Consejería de empresa, economía social y autónomos - Otras disposiciones (BORM nº 2023-214)

I. Comunidad Autónoma

3. Otras disposiciones

Consejería de Empresa, Economía Social y Autónomos

5229 Resolución de la Dirección General de Autónomos, Trabajo y Economía Social, por la que se aprueba la publicación de las sanciones por infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales.

Visto el expediente sancionador por infracción muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, relacionado en el Anexo, y teniendo en cuenta los siguientes:

Antecedentes de hecho

1.º- La Inspección de Trabajo y Seguridad Social, practicó acta de infracción que dio lugar a la incoación del expediente relacionado en el Anexo.

Dada la calificación como muy grave de la infracción cometida, se propuso su publicación por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, según establece la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, y el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.

2.º- Una vez seguida la tramitación del procedimiento establecido en la normativa vigente, se impuso la sanción propuesta por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, mediante resolución dictada por el órgano competente para ello.

3.º- La citada sanción ha devenido firme, una vez finalizado el procedimiento en vía administrativa y, en su caso, judicial, habiéndose observado las formalidades precisas en la tramitación del referido expediente sancionador.

A los anteriores hechos son de aplicación los siguientes:

Fundamentos de derecho

1.º- Esta Dirección General es competente para ordenar la publicación de las sanciones firmes muy graves impuestas en materia de prevención de riesgos laborales mediante la presente resolución, en base al contenido del artículo 19 y 25.5 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la administración pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia; y artículo 48 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.

Todo ello en relación y según establece el R.D. 375/1995, de 10 de marzo, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en materia de trabajo; Decreto 284/2008, de 19 de septiembre, por el que se determinan los órganos competentes para resolver expedientes sancionadores sobre infracciones en el orden social en el ámbito de la CARM (modificado por Decreto 23/2011, de 25 de febrero); Decreto del Presidente n.º 2/2023, de 17 de enero, de reorganización de la Administración Regional, modificado por el Decreto de la Presidencia n.º 20/2023, de 20 de enero; y Decreto n.º 7/2023, de 23 de enero, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Empresa, Economía Social y Autónomos.

2.º- Procede la publicación en virtud de lo dispuesto en el artículo 40.2 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, y en el Real Decreto 597/2007 de 4 de mayo, que desarrolla el procedimiento para hacer efectiva la citada publicación.

La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia ha publicado el Decreto 474/2008, de 5 de diciembre, que determina el procedimiento para proceder a la citada publicación en su ámbito territorial, la publicación de dichas sanciones en la página Web de la Administración Regional, y crea el Registro Público Regional de datos objeto de publicación de las sanciones impuestas por la comisión de infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales, necesario para ello, adscrito a la Dirección General competente para ordenar la publicación de las sanciones, de acuerdo con el artículo 2 de dicho Decreto.

En uso de las facultades que me confiere el artículo 19 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia


Resuelvo:

1.º- Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y en la página Web de la Consejería de Empresa, Economía Social y Autónomos, de la sanción impuesta por infracción muy grave en el expediente relacionado en el Anexo.

2.º- Ordenar la inscripción en el Registro Público Regional de la sanción impuesta por infracción muy grave en el expediente relacionado en el Anexo.

3.º- Ordenar la cancelación de la citada inscripción, una vez transcurridos cinco años desde la fecha de publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

La presente resolución no agota la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso de alzada ante la Consejera de Empresa, Economía Social y Autónomos, de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en el plazo de un mes, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 54 del R.D.L. 5/2000, de 4 de agosto, artículo 23 del R.D. 928/1998, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de Orden Social y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social.

Murcia, 5 de septiembre de 2023. El Director General de Autónomos, Trabajo y Economía Social, Antonio Pasqual del Riquelme Herrero.


ANEXO
Exp. n.º Nombre CIF CNAE Domicilio social Infracción Sanción (euros) Fecha acta Fecha firmeza
201755111170 Solados Losan, S.L
Grupo Bertolín, S.A
B73371536
A46092128
4121 Calle Marco Aurelio 41, Roldán. Torre Pacheco. Murcia
Ronda Guglielmo Marconi, 11. Paterna. Valencia
Art. 13.10 del R.D.L. 5/2000, de 4 de agosto, (BOE de 08-08-00) por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones de Orden Social. 40.986,00 9/10/2017 25/05/2023
30/05/2023

NPE: A-150923-5229


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