Orden de 1 de octubre de 2024 de la Consejería de Empresa, Empleo y Economía Social por la que se estima la solicitud del Ayuntamiento de Ulea de nuevas tarifas del servicio de agua potable.

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I. Comunidad Autónoma

3. Otras disposiciones

Consejería de Empresa, Empleo y Economía Social

4966 Orden de 1 de octubre de 2024 de la Consejería de Empresa, Empleo y Economía Social por la que se estima la solicitud del Ayuntamiento de Ulea de nuevas tarifas del servicio de agua potable.

El Ayuntamiento de Ulea solicita la autorización de nuevas tarifas del servicio de suministro de agua potable en su municipio. Las tarifas en vigor fueron autorizadas por Orden de la Consejería de Empresa, Empleo, Universidades y Portavocía de 11 de marzo de 2022 (BORM nº 66 de 21 de marzo de 2022).

El Ayuntamiento Ulea, en sesión del Pleno del día 18 de noviembre de 2022, acuerda proponer la modificación de las tarifas del servicio de abastecimiento de agua potable. Asimismo, ratifican la aplicación automática de la fórmula de revisión de tarifas para el supuesto de incremento de tarifas del agua suministrada por la Mancomunidad de los Canales del Taibilla. La solicitud se produce a instancia de la empresa concesionaria del servicio, Acciona Agua, S.A, siendo las tarifas propuestas el resultado de aplicar la variación de precios interanual, lo que resulta un incremento de 10,5 por 100.

Se ha emitido Informe técnico favorable a la modificación de tarifas del citado Ayuntamiento, por considerarla conforme con los artículos 1,6 y 7 del Decreto 2695/1977, de 28 de octubre, sobre medidas relativas a política de precios, y artículo 16.2 del Real Decreto-Ley 7/1996, de 7 de junio, sobre medidas urgentes de carácter fiscal, fomento y liberalización de la actividad económica, los artículos 3 y 6 y la Disposición Transitoria primera de la Ley 2/2015, de 30 de marzo, de Desindexación de la Economía Española y el Decreto 105/1988, de 1 de julio, de creación del Consejo Asesor Regional de Precios, en su redacción dada por el Decreto 8/2005, de 14 de enero.

El Consejo Asesor Regional de Precios, en su reunión del día 30 de septiembre de 2024, ha informado, asimismo, favorablemente las tarifas de referencia, estimándose conveniente aceptar la propuesta del citado Ayuntamiento, conforme al Informe técnico favorable.

Vistos el artículo 4.2 del Decreto 3.477/1974, de 20 de diciembre; el artículo 16 del Real Decreto-Ley 7/1996, de 7 de junio, el artículo 7.1 del Real Decreto 2695/1977, de 28 de octubre, sobre normativa en materia de precios; los artículos 1, 4, 5 y Disposición Transitoria de la Ley 2/2015, de 30 de marzo, de Desindexación de la Economía Española; el Real Decreto 55/2017, de 3 de febrero, por el que se desarrolla la Ley 2/2015; el Real Decreto 2.226/1977, de 27 de agosto, sobre autorizaciones de aumento de tarifas de servicios de competencia local, y la Orden Ministerial de 30 de septiembre de 1977, así como el Real Decreto 4.112/1982, de 29 de diciembre; el Decreto del Presidente n.º 19/2024, de 15 de julio, de Reorganización de la Administración Regional (BORM, n.º 164 de 16/07/2024); el Decreto nº 180/2024, de 12 de septiembre, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Empresa, Empleo y Economía Social, el Decreto 8/2005, de 14 de enero, de modificación del Decreto 105/1988, de 1 de julio, de creación del Consejo Asesor Regional de Precios, y artículo 19 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

En su virtud, vista la propuesta de la Dirección General de Impulso al Comercio, Innovación Empresarial e Industrias y Oficios Artesanales y oído el parecer del Consejo Asesor Regional de Precios en su sesión celebrada el día 30 de septiembre de 2024,


Dispongo:

Primero.- Autorizar las tarifas del servicio de agua potable propuestas por el Ayuntamiento de Ulea, de conformidad con el Acuerdo del Pleno adoptado en sesión ordinaria del día 18 de noviembre de 2022, que son las siguientes:


CUOTA DE SERVICIO DOMÉSTICO / NO DOMÉSTICO

CUOTA FIJA EUROS/MES
13 mm 8,932
15 mm 17,865
20 mm 26,796
25 mm 35,729
30 mm 53,594
32 mm 53,594
40 mm 89,320
50 mm 133,982


CUOTA DE SERVICIO HUERTA

CUOTA FIJA EUROS/MES
13 mm 10,828
15 mm 21,656
20 mm 32,483
25 mm 43,309
30 mm 64,996
32 mm 64,966
40 mm 108,277
50 mm 162,414


CUOTA CONSUMO DOMÉSTICO/ NO DOMÉSTICO

M3/MES EUROS/MES
0 - 5 0,6534
6 - 10 1,3067
11 - 20 1,9597
MAS 20 3,2662


CUOTA CONSUMO CAMPO/HUERTA

M3/MES EUROS/MES
0 - 5 1,9488
6 - 10 2,5057
MAS DE 10 3,2662


CUOTA CONSERVACIÓN CONTADOR

13 mm 0,712
15 mm 1,425
20 mm 2,138
25 mm 2,580
30 mm 4,275
32 mm 4,275
40 mm 7,126
50 mm 10,689
TARIFAS ESPECIALES

CUOTA CONSUMO FAMILIA NUMEROSA

M3/MES EUROS/MES
0 - 5 0,6534
MAS 5 0,9800

PENSIONISTAS

M3/MES EUROS/MES
0 - 5 0,0000
6 - 10 1,3067
11 - 20 1,9597
MAS 20 3,2662


Segundo: Ratificar la aplicación automática de la siguiente fórmula de revisión de tarifas, para el supuesto de aumento de agua por la Mancomunidad de los Canales del Taibilla:

T= (100/R) x (P2-P1) x 1,1, siendo R=75%

Tercero : Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Contra la presente Orden los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo, ante la correspondiente Sala del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su notificación, pudiendo también interponer con carácter previo y potestativo recurso de reposición ante esta Consejería, en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido, respectivamente, en los artículos 46 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En Murcia, a 1 de octubre de 2024. La Consejera de Empresa, Empleo y Economía Social, María Isabel López Aragón.

NPE: A-111024-4966

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