Orden de 1 de octubre de 2024 de la Consejería de Empresa, Empleo y Economía Social por la que se estima la solicitud del Ayuntamiento de Moratalla de la fórmula automática de revisión de las tarifas del servicio de agua potable.
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I. Comunidad Autónoma
3. Otras disposiciones
Consejería de Empresa, Empleo y Economía Social
4965 | Orden de 1 de octubre de 2024 de la Consejería de Empresa, Empleo y Economía Social por la que se estima la solicitud del Ayuntamiento de Moratalla de la fórmula automática de revisión de las tarifas del servicio de agua potable. |
El Ayuntamiento de Moratalla solicita la autorización de la fórmula automática de revisión de las tarifas de abastecimiento de agua potable en su municipio. Las tarifas en vigor son las publicadas en el BORM n.º 157, de 9 de julio de 2022, mediante Orden de la Consejería de Empresa, Empleo, Universidades y Portavocía de 24 de junio de 2022.
El Ayuntamiento Moratalla, en sesión del Pleno del día 25 de noviembre de 2022, acuerda la modificación de la fórmula de revisión de precios de las tarifas, eliminando las referencias al índice de precios al consumo, conforme a las Órdenes de la Consejería de Empresa, Empleo, Universidades y Portavocía de fechas 24 de junio de 2022 y 14 de noviembre de 2022.
Se ha emitido Informe técnico favorable a la fórmula polinómica de revisión de precios de las tarifas del citado Ayuntamiento, por considerarla conforme con los artículos 1,6 y 7 del Decreto 2.695/1977, de 28 de octubre, sobre medidas relativas a política de precios, y artículo 16.2 del Real Decreto-Ley 7/1996, de 7 de junio, sobre medidas urgentes de carácter fiscal, fomento y liberalización de la actividad económica, los artículos 3 y 6 y la Disposición Transitoria primera de la Ley 2/2015, de 30 de marzo, de Desindexación de la Economía Española y el Decreto 105/1988, de 1 de julio, de creación del Consejo Asesor Regional de Precios, en su redacción dada por el Decreto 8/2005, de 14 de enero.
El Consejo Asesor Regional de Precios, en su reunión del día 30 de septiembre de 2024, ha informado, asimismo, favorablemente las tarifas de referencia, estimándose conveniente aceptar la propuesta del citado Ayuntamiento, conforme al Informe técnico favorable.
Vistos el artículo 4.2 del Decreto 3.477/1974, de 20 de diciembre; el artículo 16 del Real Decreto-Ley 7/1996, de 7 de junio, el artículo 7.1 del Real Decreto 2695/1977, de 28 de octubre, sobre normativa en materia de precios; los artículos 1, 4, 5 y Disposición Transitoria de la Ley 2/2015, de 30 de marzo, de Desindexación de la Economía Española; el Real Decreto 55/2017, de 3 de febrero, por el que se desarrolla la Ley 2/2015; el Real Decreto 2.226/1977, de 27 de agosto, sobre autorizaciones de aumento de tarifas de servicios de competencia local, y la Orden Ministerial de 30 de septiembre de 1977, así como el Real Decreto 4112/1982, de 29 de diciembre; el Decreto del Presidente n.º 19/2024, de 15 de julio, de Reorganización de la Administración Regional (BORM, n.º 164 de 16/07/2024); el Decreto nº 180/2024, de 12 de septiembre, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Empresa, Empleo y Economía Social, el Decreto 8/2005, de 14 de enero, de modificación del Decreto 105/1988, de 1 de julio, de creación del Consejo Asesor Regional de Precios, y artículo 19 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
En su virtud, vista la propuesta de la Dirección General de Impulso al Comercio, Innovación Empresarial e Industrias y Oficios Artesanales y oído el parecer del Consejo Asesor Regional de Precios en su sesión celebrada el día 30 de septiembre de 2024,
Dispongo:
Primero.- Autorizar la siguiente fórmula polinómica de revisión de precios de las tarifas del servicio de agua potable propuesta por el Ayuntamiento de Moratalla, de conformidad con el Acuerdo del Pleno adoptado en sesión ordinaria del día 25 de noviembre de 2022:
Kt=0,53 (Ct/Co)+0,47
Siendo:
Kt = Coeficiente de revisión en el año t.
Ct= Precio del m3 de agua comprada a MCT el año de la revisión.
Co= Precio del m3 de agua comprada a MCT en el año anterior al de la revisión.
Segundo.- Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
Contra la presente Orden los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo, ante la correspondiente Sala del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su notificación, pudiendo también interponer con carácter previo y potestativo recurso de reposición ante esta Consejería, en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido, respectivamente, en los artículos 46 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En Murcia, a 1 de octubre de 2024. La Consejera de Empresa, Empleo y Economía Social, María Isabel López Aragón.