Orden de la Consejería de Presidencia, Portavocía y Acción Exterior por la que se prorroga temporalmente el horario de término de espectáculos y fiestas en el municipio de Mula.
I. Comunidad Autónoma
3. Otras disposiciones
Consejería de Presidencia, Portavocía y Acción Exterior
1962 | Orden de la Consejería de Presidencia, Portavocía y Acción Exterior por la que se prorroga temporalmente el horario de término de espectáculos y fiestas en el municipio de Mula. |
El Ayuntamiento de Mula ha solicitado, con motivo de la celebración de las fiestas en honor de San Isidro y para la realización de determinadas actividades, la prórroga, con carácter extraordinario y temporal, del horario de término de espectáculos y fiestas, debidamente autorizados, regulado mediante Circular 2/1994, de 16 de febrero, de la Delegación de Gobierno por la que se establece el horario de cierre para los establecimientos públicos, espectáculos y fiestas, la Resolución de la Secretaría General de Cultura y Educación, de 9 de junio de 1996 y la Orden de 3 de enero de 2013, de la Consejería de Presidencia, por la que se prorroga temporalmente el horario de cierre para determinados establecimientos públicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, tanto para las actividades que dispongan de licencia ordinaria según la reglamentación de actividades clasificadas, como para los que tengan la licencia especial según la legislación de espectáculos públicos y actividades recreativas, y todo ello con objeto de dar satisfacción a la demanda social sin perjuicio del mantenimiento de las medidas necesarias para evitar perturbaciones a la seguridad, salubridad y condiciones ambientales.
De acuerdo con el artículo 5 de la Orden del Ministerio del Interior de 23 de noviembre de 1977, tras su modificación por la Orden de 29 de junio de 1981, los horarios de cierre de espectáculos, fiestas y establecimientos públicos, podrán alterarse con motivo de la celebración de una fiesta local, para una actividad o con ocasión de una fiesta determinada.
Por lo expuesto, y en uso de las facultades que me vienen conferidas por el Decreto del Presidente n.º 31/2023, de 14 de septiembre de reorganización de la Administración Regional, y el Decreto n.º 239/2023, de 22 de septiembre por el que se establecen los órganos directivos de la Consejería de Presidencia, Portavocía y Acción Exterior y la Orden de 27 de septiembre de 2023 de la Consejería de Presidencia, Portavocía y Acción Exterior por la que se delegan competencias del titular del departamento en los titulares de los Órganos Directivos de la Consejería.
Dispongo:
Primero.- Que se puede ampliar el horario de término de los espectáculos públicos y fiestas hasta las 06:00 horas, debidamente autorizados, con motivo de las fiestas en honor a San Isidro que tendrán lugar en el Parque Cristóbal Gabarrón del municipio de Mula los días 10 y 11 de mayo de 2024.
Segundo.- Esta autorización debe ser de carácter excepcional y temporal y no exime del cumplimiento de los límites de inmisión y emisión sonora, ni de las demás normas establecidas, en cuanto a actividades molestas, en las condiciones particulares de sus licencias respectivas y en las disposiciones generales sobre policía de espectáculos públicos y actividades recreativas.
Murcia, 12 de abril de 2024?. El Consejero de Presidencia, Portavocía y Acción Exterior, P.D. el Director General de Administración Local (Orden de Delegación de 27 de septiembre de 2023, BORM número 226, de 29 de septiembre), Francisco Abril Ruiz.
NPE: A-240424-1962