Resolución por la que se aprueba la convocatoria de la realización de las pruebas de acreditación de usuarios para la utilización de métodos homologados de captura de especies cinegéticas predadoras y asilvestradas, para el año 2024.

I. Comunidad Autónoma

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente, Universidades, Investigación y Mar Menor

6835 Resolución por la que se aprueba la convocatoria de la realización de las pruebas de acreditación de usuarios para la utilización de métodos homologados de captura de especies cinegéticas predadoras y asilvestradas, para el año 2024.

Para el desarrollo reglamentario del artículo 46.4 y 81 de la Ley 7/2003 de 12 de noviembre, de Caza y Pesca Fluvial de la Región de Murcia, y en base a lo establecido en los artículos 61 y 65.3.g de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, fue aprobado el Decreto n. 148/2020, de 12 de noviembre, sobre autorización y homologación de métodos de captura de especies cinegéticas predadoras y asilvestradas (BORM n.º 267, de 17 de noviembre de 2020), que establece en la Región de Murcia los métodos de captura homologados de especies cinegéticas predadoras y asilvestradas, la homologación de nuevos métodos, la acreditación de sus usuarios, la utilización y adquisición de aquéllos y las autorizaciones de captura de especies predadoras.

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto del Presidente n.º 42/2023, de 21 de septiembre, por el que se modifica el Decreto n.º 31/2023, de 14 de septiembre, de reorganización de la Administración Regional. (Suplemento n.º 13 del BORM n.º 220 de 22/09/2023), teniendo las competencias de caza la Consejería de Medio Ambiente, Universidades, Investigación y Mar Menor, y considerando las atribuciones que tiene conferidas la Dirección General de Patrimonio Natural y Acción Climática, según lo dispuesto en el Decreto n.º 242/2023, de 22 de septiembre, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Medio Ambiente, Universidades, Investigación y Mar Menor (BORM Suplemento n.º 13 del BORM n.º 220 de 22/09/2023), por la Subdirección General de Planificación, Biodiversidad, Caza y Pesca Fluvial se propone se dicte Resolución en los siguientes términos:


Resuelvo:

Primero. Aprobar dos convocatorias para la realización de las pruebas para la obtención del certificado de acreditación de usuarios para la utilización de métodos homologados de captura de especies cinegéticas predadoras y asilvestradas, según lo establecido en el artículo 15 del Decreto n. 148/2020, de 12 de noviembre, sobre autorización y homologación de métodos de captura de especies cinegéticas predadoras y asilvestradas.

Segundo. 1. Los interesados en participar en las pruebas de aptitud deberán solicitarlo según el modelo normalizado del Anexo VIII del Decreto n.º 148/2020, de 12 de noviembre, sobre autorización y homologación de métodos de captura de especies cinegéticas predadoras y asilvestradas.

2. La solicitud se presentará en Sede Electrónica mediante el procedimiento "Prueba acreditativa para la utilización de métodos de control de predadores (código 3531) (SIA 2450305)" https://sede.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=3531&IDTIPO=240&RASTRO=c$m40288 o en las Entidades establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o en las Oficinas Corporativas de Atención al Ciudadano con función de registro.

3. La solicitud irá acompañada de copia del abono de la tasa correspondiente y certificado de asistencia al curso de formación emitido por entidad homologada que tendrá una vigencia de tres años.

Tercero. Para poder presentarse al examen, se tendrá que haber abonado la tasa T210. Sección Primera, 17) de la Orden de 2 de febrero de 2023 de la Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Administración Digital, por la que se publican las tarifas de las tasas y precios públicos aplicables en el año 2023. (BORM nº 40 de 18 de febrero de 2023), con el concepto de derechos de examen para la obtención de la acreditación de utilización de métodos de control de predadores, por importe de 29 euros, antes de finalizar el plazo de inscripción.

Cuarto. 1. El plazo para la presentación de las solicitudes para la realización de las pruebas de acreditación será:

a) Para la convocatoria del 16 de abril de 2024, el plazo de admisión de solicitudes será hasta el 29 de marzo de 2024.

b) Para la convocatoria del 15 de octubre de 2024, el plazo de admisión de solicitudes será hasta el 30 de septiembre de 2024.

2. La Dirección General del Patrimonio Natural y Acción Climática publicará la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos en el Tablón de Anuncios de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca (Planta Baja, Plaza Juan XXIII, Murcia) y en el Portal Web de Caza y Pesca: https://cazaypesca.carm.es/web/cazaypesca/control-predadores, fijándose un plazo de 5 días contados a partir del día siguiente a la publicación para la subsanación de las deficiencias. La relación definitiva de aspirantes admitidos se publicará del mismo modo.

Quinto. 1. Las pruebas de acreditación versarán sobre el temario disponible en el anexo VI del Decreto n. 148/2020, de 12 de noviembre, sobre autorización y homologación de métodos de captura de especies cinegéticas predadoras y asilvestradas.

2. Las preguntas para las pruebas de acreditación se extraerán del "Manual preparatorio del examen para la acreditación en el control de predadores en la Región de Murcia

3. Si durante el desarrollo del examen llegara a conocimiento del tribunal calificador que alguno de los aspirantes carece de los requisitos exigidos en la convocatoria, será excluido del mismo, previa audiencia al interesado, poniéndolo en conocimiento de la Dirección General del Patrimonio Natural y Acción Climática.

Sexto. 1. Las fechas y hora para la realización de las pruebas de aptitud, serán el 16 de abril de 2024 y el 15 de octubre de 2024, a las 10:00 horas, en el Centro de Recuperación de Fauna Silvestre del Valle, en La Alberca (Murcia).

2. El tribunal calificador, en función del número de aspirantes admitidos, podrá establecer los turnos necesarios para la realización del examen.

3. Los aspirantes deberán presentarse a la realización de las pruebas de aptitud el día, hora y lugar indicado provistos de la documentación (original y en vigor) acreditativa de su identidad y bolígrafo.

Séptimo. El tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros, que podrán asistirse de expertos en el control de predadores:

1. Tribunal titular

Presidente: D. Juan Faustino Martínez Fernández.

Vocales: D. José Antonio Martínez García, D.ª María José Gens Agujas y D. Francisco Bastida Liza.

Secretario/a: D.ª Ana Isabel Coloma Santamaría.

2. Tribunal suplente

Presidente: D. David Sancho Cabrero.

Vocales: D. Juan Ignacio López del Castillo, D. Emilio Aledo Olivares y D.ª Silvia Carriqui Benalaque.

Secretario: D. Alejandro Fernández Bohajar.

Octavo. Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Medio Ambiente, Universidades, Investigación y Mar Menor, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación oficial de la misma, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Murcia, 14 de noviembre de 2023. La Directora General de Patrimonio Natural y Acción Climática (P.S Orden de 26/09/2023, de la Consejería de Medio Ambiente, Universidades, Investigación y Mar Menor, por la que se designan suplencias temporales para despacho ordinario de asuntos por vacante, ausencia o enfermedad de sus Órganos Directivos, BORM n.º 225 de 28/09/2023), la Secretaria Autonómica de Energía, Sostenibilidad y Acción Climática, María Cruz Ferreira Costa.

NPE: A-291123-6835


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