico favorable.
Vistos el artículo 4.2 del Decreto 3.477/1974, de 20 de diciembre; el artículo 16 del Real Decreto-Ley 7/1996, de 7 de junio, el artículo 7.1 del Real Decreto 2695/1977, de 28 de octubre, sobre normativa en materia de precios; los artículos 1, 4, 5 y Disposición Transitoria de la Ley 2/2015, de 30 de marzo, de Desindexación de la Economía Española; el Real Decreto 55/2017, de 3 de febrero, por el que se desarrolla la Ley 2/2015; el Real Decreto 2.226/1977, de 27 de agosto, sobre autorizaciones de aumento de tarifas de servicios de competencia local, y la Orden Ministerial de 30 de septiembre de 1977, así como el Real Decreto 4.112/1982, de 29 de diciembre; el Decreto del Presidente n.º 19/2024, de 15 de julio, de Reorganización de la Administración Regional (BORM, n.º 164 de 16/07/2024); el Decreto nº 180/2024, de 12 de septiembre, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Empresa, Empleo y Economía Social, el Decreto 8/2005, de 14 de enero, de modificación del Decreto 105/1988, de 1 de julio, de creación del Consejo Asesor Regional de Precios, y artículo 19 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
En su virtud, vista la propuesta de la Dirección General de Impulso al Comercio, Innovación Empresarial e Industrias y Oficios Artesanales y oído el parecer del Consejo Asesor Regional de Precios en su sesión celebrada el día 30 de septiembre de 2024,
Dispongo:
Primero.- Autorizar las tarifas del servicio de agua potable propuestas por el Ayuntamiento de Ulea, de conformidad con el Acuerdo del Pleno adoptado en sesión ordinaria del día 18 de noviembre de 2022, que son las siguientes:
CUOTA DE SERVICIO DOMÉSTICO / NO DOMÉSTICO |
CUOTA FIJA | EUROS/MES |
13 mm | 8,932 |
15 mm | 17,865 |
20 mm | 26,796 |
25 mm | 35,729 |
30 mm | 53,594 |
32 mm | 53,594 |
40 mm | 89,320 |
50 mm | 133,982 |
CUOTA DE SERVICIO HUERTA |
CUOTA FIJA | EUROS/MES |
13 mm | 10,828 |
15 mm | 21,656 |
20 mm | 32,483 |
25 mm | 43,309 |
30 mm | 64,996 |
32 mm | 64,966 |
40 mm | 108,277 |
50 mm | 162,414 |
CUOTA CONSUMO DOMÉSTICO/ NO DOMÉSTICO |
M3/MES | EUROS/MES |
0 - 5 | 0,6534 |
6 - 10 | 1,3067 |
11 - 20 | 1,9597 |
MAS 20 | 3,2662 |
CUOTA CONSUMO CAMPO/HUERTA |
M3/MES | EUROS/MES |
0 - 5 | 1,9488 |
6 - 10 | 2,5057 |
MAS DE 10 | 3,2662 |
CUOTA CONSERVACIÓN CONTADOR |
13 mm | 0,712 |
15 mm | 1,425 |
20 mm | 2,138 |
25 mm | 2,580 |
30 mm | 4,275 |
32 mm | 4,275 |
40 mm | 7,126 |
50 mm | 10,689 |
TARIFAS ESPECIALES |
CUOTA CONSUMO FAMILIA NUMEROSA |
M3/MES | EUROS/MES |
0 - 5 | 0,6534 |
MAS 5 | 0,9800 |
PENSIONISTAS |
M3/MES | EUROS/MES |
0 - 5 | 0,0000 |
6 - 10 | 1,3067 |
11 - 20 | 1,9597 |
MAS 20 | 3,2662 |
Segundo: Ratificar la aplicación automática de la siguiente fórmula de revisión de tarifas, para el supuesto de aumento de agua por la Mancomunidad de los Canales del Taibilla:
T= (100/R) x (P2-P1) x 1,1, siendo R=75%
Tercero : Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
Contra la presente Orden los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo, ante la correspondiente Sala del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su notificación, pudiendo también interponer con carácter previo y potestativo recurso de reposición ante esta Consejería, en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido, respectivamente, en los artículos 46 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En Murcia, a 1 de octubre de 2024. La Consejera de Empresa, Empleo y Economía Social, María Isabel López Aragón.