Consejería de educación, formación profesional y empleo - Otras disposiciones (BORM nº 2023-183)
I. Comunidad Autónoma
3. Otras disposiciones
Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo
4873 | Resolución de 27 de julio de 2023, de la Dirección General de Centros Educativos, por la que se aprueba la modificación del período lectivo del curso escolar 2023-2024 en los municipios de Blanca, Lorca y Torre Pacheco. |
Por Resolución de 7 de junio de 2023 de este centro directivo se establece el período lectivo del curso escolar 2023/2024 (BORM 13/06/2023).
Advertido error material en la propuesta de los días de carácter local efectuada por el Consejo Escolar del municipio de Blanca, en fecha 19 de mayo de 2023, en los días no lectivos propuestos por el Consejo Escolar del municipio de Lorca, en fecha 15 de mayo de 2023 y en los días no lectivos propuestos por el Consejo Escolar del municipio de Torre Pacheco, en fecha 19 de mayo de 2023, procede la modificación del periodo lectivo en dichos municipios.
De conformidad con lo establecido en el Decreto n.º 10/2023, de 23 de enero (BORM del 25), por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo, de acuerdo con la disposición quinta de la Resolución de 7 de junio de 2023, de la Dirección General de Centros Educativos e Infraestructuras, por la que se establece el periodo lectivo del curso escolar 2023/2024,
Resuelvo:
Primero. Aprobar la modificación del período lectivo del curso escolar 2023/2024, aplicable al municipio de Blanca, municipio de Lorca y al municipio de Torre Pacheco, determinado en la Resolución de 7 de junio de 2023 de este centro directivo por la que se establece el período lectivo del curso escolar 2023/2024 (BORM 13/06/2023), el cual queda fijado en los siguientes términos:
Segundo. Los directores de los centros educativos del municipio expondrán de forma visible en el tablón de anuncios y, en su caso, en la página web del centro, una copia de esta Resolución.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación, Formación Profesional y Empleo, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Murcia, 27 de julio de 2023. El Director General de Centros Educativos e Infraestructuras, Jesús Pellicer Martínez.
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NPE: A-090823-4873