Rectificación de las bases reguladoras y convocatoria de ayudas destinadas a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio del Ayuntamiento de Caravaca de la Cruz.
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IV. Administración Local
Caravaca de la Cruz
4163 | Rectificación de las bases reguladoras y convocatoria de ayudas destinadas a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio del Ayuntamiento de Caravaca de la Cruz. |
BDNS (Identif.): 779170
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/779170)
Mediante Resolución n.º 1670 de 7 junio de 2024 de la Alcaldía del Ayuntamiento de Caravaca de la Cruz se convocan ayudas destinadas a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio del Ayuntamiento de Caravaca de la Cruz.
Mediante Resolución n.º 2365 de 5 agosto de 2024 de la Alcaldía del Ayuntamiento de Caravaca de la Cruz se rectifican las bases y la convocatoria de las ayudas destinadas a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio del Ayuntamiento de Caravaca de la Cruz.
1. Beneficiarios:
a) Las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, propietarias o usufructuarias de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila y las de edificios de tipología residencial de vivienda colectiva a los que se refiere esta convocatoria, así como de sus viviendas.
b) Las Administraciones Públicas y los organismos y demás entidades de derecho público y las empresas públicas y sociedades mercantiles participadas, íntegra o mayoritariamente, por las Administraciones Públicas propietarias de los inmuebles.
c) Las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios constituidas conforme a lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal.
d) Las agrupaciones de propietarios/as de edificios que reúnan los requisitos establecidos por el artículo 396 del Código Civil y no hayan otorgado el título constitutivo de propiedad horizontal.
e) Las sociedades cooperativas compuestas de forma agrupada por propietarios de viviendas o edificios que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 396 del Código Civil, así como por los propietarios que conforman comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios constituidos conforme a lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal y por cooperativas en régimen de cesión de uso de sus viviendas.
f) Las empresas arrendatarias o concesionarias de los edificios, así como las cooperativas que acrediten dicha condición, mediante contrato vigente, que les otorgue la facultad expresa para acometer las obras de rehabilitación objeto del programa.
g) Las personas arrendatarias de las viviendas cuando se haya acordado con las propietarias de las mismas que éstas costeen a su cargo las actuaciones de rehabilitación que correspondan, a cambio del pago de la renta, y se haya adoptado el oportuno acuerdo de la comunidad de propietarios o del propietario único necesario para beneficiarse de la ayuda
2. Objeto: financiación de la realización conjunta de obras de rehabilitación en edificios de uso predominante residencial y viviendas, incluidas las viviendas unifamiliares y de urbanización o reurbanización de espacios públicos dentro del Entorno Residencial de Rehabilitación Programada (ERRP) del municipio.
3. Bases reguladoras: Bases reguladoras que han de regir la convocatoria de ayudas destinadas a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio del Ayuntamiento de Caravaca de la Cruz publicadas en https://caravaca.sedipualba.es/.
4. Cuantía total: El importe de las ayudas se financiará con cargo a la partida presupuestaria 151/780.00 "Ayudas de barrio ERRP". La cuantía total máxima para el ejercicio 2024 de las ayudas convocadas es de 307.292,63 euros.
5. Plazo de presentación de solicitudes: l plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día 11 de junio de 2024 o el siguiente a aquel en que se publique el extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia en caso de ser posterior, y finalizará el 6 de septiembre de 2024.
Caravaca de la Cruz, 5 de agosto de 2024. El Alcalde, José Francisco García Fernández.