Convenio específico para el año 2024 en materia de promoción exterior, entre: Instituto de Fomento de la Región de Murcia, dependiente de la Consejería de Economía, Hacienda y Empresa y Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Lorca.
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I. Comunidad Autónoma
3. Otras disposiciones
Consejería de Empresa, Empleo y Economía Social
Instituto de Fomento de la Región de Murcia
4217 | Convenio específico para el año 2024 en materia de promoción exterior, entre: Instituto de Fomento de la Región de Murcia, dependiente de la Consejería de Economía, Hacienda y Empresa y Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Lorca. |
Reunidos:
De una parte, el Sr. D. Luis Alberto Marín González, Consejero de Economía, Hacienda y Empresa de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y actuando en su calidad de Presidente del Instituto de Fomento de la Región de Murcia.
El Sr. D. Juan Francisco Gómez Romera, Presidente de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Lorca.
Intervienen:
Todos ellos en el ejercicio de sus respectivos cargos, reconociéndose capacidad y legitimación suficiente para la suscripción del presente Convenio específico y a tal efecto,
Manifiestan:
Primero.- Que el Instituto de Fomento de la Región de Murcia, en adelante "INFO" y la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Lorca, en adelante "la Cámara", mantienen una colaboración estable para la planificación, coordinación, organización y gestión de las actuaciones que se instrumenten en virtud de los programas de actuación de ambas instituciones en materia de Comercio Exterior.
Segundo.- Por ello las partes, llevan a cabo el presente Convenio Específico, que no cuenta con financiación del FEDER, que contempla el programa de actuaciones previsto para el año 2024, que se desarrollará y ejecutará en los términos expresados en las siguientes
Cláusulas:
1. Objetivos.
El objeto del presente Convenio es el establecimiento de un marco específico de colaboración y cooperación entre el INFO y la Cámara para que, a través de la correspondiente encomienda de gestión, y con sujeción a lo dispuesto por el art. 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la Cámara ejecute parcialmente, y en colaboración con el INFO, el Plan de Promoción Exterior de la Región de Murcia durante la anualidad de 2024, comprensivo de las actuaciones que en materia de promoción del comercio exterior le corresponden al INFO.
2. Áreas de actuación.
La Cámara, llevará a cabo durante la anualidad de 2024, por áreas de actuación, las actividades que, en materia de Comercio Exterior, se contemplan en el plan de actuaciones previsto en el ANEXO-1, así como otras, encomendadas por el INFO, que se acuerden por las partes, que incidan en el desarrollo y apoyo a la globalización de la economía regional de Murcia.
3. Presupuesto.
El presupuesto establecido para la completa ejecución y realización de las actividades programadas en las diferentes áreas de actuación -independientemente de otras aportaciones, dinerarias o en especie, posteriores a la firma del presente convenio - es el que se desglosa en el presupuesto que por partidas se adjunta a este convenio como ANEXO- 1. Dicho presupuesto tiene un carácter de previsión y podría verse modificado en función de la revisión de las acciones programadas, de nuevos ingresos que se produjeran o por cualquier otra causa sobrevenida que lo justifique durante la vigencia del mismo, permitiéndose el traspaso de cantidades de unas partidas a otras, siempre que haya razones que lo justifiquen adecuadamente.
4. Financiación.
La financiación de las actividades señaladas en el ANEXO-1 se efectuará por el INFO, que aportará la cantidad de hasta 60.000 (sesenta mil) euros, con cargo a la partida presupuestaria 2024.1605.751A.74101, de los cuáles se transferirán a la Cámara las cuantías correspondientes a las actuaciones que se ejecuten, de acuerdo con lo establecido en el Anexo I.
Por su parte la Cámara de Comercio se obliga a:
- La ejecución material de las actividades previstas en el ANEXO I que le encargue el INFO.
- El apoyo de sus respectivos directivos en las tareas específicas relacionadas con el Convenio, así como el de sus correspondientes departamentos de Comercio Exterior.
- La disponibilidad del personal necesario para la realización de las actividades encomendadas por el INFO.
- La colaboración en la difusión de las actividades encomendadas en el Convenio y su puesta en marcha.
- Poner a disposición cuantos medios materiales sean precisos para la adecuada ejecución del Convenio.
- La disposición de sus locales y salones para las actividades propias del Convenio.
- La prestación de apoyo a todas aquellas actividades que se pacten para el buen fin del Convenio.
- A realizar las tareas de encargado del tratamiento de datos de carácter personal a los que pudiera tener acceso en ejecución de la encomienda de gestión, siéndole de aplicación lo dispuesto en la normativa de protección de datos de carácter personal.
Los ingresos dimanantes de la prestación de servicios remunerados a las empresas, así como todos aquellos generados por las diferentes actividades del Convenio, se destinarán a incrementar o financiar el mismo, en la forma y manera que establezca el INFO, y acepte la Cámara.
En el caso de que no procediera la continuidad de la ejecución del Convenio, las cantidades transferidas no comprometidas y no ejecutadas se retornarán al INFO.
La Comisión de Seguimiento, en el ejercicio de las funciones establecidas en la cláusula 13 del Convenio, a instancia del INFO, podrá acordar la supresión de alguna de las partidas o acciones establecidas en el presupuesto para el año 2024, acordándose, en tal caso, que la reducción presupuestaria consecuencia de dicha supresión se detraiga de forma inmediata de las cantidades a abonar por parte del INFO.
5. Libramiento de los fondos.
La aportación económica del INFO a la Cámara, se concretará en función de los presupuestos aprobados y reflejados en este Convenio para la anualidad 2024, efectuándose desembolsos parciales correspondientes a esta aportación del INFO a la Cámara, en función de la ejecución del Plan y de la disponibilidad de tesorería del INFO. Se procurará que los desembolsos y anticipos parciales garanticen la viabilidad financiera y operativa del Plan aprobado.
Una vez que se proceda al cierre del convenio, si no se hubiere ejecutado el presupuesto que corresponda a la Cámara al 100% o no se aplicara a ejercicios posteriores, y fuera el saldo resultante favorable al Instituto, la Cámara deberá reintegrar dicho saldo a éste.
6. Gestión material y económica.
La Comisión de Seguimiento de este Convenio se reunirá preferentemente cada seis meses, durante el mes que da inicio al semestre, con el fin de aprobar las actividades y actuaciones al amparo de este Convenio que se realizarán en dicho semestre, encomendadas por el INFO.
No obstante lo anterior, las actividades y actuaciones al amparo de este Convenio se realizarán a instancias del INFO aunque, en cualquier caso, para su ejecución se precisará la autorización previa y expresa del INFO. Dichas aprobaciones de actuaciones tendrán su reflejo presupuestario y podrán alterar, en su caso, la programación inicial prevista en el ANEXO-1.
La Cámara será responsable de la gestión económica del convenio frente a terceros, con arreglo al régimen jurídico aplicable a ella, tanto en su orden interno como externo, debiendo responsabilizarse de la justificación y acreditación contable, material y fiscalizadora, que por el origen y naturaleza de los fondos pudiera exigírsele por el INFO u cualquier otro organismo público.
Para poder contabilizar y disponer contablemente de información detallada sobre las acciones realizadas en materia de Comercio Exterior y Promoción Comercial, la Cámara se comprometerá a una contabilidad separada, que estará a disposición del INFO para la realización de las actividades de control que le competan, pudiendo éste consultar y obtener cualquier documento o información correspondiente a este Convenio, estando la Cámara obligada a facilitar dichos documentos y datos.
Por último, con carácter semestral, la Cámara enviará al INFO un estado de cuentas que contenga:
- Liquidación de gastos e ingresos realizados
- Situación de liquidez del Plan de este Convenio.
- Estado de las provisiones de fondos transferidos a la Cámara
- Estado de anticipos
7. Control de las aportaciones.
El INFO establecerá el sistema de control de sus aportaciones mediante el método o sistema que considere más eficaz y en todo caso con sujeción a la legislación correspondiente, facilitando la Cámara la información que le solicite en relación con todas las actuaciones dimanantes de las actividades objeto del presente convenio, cuya gestión económica se ejecute por ella.
Sobre la base del sistema contable al que se refiere el párrafo 4 de la cláusula 6, la Cámara enviará al INFO la siguiente documentación para su supervisión por parte del personal del mismo:
- Liquidación de Ingresos y Gastos, pudiendo incluirse como gastos los costes directamente relacionados con las actividades encomendadas y un máximo del 15% de los costes directos de personal justificados como costes indirectos
- Certificación del Secretario de la Cámara de Comercio de Ejecución de gastos del ejercicio
- Informes-memoria de actividades realizadas durante la anualidad 2024 con cargo al Convenio.
- En su caso, informe sobre ingresos o excedentes del Plan que, en su caso, sean susceptibles de traslado a un ejercicio posterior
- Informe especial de auditoría sobre la liquidación de Ingresos y gastos una vez que se ha producido el cierre del ejercicio contable, tal y como se especifica en el siguiente apartado.
- Facturas y otros justificantes de gasto, debidamente clasificados, de la totalidad de gastos e ingresos derivados de la ejecución del Plan anual, de conformidad con el ANEXO-1. En el caso de actividades de formación se aceptarán recibos siempre que el emisor presente certificado de no estar dado de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) emitido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT)
En todo caso, la documentación deberá presentarse al INFO antes de los cuatro primeros meses del ejercicio siguiente al que se refiere este Convenio.
8. Auditoría.
El INFO solicitará a la Cámara una auditoría de las cuentas derivadas de la ejecución del presente acuerdo, a cuyo efecto la Cámara facilitará el acceso a todos los libros y documentos precisos, a quién se encargue de realizar dicha auditoría, previa comunicación del INFO.
9. Uso de la marca y difusión.
La Cámara se compromete, en su calidad de encomendada de las diferentes actividades y programas, a indicar en la difusión de las mismas, los logotipos que le indique el INFO, allí donde corresponda, y a seguir las normas descritas para este particular, en su caso, en el Manual de Imagen Corporativa.
10. Régimen jurídico.
La Cámara será la responsable de la gestión y ejecución de las actuaciones contempladas en este Convenio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 12/2015, de 30 de marzo, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de la Región de Murcia, y en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
11. Vigencia.
El presente convenio surtirá efectos desde la fecha de su firma hasta el 30 de junio de 2025, siendo el periodo de realización de las actividades desde el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2024. El cierre y liquidación deberá efectuarse en el plazo máximo de cuatro meses desde la finalización del ejercicio presupuestario, es decir, hasta el 30 de abril de 2025.
12. Comisión de Seguimiento.
Para una mejor coordinación y gestión del convenio, se establece la figura del Coordinador del Plan, que recaerá sobre el Jefe del Departamento de Internacionalización de INFO y cuyas principales responsabilidades serán:
- Actuar como coordinador general de cuantas actuaciones se encomienden.
- Se responsabilizará de la comunicación tanto interna como externa de las actividades y actuaciones del Convenio.
- Control presupuestario, financiero y de cumplimiento de legalidad.
- Actuará como Presidente de la Comisión de Seguimiento.
Se constituirá una Comisión de Seguimiento del presente Convenio, integrada por dos representantes del Instituto y dos representantes de la Cámara que ostentará como función primordial el seguimiento y control de la aplicación del presente Convenio y de todas aquellas actuaciones que regulen o se deriven del mismo.
La Comisión de Seguimiento tendrá las siguientes funciones:
- Elaborar y proponer al INFO las posibles áreas de colaboración, actuaciones y acciones para la implementación de actuaciones concretas a través del Convenio.
- Analizar, coordinar y dirigir las actuaciones y actividades que se ejecuten en virtud de este Convenio.
- Interpretar el presente Convenio, así como dar solución a las dudas y controversias que pudieran producirse en el desarrollo y cumplimiento del mismo.
Para el desarrollo y ejecución de las actuaciones, se designará un representante de cada una de las partes, que serán los que en su nombre controlen y den el V.º B.º a todas las operaciones de gestión económica necesarias para la materialización de las actuaciones.
La Comisión de Seguimiento se reunirá cuantas veces sea necesario, y por lo menos dos veces al año; será presidida por el representante del INFO en la Comisión de mayor rango. La Comisión de Seguimiento tendrá la facultad de designar un secretario de la misma que actuará con voz y sin voto.
En tanto que la propia Comisión de Seguimiento no dicte sus propias normas de funcionamiento, se estará al régimen previsto en la sección 3.ª, del capítulo II del título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Y en prueba de conformidad con lo establecido, en Murcia a 8 de julio de 2024. Por el Instituto de Fomento de la Región de Murcia, Luis Alberto Marín González. Por la Cámara de Comercio, Industria y Servicios de Lorca, Juan Francisco Gómez Romera.
Anexo 1
Presupuesto por línea de actividad
LÍNEA | PRESUPUESTO | EJECUCIÓN |
Línea 1 INCORPORACIÓN DE LA INTERNACIONALIZACIÓN A LA ESTRATEGIA DE LAS EMPRESAS REGIONALES. DIFUSIÓN DE HERRAMIENTAS Y APOYOS EXISTENTES. INTELIGENCIA COMPETITIVA PARA LA ECONOMÍA GLOBAL 1. Planificación de actividades (jornadas, seminarios, foros) de sensibilización y difusión de las ventajas que la internacionalización comporta como opción estratégica tanto para las empresas como para el conjunto de la economía regional. 2. Información puntual y práctica sobre las herramientas, servicios y eventos diseñados por las distintas Administraciones para el apoyo a la internacionalización. 3. Favorecer la presencia de los productos y servicios murcianos en el mayor número posible de mercados mediante la aportación a las empresas de información adecuada sobre su sector de actividad en diferentes mercados que les ayude a diseñar estrategias de internacionalización en los mismos. Identificación de tendencias e inteligencia competitiva. | 15.000 | CÁMARA DE COMERCIO DE LORCA |
Línea 2 MECANISMOS PARA LA MEJORA DEL TALENTO EMPRESARIAL EN MATERIA DE INTERNACIONALIZACIÓN. AMPLIACIÓN DE LA BASE EXPORTADORA REGIONAL MEDIANTE PROGRAMAS DE CAPACITACIÓN Y ASESORAMIENTO PARA NUEVOS EXPORTADORES. ESPECIALIZACIÓN DEL CAPITAL HUMANO EMPRESARIAL EN MATERIA DE INTERNACIONALIZACIÓN 1. Organización de jornadas y talleres específicos sobre técnicas y aspectos específicos del comercio internacional que contribuyan a la mejora de la capacitación de los recursos humanos empresariales. 2. Actividades de asesoramiento especialmente dirigidas a empresas que, careciendo de experiencia internacional, han decidido iniciar el proceso de internacionalización. Diagnóstico de la capacidad exportadora. 3. Labores de identificación de empresas con potencial exportador: visitas a empresas y elaboración de estudios sectoriales. 4. Participación en programas de apoyo a la internacionalización digital de las empresas | 23.000 | CÁMARA DE COMERCIO DE LORCA |
Línea 3 IMPULSO A LA INTERNACIONALIZACIÓN. 1. Organización y desarrollo de actuaciones de carácter internacional de promoción de la Región de Murcia y de sus empresas. 2. Promoción y firma de acuerdos internacionales de colaboración tendentes a facilitar dicha internacionalización 3. ?Desarrollo de acciones enfocadas a las importaciones estratégicas para evitar la ruptura de las cadenas de suministro como consecuencia de coyunturas de crisis. | 22.000 | CÁMARA DE COMERCIO DE LORCA |
TOTAL 60.000- € |