Aprobación inicial de modificación del Reglamento de Segunda Actividad de la Policía Local de Águilas.
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IV. Administración Local
Águilas
346 | Aprobación inicial de modificación del Reglamento de Segunda Actividad de la Policía Local de Águilas. |
el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el día 27 de diciembre de 2023, ha aprobado inicialmente la introducción de un nuevo punto en el artículo 11 del Reglamento de Segunda Actividad de la Policía Local de Águilas, publicado en el BORM núm. 123 de fecha 30 de mayo de 2014, con la siguiente redacción:
"11.4.- Para poder acogerse al derecho recogido en el apartado anterior será necesario que el /la funcionario/a haya prestado servicios de Policía Local de Águilas durante un mínimo de diez (10) años."
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de Bases de Régimen Local, se abre un periodo de información pública y audiencia a los interesados, por el plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, para que pueda ser examinado el expediente en el Servicio de Régimen Interior y Personal del Ayuntamiento y presentarse las reclamaciones y sugerencias que se estimen pertinentes.
En el caso, de que no se produzca ninguna reclamación o sugerencia, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional.
En Águilas, a 12 de enero de 2024. La Alcaldesa, M.ª del Carmen Moreno Pérez.