Orden de la ConsejerÃa de Presidencia, PortavocÃa y Acción Exterior por la que se prorroga temporalmente el horario de cierre de determinados establecimientos públicos y eventos en el municipio de Alcantarilla.
I. Comunidad Autónoma
3. Otras disposiciones
ConsejerÃa de Presidencia, PortavocÃa y Acción Exterior
1964 | Orden de la ConsejerÃa de Presidencia, PortavocÃa y Acción Exterior por la que se prorroga temporalmente el horario de cierre de determinados establecimientos públicos y eventos en el municipio de Alcantarilla. |
El Ayuntamiento de Alcantarilla ha solicitado, con motivo de la celebración de las "Fiestas de Mayo" y para la realización de determinadas actividades, la prórroga, con carácter extraordinario y temporal, del horario de cierre de los establecimientos públicos, espectáculos y fiestas, debidamente autorizados, regulado mediante Circular 2/1994, de 16 de febrero, de la Delegación de Gobierno por la que se establece el horario de cierre para los establecimientos públicos, espectáculos y fiestas, la Resolución de la SecretarÃa General de Cultura y Educación, de 9 de junio de 1996 y la Orden de 3 de enero de 2013, de la ConsejerÃa de Presidencia, por la que se prorroga temporalmente el horario de cierre para determinados establecimientos públicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, tanto para las actividades que dispongan de licencia ordinaria según la reglamentación de actividades clasificadas, como para los que tengan la licencia especial según la legislación de espectáculos públicos y actividades recreativas, y todo ello con objeto de dar satisfacción a la demanda social sin perjuicio del mantenimiento de las medidas necesarias para evitar perturbaciones a la seguridad, salubridad y condiciones ambientales.
De acuerdo con el artÃculo 5 de la Orden del Ministerio del Interior de 23 de noviembre de 1977, tras su modificación por la Orden de 29 de junio de 1981, los horarios de cierre de espectáculos, fiestas y establecimientos públicos, podrán alterarse con motivo de la celebración de una fiesta local, para una actividad o con ocasión de una fiesta determinada.
Por lo expuesto, y en uso de las facultades que me vienen conferidas por el Decreto del Presiente n.º 31/2023, de 14 de septiembre de reorganización de la Administración Regional, y el Decreto n.º 239/2023, de 22 de septiembre por el que se establecen los órganos directivos de la ConsejerÃa de Presidencia, PortavocÃa y Acción Exterior y la Orden de 27 de septiembre de 2023 de la ConsejerÃa de Presidencia, PortavocÃa y Acción Exterior por la que se delegan competencias del titular del departamento en los titulares de los Órganos Directivos de la ConsejerÃa.
Dispongo:
Primero.- Que se puede ampliar el horario de cierre de los espectáculos públicos y fiestas, debidamente autorizados, con motivo de las "Fiestas de Mayo" del municipio de Alcantarilla en los siguientes términos:
Los dÃas 18 y 24 de mayo de 2024, hasta las 05:00 horas.
Los dÃas 19, 25 y 26 de mayo de 2024, hasta las 06:00 horas.
Segundo.- Que los establecimientos pertenecientes al gremio de Bares Especiales (excluidas discotecas), cuyo horario de cierre viene regulado en la Orden de 3 de enero de 2013, de la ConsejerÃa de Presidencia por la que se prorroga temporalmente el horario de cierre para determinados establecimientos públicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, podrán permanecer abiertos, con motivo de las "Fiestas de Mayo" del municipio de Alcantarilla en los siguientes términos:
Los dÃas 18 y 24 de mayo de 2024, hasta las 05:00 horas.
Los dÃas 19, 25 y 26 de mayo de 2024, hasta las 06:00 horas.
Tercero.- Esta autorización debe ser de carácter excepcional y temporal y no exime del cumplimiento de los lÃmites de inmisión y emisión sonora, ni de las demás normas establecidas, en cuanto a actividades molestas, en las condiciones particulares de sus licencias respectivas y en las disposiciones generales sobre policÃa de espectáculos públicos y actividades recreativas.
Murcia, 12 de abril de 2024. El Consejero de Presidencia, PortavocÃa y acción Exterior, P.D., el Director General de Administración Local, (Orden de Delegación de 27 de septiembre de 2023, BORM número 226, de 29 de septiembre), Francisco Abril Ruiz.
NPE: A-240424-1964