Bases específicas y convocatoria que regirá el proceso selectivo para provisión en propiedad de una plaza de Técnico de Prevención de Riesgos Laborales en régimen de personal funcionario del Ayuntamiento de San Javier, en turno de promoción interna por el sistema de concurso oposición.

IV. Administración Local

San Javier

3402 Bases específicas y convocatoria que regirá el proceso selectivo para provisión en propiedad de una plaza de Técnico de Prevención de Riesgos Laborales en régimen de personal funcionario del Ayuntamiento de San Javier, en turno de promoción interna por el sistema de concurso oposición.

Bases:


Primera.- Objeto de la convocatoria.

La presente convocatoria tiene por objeto la provisión de una plaza de técnico de prevención de riesgos laborales incluida en la oferta de empleo Público (En adelante OEP) del Ayuntamiento de San Javier de 2022, en turno de promoción interna por el sistema de concurso oposición.

Segunda. Ámbito de aplicación.

La realización de las pruebas selectivas convocadas para proveer la plaza en la categoría de Técnico de prevención de riesgos laborales del Ayuntamiento de San Javier se ajustará a lo establecido en las bases generales que rigen los procesos de selección del personal funcionario del Ayuntamiento de San Javier (en adelante bases generales) aprobadas por Junta de Gobierno celebrada el día 23 de diciembre de 2020 (BORM número 17, de 22 de enero de 2021, con rectificaciones en BORM número 31, de 8 de febrero de 2021, BORM número 57, de 10 de marzo de 2021 y BORM número 113, de 19 de mayo de 2021), así como a lo previsto en las presentes bases específicas que, en su caso, prevalecerán sobre las bases generales.

Tercera. Características de las plazas.

La plaza convocada corresponden al Grupo A, subgrupo A2, de los establecidos en el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en relación con su Disposición Transitoria Tercera, y están encuadradas en la Escala de Administración Especial, Subescala técnica, categoría media de la plantilla del Ayuntamiento de San Javier, con las siguientes características:

Plaza incluida en la OEP de 2022. (BORM n.º 130 de 7 de junio, modificada por BORM n.º 251, de 30 de octubre de 2023).

Código plaza en plantilla: F312.08.02.00 (con identificación en la OEP con el código TSP-0/RI02F-04)

Cuarta. Publicidad.

El anuncio de la convocatoria de las pruebas selectivas se publicará en el Boletín Oficial del Estado, y las bases se publicarán íntegramente en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, Tablón de Edictos del Ayuntamiento de San Javier y en la página web municipal.

Quinta. Requisitos y capacidad funcional de los/las aspirantes.

1.- Titulación: Los/las aspirantes además de reunir los requisitos exigidos en el apartado 5.1 de las bases generales, deberán estar en posesión de:

• Titulación académica para todos los aspirantes: Grado universitario, equivalente o superior.

• Técnico de Prevención de nivel superior conforme al artículo 34.c) y 37 del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención en las especialidades siguientes (las tres):

- Seguridad en el Trabajo

- Higiene Industrial

- Ergonomía y Psicosociología Aplicada

O poseer titulación equivalente o superior.

• Permiso de conducir.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.

2.- Capacidad funcional: Los/las aspirantes deberán tener la capacidad funcional para desarrollar las actividades y funciones inherentes a la plaza, con las siguientes características:

• Plazas de naturaleza de gestión técnica en relación con el puesto de trabajo adscrito.

• Carga postural

• Carga mental

• Manejo de equipos informáticos y PVD´s

• Manejo de programas informáticos de cierta complejidad

• Gestión organizativa

A estos efectos, los/as aspirantes deberán aportar un certificado médico que acredite la capacidad funcional junto a la instancia, cuya fecha de expedición no podrá ser superior a 10 días naturales anteriores a la fecha de la presentación de la instancia.

3.- Requisitos promoción interna:

Los aspirantes que se presenten al cupo de promoción interna, además del requisito de estar en posesión de un título de grado universitario, equivalente o superior, deberán ser funcionarios de carrera del Ayuntamiento de San Javier en el grupo C/C1, escala administración especial, subescala técnica, categoría auxiliar con, al menos, cinco años de experiencia en la escala antecitada de procedencia.

Sexta.- Solicitudes y forma de presentación.

Las solicitudes deberán cumplimentarse y presentarse preferentemente por Sede electrónica, excepcionalmente se podrá presentar por el resto de opciones y en el plazo establecido, conforme a lo dispuesto en la base sexta de las bases generales.


El importe de la tasa por derechos de examen, según lo dispuesto en la ordenanza fiscal reguladora de las tasas por derechos de examen del municipio de San Javier (BORM número 239, de fecha 15 de octubre de 2021) será el siguiente:

Grupo A/A2 33,00 €

En la citada Ordenanza se podrán consultar las exenciones, en su caso.

Las solicitudes deberán contener:

• Solicitud para participar en el proceso (Anexo II)

• Declaración jurada (Anexo III)

• Justificante del pago de tasas

• En su caso, certificado de discapacidad si marca la casilla al efecto dispuesta en la hoja de solicitud (Anexo II). En caso de necesidad de adaptación de tiempo para la realización del examen por discapacidad deberá solicitarse en los términos de la Disposición adicional tercera de las presentes bases.

• Certificado médico de capacidad funcional.

• Hoja de autobaremación de méritos (Anexo IV)

Séptima. Sistema selectivo.

El sistema selectivo será el de concurso-oposición, y constará de las siguientes fases:

A).-Fase de concurso (40% nota final):

- La fase del concurso, será anterior a la fase oposición, no tendrá carácter eliminatorio, ni la puntuación obtenida podrá ser utilizada para superar los ejercicios de la fase de oposición. Esta fase se desarrollará conforme a lo dispuesto en la base décima de las bases generales.

El tribunal de selección podrá solicitar a los interesados que superen la fase de oposición, la acreditación de los méritos autobaremados para su verificación.

La valoración de los méritos de los aspirantes se puntuará con un máximo de 40 puntos, conforme al siguiente baremo:

1- Experiencia profesional (45%) hasta un máximo de 18 puntos.

Servicios prestados en el ámbito de cualquier administración pública y/o empresas privadas, en plazas clasificadas en la misma categoría profesional o en la inmediata anterior categoría o grupo de cotización (Grupos 3, 4) de la plaza convocada, o inmediata anterior (5) a razón de 0'15 puntos por mes completo trabajado.

Los servicios prestados en cualquier Administración se justificarán mediante el correspondiente Certificado del órgano competente.

Los servicios prestados en la empresa privada mediante copia del contrato laboral, o documento acreditativo equivalente, junto a un Certificado de vida laboral de la Seguridad Social.

2.-Cursos de Formación y Perfeccionamiento (30%) hasta un máximo de 12 puntos.

Cursos directamente relacionados con la plaza a cubrir y, en cualquier caso, relacionados con informática, riesgos laborales y función pública, y en general, relacionados con el temario, incluido en el anexo I. La valoración de los cursos será a razón 0,10 puntos por cada 10 horas de formación.

Únicamente se valorarán aquellos cursos de formación y perfeccionamiento impartidos por centros oficiales públicos, centros de formación de funcionarios, Universidades con título oficial reconocido, los incluidos en los Planes de Formación Continua impartidos por las distintas entidades, sindicatos o centros formadores de dichos Planes, y los impartidos por los Colegios Profesionales, que deberán tener relación directa con las actividades a desarrollar en el puesto de trabajo.

Se valorarán los cursos de formación relacionados directamente con las funciones de la plaza que se convoca, impartidos por:

Administraciones públicas. Código entidad AAPP.

Organizaciones sindicales. Código entidad OOSS.

Colegios Profesionales. Código entidad CCPP.

Federaciones deportivas (sólo cuando los títulos estén homologados por la administración competente). Código entidad FFDD.

Universidades. Código entidad UNVS.

En todo caso se valorarán, los cursos relacionados con las siguientes materias:

• Procedimiento administrativo común. Código curso PAC.

• Organización municipal. Código curso OM.

• Prevención de riesgos laborales (PRL). Sólo se valoran los de PRL en general o específicos relacionados con la plaza a cubrir. Código curso PRL.

• Igualdad de género. Código curso IG.

• Idiomas certificados conforme al Real Decreto 43/2015, de 27 de marzo. Código curso ID.

• Tratamiento de textos, base de datos y hojas de cálculo. Código curso TTDC.

• Administración electrónica y/o sede electrónica. Código curso AESE.

• Cursos relacionados con el temario.

Cuando se aporte certificados referentes a un mismo idioma, solo será objeto de valoración el certificado que acredite el nivel más alto de conocimientos. En el caso de la escuela de idiomas sólo se valorará el último curso aprobado por idioma. Salvo que se diga otra cosa en el certificado, se entenderá que un curso de la escuela de idiomas equivale a 120 horas lectivas.

Cada curso solo podrá ser valorado una vez, siempre y cuando tenga el mismo contenido, aunque se haya realizado en fechas diferentes. En caso de cursos sobre materias sujetas a normativa legal, se entenderá que no son los mismos cursos, cuando la legislación aplicable en el momento de realizar el curso haya sido modificada sustancialmente y así quede acreditado en el contenido del curso.

Sólo se admitirán para su valoración aquellos cursos que de forma expresa dispongan de las horas lectivas del mismo, salvo que las mencionadas horas estén expresamente reguladas en documento público. Un crédito se valorará como 10 horas lectivas.

IMPORTANTE:

a) Los cursos realizados a través de la plataforma form@carm gestionada por la Fundación Integra sólo serán valorables si están certificados con certificarm (Es un procedimiento de acreditación para personal empleado público en activo mediante pruebas de evaluación presencial de los cursos listados a continuación y que previamente se han realizado en la antecitada plataforma).

b) Los cursos de idiomas que no estén acreditados por la Escuela de idiomas o equivalente y reúnan los requisitos de otras administraciones públicas se valorarán como el resto de cursos de formación.

c) Los cursos de las escuelas de idiomas se valorarán conforme al cuadro del Anexo V de las presentes bases.

3.-Titulación académica superior a la requerida para la plaza convocada, y que no sea la aportada como requisito (25%). La valoración máxima será de 10 puntos.

Se valorará estar en posesión en alguna de los siguientes títulos:

• Licenciatura o Máster universitario relacionado con las características propias de la plaza, 5 puntos. (Prevención de riesgos laborales, sistemas de calidad, recursos humanos,...)

• Doctorado universitario relacionado con las características propias de la plaza, 10 puntos.

Solamente se valorará el título máximo.

Los méritos alegados deberán autobaremarse directamente al realizar la solicitud en la Sede electrónica o, en su caso, en la hoja incluida en el Anexo II de las presentes bases específicas.

No serán valorados aquellas hojas de autobaremación que no estén completas respecto a los datos exigidos para justificar la autobaremación y que deben ser exactos a la documentación que, en su caso, se solicite para su comprobación.

Los ejercicios son eliminatorios y han de aprobarse de forma independiente ambos.

El sistema selectivo será el de oposición (100% de la nota final) y constará de las siguientes características:

B) Fase de oposición (60% sobre la nota final):

La fase de oposición constará de los siguientes ejercicios:

1. - Primer ejercicio (30 puntos): Consistirá en contestar un cuestionario de 100 preguntas tipo test que versarán sobre el contenido del programa que figura como Anexo I a estas bases.

El tiempo para la realización de este ejercicio será de 90 minutos. Los cuestionarios estarán compuestos por preguntas con tres respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta.

Las respuestas correctas sumarán a razón de 0,300 puntos cada una.

Las respuestas erróneas restarán a razón de 0,100 puntos cada una.

Las respuestas en blanco ni suman ni restan.

En cualquier caso, la nota final será un número de dos enteros y dos decimales, que, en ningún caso, será superior a 30.

De conformidad con lo dispuesto en el segundo párrafo del punto 2 del artículo 22 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública, aquellos/as aspirantes por cupo de promoción interna que acrediten que en la convocatoria de acceso al cuerpo de técnicos auxiliares, las pruebas de acceso ya exigieran conocimientos idénticos a los especificados en la parte común del temario del Anexo I de las presentes bases quedarán exentos del examen de la antecitada parte común.

En este caso, el o la aspirante deberá indicarlo en la instancia (Anexo II), indicando la fecha de publicación en el BORM de las bases correspondientes.

En caso de la acreditación antecitada, el/la o los/las aspirantes realizarán el primer ejercicio con idéntico número de preguntas y tiempo de resolución, pero con preguntas exclusivamente de la parte específica del temario.

2.- Segundo ejercicio (30 puntos): Consistirá en contestar un cuestionario de 25 preguntas tipo test que versarán sobre un caso práctico en relación con el contenido del temario específico que figura en el Anexo I de estas bases.

El tiempo para la realización de este ejercicio será de 30 minutos. Los cuestionarios estarán compuestos por preguntas con tres respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta.

Las respuestas correctas sumarán a razón de 1,20 puntos cada una.

Las respuestas erróneas restarán a razón de 0,40 puntos cada una.

Las respuestas en blanco ni suman ni restan.

El tiempo para la realización de este ejercicio será de 30 minutos. Los cuestionarios estarán compuestos por preguntas con tres respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta.

En cualquier caso, la nota final será un número de dos enteros y dos decimales, que, en ningún caso, será superior a 30.

Octava. Calificación del proceso selectivo.

8.1. Normas generales. El Tribunal queda facultado para la determinación del nivel mínimo exigido de conformidad con el sistema de valoración que se adopte en cada prueba selectiva, garantizando en todo caso, la idoneidad de los/las aspirantes seleccionados/as.

8.2. Calificación de los ejercicios. Las calificaciones para cada uno de los ejercicios se otorgarán como sigue:

El ejercicio primero será calificado de 0 a 30 puntos.

El ejercicio segundo será calificado de 0 a 30 puntos.

La puntuación final de la fase de oposición será la suma de los dos ejercicios, que para superarse deberá ser igual o superior a 30 puntos, obteniendo al menos 15 puntos en cada uno de los dos ejercicios.

8.3. La calificación definitiva del proceso de selección:

Estará determinada por la suma de las puntuaciones de los dos ejercicios de la fase de oposición, más la puntuación de la fase de concurso, ordenados de mayor a menor puntuación.

El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes al de la plaza convocada. En caso de quedar desierta la plaza de turno por acceso por promoción interna, no se acumulará a las de turno libre. En caso de empate, el orden de prelación, para cada uno de los cupos, se establecerá atendiendo a los siguientes criterios: primero, mejor puntuación en el primer ejercicio de la fase de oposición; segundo, mejor puntuación en el segundo ejercicio de la fase de oposición. De persistir el empate éste se solventará por orden alfabético del primer apellido de los/as aspirantes empatados/as, de conformidad con la letra que determine el sorteo anual realizado por la Secretaría de Estado para la Administración Pública a que se refiere el artículo 17 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo.

Novena. - Asignación de puesto de trabajo:

Se estará a lo dispuesto en el artículo 26 del Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, de aplicación supletoria a las administraciones locales, conforme al artículo 1.º, apartado 3, del antecitado Reglamento.

El puesto de trabajo por asignación inicial será el de técnico de nivel superior de prevención de riesgos laborales con los siguientes códigos:

• TSP-0/RI02F-04, según consta en el Anexo de personal presupuestos 2024 (Técnico de nivel superior de prevención de riesgos laborales.

Décima.- Recursos.

Contra estas bases cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Alcalde Presidente del Ayuntamiento de San Javier, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia o bien directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde dicha publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en los arts. 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los arts. 8, 45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer el contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición, no pudiendo simultanearse ambos recursos. todo ello, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen procedente.

Disposición adicional primera.- Es responsabilidad de interesados y aspirantes la lectura y compresión de las presentes bases, a las que se atendrán en todo momento.

Disposición adicional segunda.- Los aspirantes deberán presentarse en la hora y lugar convocados/as con bolígrafo azul (El tribunal no facilita bolígrafos) y documento acreditativo de la identidad en vigor (DNI, permiso de conducir, pasaporte).

Una vez que se acceda al local de examen queda prohibida la utilización de cualquier medio de comunicación o transmisión de datos. Así mismo los móviles deberán estar completamente apagados. A aquellos aspirantes que le suene un móvil dentro del local de examen (desde el momento que un miembro del tribunal así lo manifieste) serán expulsados del recinto y serán declarados no aptos. Aquellas personas aspirantes que lleven pelo largo, deberán llevarlo recogido de tal manera de que los oídos queden a la vista.

Disposición adicional tercera.- Los aspirantes con discapacidad, podrán pedir en el modelo oficial de instancia, las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempo y medios de las pruebas del proceso selectivo, a fin de asegurar su participación en condiciones de igualdad. De solicitar dicha adaptación, deberán adjuntar el Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente las deficiencias permanentes que han dado origen al grado de discapacidad reconocido, a efectos de que el órgano de selección pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.

Disposición final Primera.- Se advierte que la celebración del ejercicio de este proceso selectivo podrá coincidir con las fechas de celebración de ejercicios de otros procesos selectivos.

Disposición final Segunda.- El o los aspirantes que obtengan plaza, deberán estar en disposición de relacionarse con la administración por medios electrónicos, conforme a lo dispuesto en el artículo 14. 2. Letra e de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

San Javier, a 21 de junio de 2024. El Concejal delegado de Personal, Antonio Marcelo Martínez Torrecillas.


ANEXO I

PROGRAMA

Vigencia normativa:Todas las referencias normativas contenidas en el programa de la oposición se entenderán referidas a aquellas que se encuentren vigentes el último día del plazo de presentación de solicitudes.

Parte general. (12 temas)

Tema 1.- La Constitución Española: Principios Generales de la Constitución Española de 1978. Derechos y Deberes Fundamentales. Capítulo Primero y Capítulo Segundo.

Tema 2.- La Constitución Española: La Corona. Funciones del Rey. El refrendo. La Regencia. El Tribunal Constitucional.

Tema 3.- La Constitución Española: Principios generales de la Organización Territorial del Estado. Regulación Constitucional de la Administración local

Tema 4.- El Estatuto de Autonomía. Título Preliminar. Título II. Capítulos I, II, III y IV

Tema 5.- Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Título Preliminar. Título I, Capítulo I y II. Capítulo III. Tributos. Normas Generales: Principios de tributación local. Delegación y Colaboración.

Tema 6.- Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Título II: Recursos de los municipios.

Tema 7.- La Administración Local: El Municipio: Los elementos del municipio: territorio y población. Competencias municipales. Los servicios mínimos obligatorios.

Tema 8.- La Administración Local: Organización municipal. Alcalde funciones. Junta de Gobierno. El Pleno.

Tema 9.- Procedimiento Administrativo Común: La capacidad de obrar y el concepto de interesado en el Procedimiento Administrativo Común. Representación.

Tema 10.- Procedimiento Administrativo Común: El acto administrativo. Concepto, elementos, clases y requisitos. La motivación y la forma. La eficacia de los actos administrativos. La notificación. La publicación.

Tema 11.- El procedimiento administrativo común: Ordenación e Instrucción. Finalización del procedimiento

Tema 12. Recursos administrativos. Recurso de alzada. Recurso potestativo de reposición. Recurso extraordinario de revisión.

Parte específica. (48 temas)

Tema 1. Seguridad en vía pública. Medidas de seguridad en trabajos en vía pública.

Tema 2. La Ley 31/95, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.

Tema 3. Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.

Tema 4. Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo.

Tema 5. Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo

Tema 6. Real Decreto 487/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas que entrañe riesgos, en particular dorso lumbares, para los trabajadores.

Tema 7. Real Decreto 488/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización.

Tema 8. Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo.

Tema 9. Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción.

Tema 10. Real Decreto 395/2022, de 24 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto 665/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo.

Tema 11. Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.

Tema 12. Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual.

Tema 13. Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.

Tema 14. Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción.

Tema 15. Real Decreto 374/2001, de 6 de abril, sobre la protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo.

Tema 16. Real Decreto 614/2001, de 8 de junio, sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico.

Tema 17. Real Decreto 681/2003, de 12 de junio, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores expuestos a los riesgos derivados de atmósferas explosivas en el lugar de trabajo.

Tema 18. Real Decreto 1311/2005, de 4 de noviembre, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores frente a los riesgos derivados o que puedan derivarse de la exposición a vibraciones mecánicas.

Tema 19. Real Decreto 286/2006, de 10 de marzo, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al ruido.

Tema 20. Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto.

Tema 21. Real Decreto 299/2016, de 22 de julio, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a campos electromagnéticos.

Tema 22. Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales.

Tema 23. Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

Tema 24. Real Decreto 2177/2004, de 12 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, en materia de trabajos temporales en altura.

Tema 25. Las normas técnicas: Concepto y tipos de normas. Origen y evolución de la normalización. Organismos internacionales, ISO y CEI. Organismos europeos de normalización. Situación en España. El mercado único y las normas armonizadas. La certificación CE. El marcado CE. Las normas técnicas en el ámbito de la seguridad y la salud en el trabajo

Tema 26. La Unión Europea (I). El derecho comunitario relacionado con la seguridad y salud en el trabajo. Actuaciones en materia de prevención de riesgos laborales de las instituciones comunitarias. Directiva marco 89/391/CEE y directivas específicas que la complementan. El funcionamiento y características del mercado único. El Espacio Económico Europeo. El concepto de seguridad del producto. Los requisitos esenciales de los productos. El enfoque global.

Tema 27. La Unión Europea (II): La Fundación Europea para la Mejora de la Calidad de Vida y de Trabajo. La Agencia Europea para la Seguridad y Salud en el Trabajo. El Comité Consultivo para la Seguridad y la Salud en el Trabajo. El Comité Científico para el Establecimiento de Valores Límite de Exposición

Tema 28. La Inspección de Trabajo y Seguridad Social en España: funciones y facultades. Marco jurídico vigente. Organización del sistema de Inspección: órganos de colaboración y cooperación de las Administraciones Públicas en materia de Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

Tema 29. La obligación de coordinación de actividades empresariales. Real Decreto 171/2001, de 30 de enero, sobre coordinación de actividades empresariales. Documentación obligatoria de las empresas.

Tema 30. La formación en prevención de riesgos laborales. Derechos y obligaciones. La planificación de la formación en la empresa. El diagnóstico de necesidades. La teleformación y las nuevas tecnologías aplicadas a la formación. La evaluación de la formación. Formación para el desarrollo de las funciones de nivel básico, intermedio y superior en prevención de riesgos laborales. Formación de los recursos preventivos

Tema 31. Las responsabilidades en materia de prevención de riesgos laborales. La responsabilidad administrativa derivada de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales, así como de otros incumplimientos en materia de P.R.L. La responsabilidad civil: alcance y jurisdicción competente. Posibles sujetos responsables. La responsabilidad de Seguridad Social.

Tema 32. Accidentes de trabajo. Concepto y ámbito de aplicación y riesgos que cubre. El accidente «in itinere» y en misión. Notificación de accidentes de trabajo. La actuación de la ITSS en relación con los accidentes de trabajo.

Tema 33. Real Decreto 1299/2006, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el cuadro de enfermedades profesionales en el sistema de la Seguridad Social y se establecen criterios para su notificación y registro.

Tema 34. Investigación de accidentes de trabajo: Objetivos de la investigación de los accidentes de trabajo. Accidentes que se deben investigar. Metodología de la investigación de accidentes. El informe resultante de la investigación de un accidente. Características que deben de cumplir las propuestas preventivas emanadas de la investigación de un accidente. La investigación de accidentes por el método del Árbol de Causas. Control estadístico de la accidentabilidad. Principales índices.

Tema 35. El riesgo de incendio (I): química del fuego. Cadena del incendio. Prevención de incendios. Comportamiento ante el fuego de los materiales de construcción y elementos constructivos, reacción y resistencia al fuego. Protección estructural de edificios y locales. Clasificación de los fuegos en función de la naturaleza del combustible

Tema 36. El riesgo de incendio (II). Medios de lucha contra incendios. El Real Decreto 513/2017, de 22 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios. Medios de protección contra incendios: extintores, bocas de incendio equipadas, hidrantes, columnas secas y rociadores automáticos. Alumbrado de señalización y emergencia. Instalaciones de protección contra incendios. Instalación, puesta en servicio y mantenimiento. Características, instalación de los aparatos, equipos y sistemas de protección contra incendios.

Tema 37. Medidas de emergencia y autoprotección. Artículo 20 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Norma Básica de Autoprotección. Aspectos básicos sobre seguridad contra incendios en los establecimientos industriales.

Tema 38. Ergonomía: conceptos y objetivos. Metodología ergonómica. Modelos y métodos aplicables en Ergonomía. Procedimiento metodológico para la evaluación de riesgos en Ergonomía y Psicosociología. Principios ergonómicos aplicables para el diseño del puesto de trabajo.

Tema 39. Carga física de trabajo: definición. Metodologías de valoración de la capacidad de trabajo física. Medición de la carga derivada del trabajo dinámico mediante el consumo de oxígeno. Valoración mediante la medición de la frecuencia cardiaca.

Tema 40. Posturas de trabajo: factores que las determinan. Criterios para la evaluación de las posturas estáticas de trabajo. Riesgos derivados de las posturas de trabajo y su prevención. Métodos de evaluación de las posturas dinámicas de trabajo basados en la observación: método OWAS y método REBA.

Tema 41. Trastornos osteomusculares de la extremidad superior. Identificación de los factores de riesgo asociados y su prevención. Evaluación de estos riesgos: método RULA, método Ergo IBV y método Strain Index.

Tema 42. Carga mental de trabajo: factores determinantes y características de la carga mental. Efectos derivados de la carga mental y su prevención. Métodos de evaluación basados en factores de carga inherentes a la tarea. Criterios de selección de la metodología de evaluación.

Tema 43. Estrés laboral: estresores y factores modulares del estrés. Respuestas fisiológicas, cognitivas y comportamentales al estrés. Consecuencias del estrés para la empresa y el individuo. Evaluación y prevención del riesgo derivado del estrés laboral. Criterios de selección de metodologías.

Tema 44. La violencia, el acoso y hostigamiento en el trabajo (mobbing). El trabajo bajo presión. Motivación y satisfacción laboral. El síndrome del «quemado» (burnout): sus consecuencias para trabajador y empresa

Tema 45. Factores psicosociales: los aspectos relativos al diseño de las tareas. Riesgos derivados de la división del trabajo y su prevención. Los aspectos relativos a la organización del tiempo de trabajo. Riesgos derivados del trabajo a turnos y nocturno. Metodología para la evaluación de los factores psicosociales: criterios de su selección. El método de evaluación del INSST

Tema 46.- Ley 19/2013 de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Capítulo III. Derecho de acceso a la información pública, Sección 1.ª Régimen General. Sección 2.ª Ejercicio del derecho de acceso a la información pública.

Tema 47.- Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad de mujeres y hombres: Título Preliminar. Título I: El principio de igualdad y tutela contra la discriminación. Título V: El principio de igualdad en el empleo. Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la Violencia de Género. Título II. Derechos de las mujeres víctimas de violencia de género.

Tema 48.- La protección de datos personales. Régimen jurídico. El Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos. Principios y derechos. Obligaciones. La agencia de Protección de Datos: competencias y funciones.

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301514 {"title":"Bases específicas y convocatoria que regirá el proceso selectivo para provisión en propiedad de una plaza de Técnico de Prevención de Riesgos Laborales en régimen de personal funcionario del Ayuntamiento de San Javier, en turno de promoción interna por el sistema de concurso oposición.","published_date":"2024-07-03","region":"murcia","region_text":"Región de Murcia","category":"boa","category_text":"Boletin Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-murcia","id":"301514"} murcia A-030724-3402,administración local,BORM,BORM 2024 nº 153,Oposiciones - Convocatoria,San javier https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php https://govclipping.com/modules/controller/ReferencesController.php Resaltar Quitar resaltado https://govclipping.com/es/murcia/boa/2024-07-03/301514-bases-especificas-convocatoria-regira-proceso-selectivo-provision-propiedad-plaza-tecnico-prevencion-riesgos-laborales-regimen-personal-funcionario-ayuntamiento-san-javier-turno-promocion-interna-sistema-concurso-oposicion https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.