Convocatoria de subvenciones genéricas a entidades sin animo de lucro. Expte. 4250/2024.
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IV. Administración Local
Águilas
4607 | Convocatoria de subvenciones genéricas a entidades sin animo de lucro. Expte. 4250/2024. |
BDNS (Identif.): 782149
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/782149)
1.- Podrán ser objeto de subvención:
1.1.- Programas anuales de actividades.
1.2.- Programas específicos de actividades.
2.- Podrán solicitar subvención:
2.1.- Las asociaciones culturales y sociales aguileñas que se encuentren legalmente constituidas, debidamente inscritas en el Registro municipal de Entidades sin ánimo de lucro.
2.2.- Personas individuales empadronadas en Águilas que presenten proyectos o programas culturales o sociales de interés general.
3.- Estas Concejalías no concederán subvenciones a aquellos solicitantes que hayan sido beneficiarios de una subvención concedida anteriormente, mientras no sea justificada de acuerdo con la convocatoria y con la legislación vigente.
Asimismo, se tendrán en cuenta las siguientes normas respecto al otorgamiento de subvenciones:
- Tendrán carácter voluntario y eventual.
- No serán invocables como precedente.
- Con carácter general, las subvenciones cubrirán como máximo el 70% del coste total de la actividad objeto de subvención.
- Excepcionalmente, en atención al interés general de la actividad, las subvenciones podrán cubrir el 100% del coste total de la actividad objeto de subvención
Águilas, 26 de agosto de 2024. La Alcaldesa, María del Carmen Moreno Pérez.