Convocatoria anual ayudas urgente necesidad y apoyo a la infancia ejercicio 2024.
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IV. Administración Local
Molina de Segura
1251 | Convocatoria anual ayudas urgente necesidad y apoyo a la infancia ejercicio 2024. |
BDNS (Identif.): 747676
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/747676)
1.º- Beneficiarios/as y perceptores/as.
a) Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas o unidades familiares residentes en el municipio de Molina de Segura, y los transeúntes cuyo estado de necesidad se encuentre reconocido en el momento de la solicitud y que cumplan con los requisitos establecidos para su concesión, en los términos y condiciones que se recogen en el artículo 3 de la ordenanza reguladora de las ayudas económicas municipales para atender situaciones de necesidad social. El perceptor/a será preferentemente la persona física o jurídica con la que el/la solicitante haya contraído o vaya a contraer el gasto.
Excepcionalmente, y por razones justificadas, podrá ser el/la solicitante o representante legal del mismo.
b) Podrán ser beneficiarios los/as menores de edad residentes y empadronados en el municipio de Molina de Segura en los términos y condiciones que se recogen en el artículo 3 de la ordenanza reguladora de ayudas económicas municipales de apoyo a la infancia.
El perceptor/a será preferentemente la persona física o jurídica con la que el/la solicitante haya contraído o vaya a contraer el gasto.
Excepcionalmente, y por razones justificadas, podrá ser el/la solicitante o representante legal del mismo.
Igualmente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones y dada la naturaleza de la subvención, las personas beneficiarias quedarán exoneradas del requisito señalado en el apartado e) del citado artículo, relativo a hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
2.º- Objeto:
Atender/paliar/resolver situaciones de emergencia social, prevenir situaciones de exclusión social y favorecer la plena integración social de sectores de población carentes de recursos económicos propios para la atención de sus necesidades básicas.
3.º- Bases reguladoras:
Ordenanza reguladora de las ayudas económicas municipales para atender situaciones de necesidad social_BORM_231_05/10/2017
Ordenanza reguladora de ayudas económicas municipales de apoyo a la infancia_BORM_231_05/10/2017
https://sedeelectronica.molinadesegura.es/normativa-municipal/
Bases_Generales_Reguladoras_Convocatoria_Subvenciones_y_Premios_2022.
https://sedeelectronica.molinadesegura.es/e-bases-de-ejecucion-2022/
4.º- Cuantía.
Las subvenciones se concederán con cargo a la aplicación presupuestaria 08/2316/4800001 AYUDAS URGENTE NECESIDAD, prevista en el presupuesto de gastos para el ejercicio 2022 prorrogado para el ejercicio 2024, por un importe máximo de 300.000,00 €.
5.º- Plazo de presentación de solicitudes.
De conformidad con lo establecido en las ordenanzas municipales señaladas, las solicitudes de este tipo de ayudas pueden realizarse durante todo el año, sin que quede condicionado el plazo inicial a la publicación del extracto de la convocatoria.
Molina de Segura, 4 de marzo de 2024. El Alcalde, José Ángel Alfonso Hernández.