Resolución de propuesta provisional de la concesión (2023) correspondiente a los compromisos medioambientales y climáticos de la intervención de Desarrollo Rural PEPAC 2023-2027, "6501.4 Apicultura para la biodiversidad, en la Región de Murcia.
I. Comunidad Autónoma
3. Otras disposiciones
Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca
1641 | Resolución de propuesta provisional de la concesión (2023) correspondiente a los compromisos medioambientales y climáticos de la intervención de Desarrollo Rural PEPAC 2023-2027, "6501.4 Apicultura para la biodiversidad, en la Región de Murcia. |
Examinadas las solicitudes de concesión de las ayudas correspondientes a los compromisos medioambientales y climáticos de las intervención de desarrollo rural PEPAC 2023-2027, "6501.4 Apicultura para la biodiversidad, en la Región de Murcia
Vista la Orden de 22 de mayo de 2023, de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, y Pesca por la que se establecen las bases reguladoras de la línea de ayuda correspondiente a la intervención de Desarrollo Rural del Plan Estratégico de la Política Agraria Común para España (PEPAC) 2023-2027 denominada "6501.4 (Apicultura para la biodiversidad)" en la Región de Murcia. (BORM n.º 119 de 2023)
Vista la Orden de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, y Pesca por la que se aprueba la Convocatoria (2023) de las línea de ayuda correspondiente a los compromisos medioambientales y climáticos de las intervención de desarrollo rural PEPAC 2023-2027, "6501.4 Apicultura para la Biodiversidad" en la Región de Murcia de fecha 14/06/2023 y con código seguro de verificación (CSV): CARM-8b67107b-0a9b-73c5-4f3b-0050569b6280 y en virtud de lo contemplado en su punto cinco:
Conforme a lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el procedimiento de concesión de las distintas ayudas reguladas en la presente Orden será el de concurrencia competitiva, de manera que la concesión se realizará mediante la comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo con los criterios fijados en el vigente artículo 23.2 de la Orden de 22 de mayo de 2023, de la Consejería de Agua, Agricultura Ganadería y Pesca, por la que se establecen, en la Región de Murcia, las bases reguladoras de esta convocatoria, y se adjudicarán las ayudas a aquellas solicitudes que, dentro de los límites presupuestarios fijados en la convocatoria, resulten seleccionadas en aplicación de los mencionados criterios.
Considerando el artículo 22 de la Orden de 22 de mayo de 2023, de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, y Pesca por la que se establecen las bases reguladoras de la línea de ayuda correspondiente a la intervención de Desarrollo Rural del Plan Estratégico de la Política Agraria Común para España (PEPAC) 2023-2027 denominada "6501.4 (Apicultura para la biodiversidad)" en la Región de Murcia.
Habiéndose dictado Resolución de Propuesta Provisional de Concesión (2023) de la línea de ayuda correspondientes a los compromisos medioambientales y climáticos de las intervención de Desarrollo Rural del Plan Estratégico de la Política Agraria Común para España (PEPAC) 2023-2027 denominada "6501.4 (Apicultura para la biodiversidad)" en la Región de Murcia, se procede por el presente anuncio a la publicación de lo resuelto en dicha propuesta:
Primero.- Aprobar el listado de resolución provisional de las solicitudes de ayuda de la intervención de Desarrollo Rural PEPAC 2023-2027 "6501.4 Apicultura para la biodiversidad" en la Región de Murcia, convocadas mediante Orden de 14 de junio de 2023 de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, y Pesca, a los solicitantes que figuran en la relación que se adjunta como Anexo 1, que corresponde con todas las solicitudes que cumplen con los requisitos de admisibilidad y se les concede las ayudas convocada
Segundo.- Desestimar las solicitudes de ayuda de la intervención de Desarrollo Rural PEPAC 2023-2027, convocada mediante Orden de 14 de junio de 2023 de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, y Pesca, correspondientes a los solicitantes que figuran en la relación que se adjunta como Anexo 2, por incumplir los requisitos para ser beneficiario de las ayudas que en cada caso se indican.
En el anexo A, figuran las claves interpretativas de los anexos 1 y 2 antes citados.
La presente Resolución provisional no crea derecho alguno a favor del beneficiario propuesto frente a la Administración mientras no se le haya notificado la resolución de concesión.
De conformidad con el artículo 24 de la Orden de 22 de mayo de 2023, de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, y Pesca por la que se establecen las bases reguladoras de la línea de ayuda correspondiente a la intervención de Desarrollo Rural del Plan Estratégico de la Política Agraria Común para España (PEPAC) 2023-2027 denominada "6501.4 (Apicultura para la biodiversidad)" en la Región de Murcia, se concede a los interesados trámite de audiencia, por un plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de estas propuesta, para presentar alegaciones
Murcia, 27 de marzo de 2023. L?a Directora General de Política Agraria Común, Ana García Anciones.
Anexo A
DESCRIPCIÓN DE LOS CONTROLES
Para subsanar las incidencias indicadas en la siguiente tabla se aportará la documentación que aparece en la columna "Subsanación".
ABREVIATURA | DESCRIPCIÓN DEL CONTROL | SUBSANACIÓN |
APITICOL | Ser titular de una explotación apícola inscrita en el Registro de Explotaciones Ganaderas con más de 150 colmenas. | Deberá justificar que el solicitante es apicultor inscrito en REGA, estando la explotación de alta y en producción durante la campaña objeto de la ayuda. |
APICERT | Dispone de Certificado técnico que acredite el cumplimiento del Real Decreto 209/2002, de 22 de febrero, por el que se establecen normas de ordenación de las explotaciones apícolas | Deberá aportar certificado según Anexo V de la Orden de Bases Reguladoras emitido por técnico competente. |
APIASOCIA | Estar integrado en una asociación de apicultores y que ésta y el apicultor solicitante estén desarrollando un programa de asesoramiento y de mejora de la sanidad de las abejas o al menos un programa de lucha contra la varroa. | Deberá aportar certificado según Anexo V de la Orden de Bases Reguladoras emitido por técnico competente. |
APITERRE | Acreditar la disponibilidad de los terrenos donde ubican los asentamientos apícolas mediante justificación de la propiedad, concesión pública o autorización expresa del titular o arrendatario. | Deberá aportar autorización de disponibilidad de los terrenos donde se ubican los asentamientos apícolas. |
APIREDNA | Los asentamientos ubicados en Zona RED NATURA 2000 o ENP, deberán contar con autorización del órgano competente en medio natural. | Deberá aportar autorización de ubicación de los asentamientos apícolas del órgano ambiental competente. |
APIMONTE | Los asentamientos ubicados en terreno forestal en ZONA RED NATURA 2000 o en monte público, deben contar con autorización del órgano forestal competente | Deberá aportar autorización de ubicación de los asentamientos apícolas del órgano forestal competente. |
ZONAINBO | Los colmenares no están ubicados en zonas excluidas (Lugares de interés botánico y áreas de aplicación de planes de recuperación de flora protegida) | Quedan excluidos los asentamientos en los Lugares de interés botánico y áreas de aplicación de planes de recuperación de flora protegida definidos en el Anexo III de las Bases Reguladoras. |
COOBLISS | El beneficiario está al corriente de pagos con la Seguridad Social. | Aportará certificado que acredite al efecto de poder obtener ayudas o subvenciones, que el solicitante está al corriente de pagos con la Seguridad Social, de fecha posterior a la fecha de publicación de la propuesta provisional en el BORM o bien certificado acreditativo de no estar inscrito como empresario en la Seguridad Social |
COOBLIAR | El beneficiario está al corriente de pagos con la Hacienda Regional. | Aportará certificado que acredite al efecto de poder obtener ayudas o subvenciones, que el solicitante está al corriente de sus obligaciones tributarias frente a la Hacienda Regional, de fecha posterior a la fecha de publicación de la propuesta provisional en el BORM |
COOBLIAE | El beneficiario está al corriente de pagos con la AEAT. Subvenciones y ayudas. | Aportará certificado que acredite al efecto de poder obtener ayudas o subvenciones qué el solicitante está al corriente de sus obligaciones tributarias frente a la Administración General del Estado y en concreto frente a la AEAT de fecha posterior a la fecha de publicación de la propuesta provisional en el BORM. |
COLDISTA | Distancia entre colmenares >1,01 km | El/los solicitantes deberán de desistir del asentamiento que incumple con la distancia mínima. |
COLMAXI | Número máximo de 2 asentamientos declarados, con un máximo de 200 colmenas declaradas por asentamiento y sin que supere el número de colmenas por explotación REGA | El solicitante deberá ajustar en su solicitud un máximo de 2 asentamientos declarados. |
APICENSO | En caso de tener declarados 2 asentamientos de colmenas, tiene en el censo apícola más de 500 colmenas. | El solicitante deberá justificar que tiene inscrito en REGA más de 500 colmenas en caso de solicitar dos asentamientos. |
AVISO: Este anuncio contiene uno o más anexos que no se muestran aquí. Acceda a la versión del anuncio en PDF para verlos
NPE: A-060424-1641