Notificación colectiva y anuncio del periodo de cobranza del impuesto sobre bienes inmuebles de características especiales del ejercicio 2024
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IV. Administración Local
Yecla
3963 | Notificación colectiva y anuncio del periodo de cobranza del impuesto sobre bienes inmuebles de características especiales del ejercicio 2024 |
Por medio de la presente, se pone en conocimiento de los obligados al pago que, por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 23 de julio de 2024, ha sido aprobado el padrón fiscal del impuesto municipal sobre bienes inmuebles de características especiales del ejercicio 2024.
Dicho padrón permanecerá expuesto al público en el Departamento de Gestión Tributaria de este Ayuntamiento por plazo de un mes, a partir del día siguiente al de publicación del presente anuncio en el B.O.R.M., donde podrá ser examinado por las personas interesadas.
Contra la inclusión en dicho padrón o contra las cuotas que en él aparecen, puede interponerse Recurso de Reposición, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a la finalización del período de exposición pública, previo al Contencioso-Administrativo a que se refiere el artículo 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, con relación al artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Anuncio de cobranza
Los recibos se encontrarán al cobro en período voluntario desde el 1 de agosto hasta el 13 diciembre de 2024, pudiendo hacerse efectivos en:
- En cualquier oficina de las entidades colaboradoras en la Recaudación Municipal: Santander, BBVA, Caixabank, Banco Sabadell, Caja Rural Central, Globalcaja, Ibercaja.
- En la Oficina de Recaudación Municipal.
- A través de la Oficina Virtual por la página web del Ayuntamiento.
- En las oficinas de correos.
Los recibos domiciliados se enviarán al cobro a las entidades financieras el 28 de noviembre de 2024.
Transcurrido el período voluntario, los recibos impagados serán exigidos por el procedimiento de apremio y devengarán los recargos del período ejecutivo, los intereses de demora y en su caso, las costas que se produzcan, de conformidad con lo establecido en los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Lo que se hace público para general conocimiento, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.
En Yecla, a 23 de julio de 2024. La Alcaldesa, Remedios Lajara Domínguez.