Resolución del Rector de la Universidad de Murcia (R-476/2024) de 18 de abril, por la que se publica la modificación del plan de estudios conducente a la obtención del título oficial de Máster Universitario en Abogacía y Procura.

I. Comunidad Autónoma

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente, Universidades, Investigación y Mar Menor

Universidad de Murcia

2277 Resolución del Rector de la Universidad de Murcia (R-476/2024) de 18 de abril, por la que se publica la modificación del plan de estudios conducente a la obtención del título oficial de Máster Universitario en Abogacía y Procura.

Verificado el plan de estudios de Máster Universitario en Abogacía y Procura por el Consejo de Universidades, previo informe positivo de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, y acordado el carácter oficial del título por el Consejo de Ministros de 8 de marzo de 2013 (publicado en el BOE de 23 de abril de 2013, por Resolución de la Secretaría General de Universidades de 2 de abril de 2013),

Modificado el plan de estudios mediante resolución favorable del Consejo de Universidades de 18 de julio de 2023, este Rectorado, de conformidad en lo dispuesto en el artículo 8.3 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, ha resuelto publicar la modificación del plan de estudios conducente a la obtención del título oficial de Máster Universitario en Abogacía y Procura.

La presente modificación será de aplicación a aquellos estudiantes que realicen el Máster a partir del curso académico 2023/2024.

La presente resolución pone fin a la vía administrativa. Frente a ella, de conformidad con lo previsto en el capítulo II del título V de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el artículo 46 y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa y en el artículo 20 de los Estatutos de la Universidad de Murcia, aprobados por Decreto 85/2004, de 27 de agosto, los interesados pueden interponer recurso potestativo de reposición ante el Rector de la Universidad de Murcia en el plazo de un mes o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Murcia, en el plazo de dos meses, contados en ambos casos desde el día siguiente al de la notificación o publicación y sin perjuicio de que puedan intentar cualquier otro recurso que a su derecho convenga.

No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición en su caso interpuesto.

Murcia, 18 de abril de 2024. El Rector, José Luján Alcaraz.

MÁSTER UNIVERSITARIO EN ABOGACÍA Y PROCURA


Tipo de materia Créditos
Obligatorias 54
Prácticas Externas 30
Trabajo Fin de Máster 6
TOTAL 90


ASIGNATURAS CURSO TIPO CUATRIMESTRE CRÉDITOS
Deontología y organización institucional de la abogacía 1 Obligatoria 1 3
Ejercicio de la procura, deontología y, régimen de la responsabilidad 1 Obligatoria 1 3
Extrajudicial: General y civil 1 Obligatoria 1 3
Escritura y Oratoria forenses 1 Obligatoria 1 3
Administrativo, contencioso administrativo y extranjería 1 Obligatoria 1 6
Penal, menores y penitenciario 1 Obligatoria 1 9
Protección reforzada de derechos fundamentales 1 Obligatoria 1 3
Civil, matrimonial, registros de la propiedad y notarial 1 Obligatoria 2 9
Actos de comunicación y tecnologías de la información 1 Obligatoria 2 3
Tributario 1 Obligatoria 2 3
Mercantil 1 Obligatoria 2 4,5
Técnica jurídico laboral y de la seguridad social 1 Obligatoria 2 4,5
Prácticas externas I 1 Obligatoria 2 3
Prácticas externas II 1 Obligatoria 2 3
Prácticas externas III 2 Obligatoria 1 24
Trabajo fin de máster 2 Obligatoria 1 6

NPE: A-090524-2277


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