Resolución del Secretario General de Medio Ambiente, Universidades, Investigación y Mar Menor por la que se acuerda la publicación de la Adenda de modificación y prórroga del convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de Empleo, Investigación y Universidades (actualmente Consejería de Medio Ambiente, Universidades, Investigación y Mar Menor) y la Universidad Isabel I.

I. Comunidad Autónoma

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente, Universidades, Investigación y Mar Menor

171 Resolución del Secretario General de Medio Ambiente, Universidades, Investigación y Mar Menor por la que se acuerda la publicación de la Adenda de modificación y prórroga del convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de Empleo, Investigación y Universidades (actualmente Consejería de Medio Ambiente, Universidades, Investigación y Mar Menor) y la Universidad Isabel I.

Resolución:

Vista la Adenda de modificación del convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de Empleo, Investigación y Universidades (actualmente Consejería de Medio Ambiente, Universidades, Investigación y Mar Menor) y la Universidad Isabel I, para la realización de prácticas académicas externas universitarias, teniendo en cuenta que tanto el objeto de la Adenda como las obligaciones establecidas en la misma regulan un marco de colaboración que concierne al interés público de esta Consejería, y a los efectos de lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Regional 56/1996, de 24 de julio, sobre tramitación de los convenios en el ámbito de la Administración Regional.


Resuelvo:

Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia de la Adenda de modificación del convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de Empleo, Investigación y Universidades (actualmente Consejería de Medio Ambiente, Universidades, Investigación y Mar Menor) y la Universidad Isabel I, para la realización de prácticas académicas externas universitarias, que se inserta a continuación.

Murcia, 28 de diciembre de 2023?. El Secretario General, Enrique Ujaldón Benítez.

Adenda de modificación y prórroga del convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de Empleo, Investigación y Universidades (actualmente consejería de Medio Ambiente, Universidades, Investigación y Mar Menor) y la Universidad Isabel I, para la realización de prácticas académicas externas universitarias.

Murcia, 12 de diciembre de 2023.

Reunidos:

De una parte, don Juan María Vázquez Rojas, Consejero de Medio Ambiente, Universidades, Investigación y Mar Menor, nombrado por Decreto del Presidente n.º 37/2023, de 14 de septiembre, actuando en representación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en el ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 16 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, cuya celebración ha sido autorizada por acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 30 de noviembre de 2023.

De otra parte, D. Alberto Gómez Barahona, en nombre y representación de la Sociedad Universidad Internacional Isabel I de Castilla, SAU. (en adelante "Universidad Isabel I") con CIF A09515412 y domicilio en Calle Fernán González, 76, en Burgos, en su calidad de Rector, cargo por el que fue nombrado en fecha 17 de septiembre de 2022, en virtud de escritura otorgada ante el Notario de Burgos, D. Julián Martínez Pantoja, con fecha 14 de noviembre de 2023, con el número 3.605 de su protocolo y con facultades suficientes para la celebración de este acto en virtud de lo establecido en las Normas de Organización y Funcionamiento de la Universidad Isabel I aprobadas por Acuerdo 52/2013, de 4 de julio, de la Junta de Castilla y León, (BOCYL de 5 de julio de 2013).

En función de sus respectivos cargos y en ejercicio de las atribuciones que les están conferidas, con plena capacidad para formalizar el presente acuerdo,

Exponen:

Que con fecha 23 de diciembre de 2019, la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la extinta Consejería de Empleo, Investigación y Universidades (actualmente Consejería de Medio Ambiente, Universidades, Investigación y Mar Menor) y la Universidad Isabel I suscribieron un Convenio de colaboración para la realización de prácticas académicas externas universitarias, que fue publicado en el BORM n.º 41, de 19 de febrero de 2019, y cuyo plazo de vigencia expira el 22 de diciembre de 2023.

El clausulado del convenio recoge las condiciones generales de realización de las referidas prácticas, que se ven afectadas por la disposición adicional quincuagésima segunda del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, añadida por el artículo único. 34 del Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones, que dice:

"Disposición adicional quincuagésima segunda. Inclusión en el sistema de Seguridad Social de alumnos que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en programas de formación.

1. La realización de prácticas formativas en empresas, instituciones o entidades incluidas en programas de formación y la realización de prácticas académicas externas al amparo de la respectiva regulación legal y reglamentaria, determinará la inclusión en el sistema de la Seguridad Social de las personas que las realicen en los términos de esta disposición adicional.

Las prácticas a que se refiere el párrafo anterior comprenden:

a) Las realizadas por alumnos universitarios, tanto las dirigidas a la obtención de titulaciones oficiales de grado y máster, doctorado, como las dirigidas a la obtención de un título propio de la universidad, ya sea un máster de formación permanente, un diploma de especialización o un diploma de experto.

(...)

4. El cumplimiento de las obligaciones a la Seguridad Social se ajustará a las siguientes reglas:

(...)

b) En el caso de las prácticas formativas no remuneradas, el cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social corresponderá a la empresa, institución o entidad en la que se desarrollen aquellos, salvo que en el convenio o acuerdo de cooperación que, en su caso, se suscriba para su realización se disponga que tales obligaciones corresponderán al centro de formación responsable de la oferta formativa.

(...)."

La citada disposición adicional entrará en vigor el próximo día 1 de enero de 2024, tal y como establece la disposición final décima del Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, según redacción dada por el artículo 212 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio.

Que según se establece en el clausulado del Convenio los términos del mismo podrán ser modificados de mutuo acuerdo entre las partes.

De acuerdo con lo expuesto, procede modificar el apartado 4 de la cláusula del convenio titulada "Condiciones generales para la realización de prácticas" para adaptarla a la referida disposición adicional quincuagésima segunda. A tal efecto, y conforme al apartado 4. b) de la citada disposición adicional, las partes acuerdan que el cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social las asuma la Universidad como centro responsable de la oferta formativa.

Por otro lado, también en el apartado citado en el párrafo anterior, y a fin de evitar dudas sobre el sujeto obligado a suscribir la póliza de seguro de responsabilidad civil por los hechos que deban su origen a los trabajos realizados por los alumnos en prácticas se sustituye el término "centro", por el de "Universidad".

Asimismo, se modifica el título del convenio, sustituyendo el término "colaboración "por "cooperación educativa", y la cláusula duodécima, sustituyendo el término "contraprestaciones", por el de "obligaciones".

Como consecuencia de la reorganización de la Administración Regional aprobada por Decreto del Presidente n.º 31/2023, de 14 de septiembre, las referencias que en el clausulado del convenio se hacen a la Consejería de Empleo, Investigación y Universidades se han de entender referidas a la Consejería competente en materia de universidades.

Por último, el citado convenio establece en la cláusula decimoséptima que tendrá una vigencia de cuatro años, pudiendo ser prorrogado por otros cuatro, previo acuerdo expreso de las partes de conformidad con el artículo 49.h,2.º de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Estando interesadas ambas partes en prorrogar el convenio por otro periodo adicional de cuatro años.

Por lo expuesto, ambas partes consideran de máximo interés la suscripción de la presente adenda de modificación del convenio, para posibilitar la continuidad de las prácticas académicas externas referidas en su objeto, con arreglo a las siguientes:


Cláusulas:

Primera.- Modificación del convenio de colaboración.

I.- El apartado 4 de la cláusula tercera queda redactado como sigue:

"La realización de las prácticas académicas externas determinará la inclusión de los alumnos en el sistema de la Seguridad Social, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional quincuagésima segunda del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, correspondiendo a la Universidad el cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social.

Todo ello sin perjuicio, en su caso, de la cobertura por el Seguro Escolar. Asimismo, la Universidad concertará una Póliza de Seguro adicional que cubrirá, como mínimo, los riesgos de responsabilidad civil derivada de los hechos que deban su origen a los trabajos realizados por los alumnos en prácticas. La cobertura de esta póliza cubrirá los riesgos dentro de los centros en los que se desarrollen las prácticas o en cualquier otro lugar donde realicen la actividad que afecte tanto al alumno como a terceras personas y a cosas. Igualmente se extenderá a los accidentes sufridos por los alumnos en prácticas ´in itinere´".

II.- En el título del convenio se sustituye el término "colaboración" por "cooperación educativa", y en la cláusula duodécima se sustituye el término "contraprestaciones" por el de "obligaciones".

III.- Las referencias que en el clausulado del convenio se hacen a la Consejería de Empleo, Investigación y Universidades se han de entender hechas a la Consejería competente en materia de universidades.

Segunda.- Prórroga del convenio.

I.- Las partes firmantes acuerdan prorrogar el convenio por un periodo de cuatro años.

II.- Se mantienen vigentes el resto de las estipulaciones pactadas en el convenio de 23 de diciembre de 2019 y no modificadas en esta adenda.

Y en prueba de conformidad, las partes intervinientes firman electrónicamente el presente documento en Burgos y en Murcia, respectivamente:

Por la Universidad Isabel I, el Rector, Alberto Gómez Barahona. Por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, el Consejero de Medio Ambiente, Universidades, Investigación y Mar Menor, Juan María Vázquez Rojas.

NPE: A-110124-171


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