Consejería de presidencia, turismo, cultura, juventud, deportes y portavocía - Otras disposiciones (BORM nº 2023-170)

I. Comunidad Autónoma

3. Otras disposiciones

Consejería de Presidencia, Turismo, Cultura, Juventud, Deportes y Portavocía

4565 Orden de la Consejería de Presidencia, Turismo, Cultura, Juventud, Deportes y Portavocía, por la que se aprueba el programa de actividad física y deporte en edad escolar de la Región de Murcia para el curso 2023/2024.

La Ley 8/2015, de 24 de marzo, de la Actividad Física y el Deporte de la Región de Murcia, define en su artículo 18 el Programa de "Actividad Física y Deporte en Edad Escolar", como conjunto de actividades físico-deportivas que tienen por objeto fomentar la práctica deportiva en los escolares, y será aprobado anualmente por la Consejería competente en materia de actividad física y deporte, teniendo en cuenta las iniciativas y propuestas formuladas por las federaciones deportivas y las corporaciones locales, y estará orientado a la educación integral de los escolares, al desarrollo armónico de su personalidad, a la consecución de unas condiciones físicas y de salud y a una formación que posibiliten la práctica continuada de la actividad física y el deporte en edades posteriores.

La citada Ley determina asimismo en el artículo 19 que los centros escolares serán el marco preferente de participación. El Programa de "Actividad Física y Deporte en Edad Escolar" se ejecutará básicamente a través de los centros escolares que voluntariamente participen en el mismo.

En este caso contarán con un coordinador y un proyecto deportivo de centro.

Con la finalidad de hacer efectivas dichas previsiones normativas, a propuesta del Director General de Deportes y en ejercicio de las facultades reconocidas por los artículos 25.4 y 16.2.q) de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia,

Dispongo:

Primero.- Aprobar el Programa de "Actividad Física y Deporte en Edad Escolar" de la Región de Murcia para el curso 2023/2024, como el conjunto de actividades físico deportivas previstas en el artículo 18 de la Ley 8/2015, de 24 de marzo, de la Actividad Física y el Deporte de la Región de Murcia, que se adjunta como ANEXO I a la presente Orden.

Segundo.- El Programa de "Actividad Física y Deporte en Edad Escolar" de la Región de Murcia para el curso 2023/2024 está integrado por las siguientes modalidades de participación:

1. Actividades de naturaleza competitiva:

1.1. Campeonato de Promoción Deportiva de la Región de Murcia, en las categorías Benjamín, Alevín, Infantil, Cadete y Juvenil.

1.2. Campeonato de Rendimiento Deportivo de la Región de Murcia, en las categorías que determinen los reglamentos de cada Federación Deportiva.

1.3. Campeonato de Deporte Adaptado en Edad Escolar de la Región de Murcia, para discapacitados físicos, psíquicos y sensoriales en las categorías que determinen las federaciones deportivas correspondientes.

2. Campañas de promoción deportiva:

2.1. Campañas de Promoción, Rendimiento Deportivo y Deporte Adaptado en Edad Escolar promovidas por los Ayuntamientos o federaciones deportivas de la Región de Murcia, a través de escuelas deportivas.

2.2. Jornadas Deportivas Singulares o Simposios, promovidas por Ayuntamientos, grupos de municipios o la propia Dirección General de Deportes.

Tercero.- Presupuesto y financiación

La Consejería competente en materia de actividad física y deporte y los Ayuntamientos colaboradores financiarán, en la medida de las disponibilidades presupuestarias, los gastos derivados del desarrollo y ejecución del Programa de "Actividad Física y Deporte en Edad Escolar", a excepción del Campeonato de Rendimiento Deportivo de la Región de Murcia que será por cuenta de las federaciones deportivas, y en su caso de los clubes y centros docentes participantes.

Cuarto.- Ayuntamientos colaboradores

Los Ayuntamientos de la Región de Murcia podrán solicitar su inclusión como colaboradores en la organización del Programa de "Actividad Física y Deporte en Edad Escolar". Las solicitudes se ajustarán al modelo recogido en el ANEXO II de la presente Orden, e irán firmadas electrónicamente. Se presentarán en el Registro Electrónico Único, con el número de procedimiento 3975, accesible a través de la sede electrónica de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (https://sede.carm.es) conforme a lo previsto en el Artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, e irán dirigidas a la Dirección General de Deportes, teniendo de plazo 20 días a partir del siguiente a la publicación de la Orden.

Los Ayuntamientos, a través del Coordinador Municipal del Programa de "Actividad Física y Deporte en Edad Escolar", serán las entidades encargadas de fomentar entre los centros de enseñanza, clubes y asociaciones deportivas de su ámbito de actuación, la participación de los escolares en las distintas actividades propuestas por el programa, informando sobre las mismas y organizando las fases municipales correspondientes.

Quinto.- Participación de escolares deportistas

1. La participación será exclusivamente a través de centros de enseñanza en el Campeonato de Promoción Deportiva de la Región de Murcia, en las categorías Benjamín, Alevín, Infantil, Cadete y Juvenil.

2. Excepcionalmente en el Campeonato de Promoción Deportiva de la Región de Murcia, y en los deportes de equipo en que se determine, se permitirá la participación en categoría juvenil hasta la edad de 22 años a los alumnos que se encuentren cursando enseñanzas regladas oficiales no universitarias. Las condiciones de participación de estos deportistas se recogerán en la Normativa Técnica correspondiente a cada deporte.

Sexto.- Asistencia sanitaria

La asistencia sanitaria, tanto la de primera instancia de carácter urgente e inespecífica como la específica posterior, derivada de la práctica deportiva celebrada en la Región de Murcia por los participantes en los programas anuales de actividad física y deporte escolar, será prestada de forma gratuita por el Servicio Murciano de Salud en todos aquellos casos que no exista cobertura a través del seguro escolar, tal como se recoge en la Disposición adicional Segunda de la Ley 8/2015, de la Actividad Física y el Deporte de la Región de Murcia.

Séptimo.- Aceptación de las normas e integración en la programación general anual.

La participación en este programa implica la plena aceptación de las normas que lo rigen. Todos los centros docentes participantes deberán incluir en su correspondiente Programación General Anual su participación en el Programa de "Actividad Física y Deporte en Edad Escolar".

Octavo.- Desarrollo del programa.

Corresponde a la Dirección General de Deportes el desarrollo del programa.

Noveno.- Eficacia y publicidad

La presente Orden producirá efectos el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante el Consejero/a competente en materia de actividad física y deporte, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con el artículo 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE de 2 de octubre), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso contencioso-administrativo, ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio (BOE de 14 de julio), reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En Murcia, 13 de julio de 2023. El Consejero de Presidencia, Turismo, Cultura, Juventud, Deportes y Portavocia, en funciones, Marcos Ortuño Soto.


ANEXO I

PROGRAMA DE ACTIVIDAD FÍSICA Y DEPORTE EN EDAD ESCOLAR DE LA REGIÓN DE MURCIA PARA EL CURSO 2023/2024

A) JUSTIFICACIÓN

La Ley 8/2015, de 24 de marzo, de la Actividad Física y el Deporte de la Región de Murcia, define en su artículo 18 el Programa de "Actividad Física y Deporte en Edad Escolar", como conjunto de actividades físico-deportivas que tienen por objeto fomentar la práctica deportiva en los escolares, y será aprobado anualmente por la Consejería competente en materia de actividad física y deporte, teniendo en cuenta las iniciativas y propuestas formuladas por las federaciones deportivas y las corporaciones locales, y estará orientado a la educación integral de los escolares, al desarrollo armónico de su personalidad, a la consecución de unas condiciones físicas y de salud y a una formación que posibiliten la práctica continuada de la actividad física y el deporte en edades posteriores.

La práctica deportiva escolar se ejecutará básicamente a través de los centros escolares, con la colaboración de los Ayuntamientos y las federaciones deportivas de la Región de Murcia, aunque se apuesta por un sistema integrador bajo la denominación de Actividad Física y Deporte en Edad Escolar en donde coexistan y se complementen los modelos ofrecidos desde los propios centros docentes con los que desarrollan los clubes deportivos dentro del denominado deporte federado.

La Organización Mundial de la Salud (OMS) recomienda un mínimo de sesenta minutos diarios para niños y jóvenes entre 6 y 18 años de educación primaria y secundaria repartidas entre la educación física curricular y las actividades deportivas extraescolares. Se encuentra sobradamente probado que la carencia de actividad física aumenta la incidencia del sobrepeso, la obesidad y una serie de enfermedades crónicas, como las cardiovasculares o la diabetes, que disminuyen la calidad de vida, ponen en riesgo la vida de las personas y constituyen una carga cuantificada en los presupuestos sanitarios.

Los principios que inspiran este programa, además de deportivos, son formativos, educativos y lúdicos, por lo que deportistas, profesores de educación física, entrenadores, asociaciones de padres y madres, árbitros, gestores y directivos deben dar un tratamiento especial a estas actividades, procurando entre todos trasladar al deportista en edad escolar los principios del juego limpio, respeto al medio ambiente, el compañerismo y las prácticas de vida saludables, el rechazo a la violencia y al dopaje y la integración de todos los componentes de un equipo sin discriminación de ningún tipo.

El modelo del programa de "Actividad Física y Deporte en Edad Escolar" de la Región de Murcia plantea, a través de niños y jóvenes, varias competiciones y actividades en donde se ofrecen niveles de rendimiento, de promoción o de deporte adaptado, pudiéndose participar como centro escolar, marco preferente de participación, o como club deportivo, según la reglamentación que se determine.

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 8/2015, de 24 de marzo, de la Actividad Física y el Deporte de la Región de Murcia, y dado que, de acuerdo con el artículo 18 de la citada Ley, corresponde a la Consejería competente en materia de actividad física y deporte aprobar anualmente el Programa de "Actividad Física y Deporte en Edad Escolar", se ha elaborado por la Dirección General de Deportes dicho programa.

B) OBJETIVOS GENERALES

Los objetivos generales que el programa persigue, son los siguientes:

1. Incrementar la práctica deportiva de la población en edad escolar, con especial atención a la participación de escolares con discapacidad y escolares en riesgo de exclusión.

2. Promover la realización de actividad física y deporte como vehículo de formación en valores, desarrollando actividades a la medida de cada participante, integrando y respetando la diversidad, ejerciendo como un agente de cambio hacia un deporte, una educación y una sociedad menos sexista.

3. Conseguir incrementar de forma permanente los hábitos deportivos entre toda la población en edad escolar, reduciendo con ello el alto índice de obesidad infantil.

4. Ofertar una serie de actividades deportivas para la población en edad escolar que atiendan a la diversidad de necesidades e intereses de los escolares, con especial interés por colectivos vulnerables, como las personas con problemas de salud o discapacidad, las personas inmigrantes o colectivos con dificultades socioeconómicas.

5. Alcanzar la coordinación efectiva de la administración deportiva regional, las entidades locales y las entidades deportivas, que propicie una oferta deportiva ordenada, coherente, conjunta y tendente a la excelencia del Programa de "Actividad Física y Deporte en Edad Escolar".

C) OBJETIVOS ESPECÍFICOS

Los objetivos específicos que se plantean, en orden a conseguir los objetivos generales, son los siguientes:

1. La realización de la actividad física y el deporte por los escolares con fines deportivos, formativos, educativos, lúdicos o sanitarios.

2. Integrar a todos los alumnos en edad escolar en el sistema deportivo regional a través de las estructuras organizadas docentes y municipales y su coordinación con los clubes y federaciones deportivas.

3. Promover la integración e inclusión de los escolares con discapacidad con sus compañeros de estudio.

4. La transmisión a todos los agentes intervinientes de los valores del compañerismo, respeto al medio ambiente, juego limpio, rechazo al dopaje, a la violencia, al racismo, a la xenofobia o a la intolerancia en la actividad física y el deporte.

5. La integración de todos los compañeros sin discriminación alguna.

6. La utilización de un lenguaje no sexista.

7. La eliminación de roles, estereotipos y prejuicios en función del sexo y la enseñanza de modelos de convivencia y respeto.

8. La utilización de materiales didácticos que tiendan a eliminar roles o estereotipos sexistas en la práctica de la actividad física y deporte.

D) ACTIVIDADES

El Programa de "Actividad Física y Deporte en Edad Escolar" de la Región de Murcia para el curso 2023/2024 está integrado por las siguientes modalidades de participación:

1. Actividades de naturaleza competitiva:

1.1. Campeonato de Promoción Deportiva de la Región de Murcia, en las categorías Benjamín, Alevín, Infantil, Cadete y Juvenil.

1.1.1. El Campeonato de Promoción Deportiva de la Región de Murcia, se realizará por la Consejería competente en materia de actividad física y deporte, a través de la Dirección General de Deportes, y por los Ayuntamientos que hayan solicitado su inclusión como colaboradores en la organización del Programa de "Actividad Física y Deporte en Edad Escolar".

1.1.2. El Campeonato de Promoción Deportiva de la Región de Murcia está dirigido a todos los escolares de la Región de Murcia, y la participación tendrá lugar a través de los centros de enseñanza de la Región de Murcia.

1.1.3. Las bases de participación, categorías, deportes que se convocan, fases de la actividad, etc., así como las reglas técnicas de cada actividad y cada modalidad deportiva, se desarrollarán por Resolución de la Dirección General de Deportes.

1.1.4. Para un mejor desarrollo de las competiciones del Campeonato de Promoción Deportiva de la Región de Murcia, los municipios se distribuirán en ocho grupos, quedando de la siguiente forma:

- Grupo 1: Águilas, Aledo, Mazarrón, Totana, Puerto Lumbreras, Alhama de Murcia y Librilla.

- Grupo 2: Fuente Álamo, La Unión, Los Alcázares, San Javier, San Pedro del Pinatar y Torre Pacheco.

- Grupo 3: Bullas, Calasparra, Caravaca de la Cruz, Cehegín, Moratalla, Mula y Pliego.

- Grupo 4: Abanilla, Abarán, Blanca, Cieza, Fortuna, Jumilla, Yecla, Beniel y Santomera

- Grupo 5: Molina de Segura, Archena, Alguazas, Las Torres de Cotillas, Albudeite, Ceutí, Lorquí, Campos de Río, Ojós, Ricote, Ulea, Villanueva de Segura y Alcantarilla.

- Grupo 6: Cartagena.

- Grupo 7: Murcia.

- Grupo 8: Lorca.

1.1.5. Se constituirán comités de organización de carácter municipal, interlocal e intermunicipal que tendrán como funciones básicas la organización del sistema de competición más apropiado según las características de los municipios y en función de la participación, así como la toma de decisiones en materia de disciplina deportiva, la elaboración del calendario, clasificaciones y resultados de las competiciones, así como la puesta en marcha, seguimiento y control del campeonato.

La constitución y composición de dichos comités será como sigue:

a) Comité Municipal: Se creará por el Ayuntamiento correspondiente quien, a su vez, determinará su composición.

b) Comité Interlocal: Los Ayuntamientos que tengan poca participación en un deporte, podrán unirse en una fase interlocal con otro u otros Ayuntamientos del mismo grupo. Su composición es la siguiente:

* Un técnico municipal de cada uno de los Ayuntamientos de la fase interlocal, de entre ellos se elegirá un Secretario.

* Un representante de la Dirección General de Deportes, que actuará de Presidente.

c) Comité Intermunicipal: Se creará por los Ayuntamientos pertenecientes a los grupos que compiten entre sí, con la siguiente composición:

* Un técnico municipal de cada uno de los Ayuntamientos de la fase intermunicipal, de entre ellos se elegirá un Secretario.

* Un representante de la Dirección General de Deportes, que actuará de Presidente.

1.1.6. A la vista de las inscripciones presentadas por los centros escolares participantes en el Campeonato de Promoción Deportiva de la Región de Murcia, y teniendo en cuenta la modalidad deportiva, la Dirección General de Deportes fijará la fecha de comienzo y finalización de la competición, a la que habrán de ajustarse todos los participantes en el ámbito municipal, interlocal, intermunicipal o regional.

1.1.7. Se ofrecerá a todos los Ayuntamientos de la Región de Murcia la adjudicación de las distintas sedes de la Fase Final y Jornadas del Campeonato de Promoción Deportiva de la Región de Murcia, en la que se establecerán los deportes implicados, el número de participantes por equipo, así como fechas y logística organizativa.

1.2. Campeonato de Rendimiento Deportivo de la Región de Murcia, en las categorías que determine cada Federación Deportiva.

1.2.1. En aplicación del art. 17 de la Ley 8/2015 de la Actividad Física y el Deporte de la Región de Murcia todas las competiciones oficiales que desarrollen las federaciones deportivas de la Región de Murcia en las categorías hasta 22 años, quedan integradas en el Campeonato de Rendimiento Deportivo de la Región de Murcia, con sujeción a las normas técnicas, reglamentarias y organizativas que cada federación establezca y la Dirección General de Deportes determine.

1.2.2. Los centros docentes que quieran participar en el Campeonato de Rendimiento Deportivo de la Región de Murcia podrán adscribirse como tales a la Federación Deportiva Autonómica correspondiente, tramitando la licencia federativa igual que cualquier club deportivo, sobre la base de lo que determina el art. 75 de la Ley 8/2015 de la Actividad Física y el Deporte de la Región de Murcia.

1.3. Campeonato de Deporte Adaptado en Edad Escolar de la Región de Murcia, para discapacitados físicos, psíquicos y sensoriales en las categorías que determinen las federaciones deportivas correspondientes.

1.3.1. Estará elaborado de común acuerdo entre las federaciones deportivas para Discapacitados Físicos, Psíquicos y Sensoriales de la Región de Murcia. Las reglas técnicas y bases de participación se aprobarán por Resolución de la Dirección General de Deportes.

1.3.2. Podrán participar indistintamente centros docentes, centros de educación especial, clubes deportivos y asociaciones.


2. Campañas de promoción deportiva:

2.1. Campañas de Promoción, Rendimiento Deportivo y Deporte Adaptado en Edad Escolar promovidas por los Ayuntamientos o federaciones deportivas de la Región de Murcia, a través de escuelas deportivas.

Está dirigida a los Ayuntamientos y federaciones deportivas que desarrollen campañas de promoción, rendimiento deportivo y deporte adaptado en edad escolar, a través de escuelas deportivas. Estas entidades, podrán solicitar su inclusión en el programa a la Dirección General de Deportes.

2.1.1. Normativa general y de competición.

La normativa general de estas actividades deportivas municipales y federadas, así como los sistemas de competición, arbitrajes, etc., serán establecidos por los respectivos comités Locales y federaciones deportivas, desarrollándose las competiciones de acuerdo con los reglamentos técnicos de cada deporte.

2.1.2. Participantes.

En estas competiciones pueden participar los escolares a través de escuelas deportivas.

2.1.3. Especialidades deportivas programadas.

Los Ayuntamientos y federaciones deportivas interesadas tendrán que solicitar a la Dirección General de Deportes la autorización previa de las actividades que deseen realizar, que estarán abiertas a todas las modalidades deportivas.

2.1.4. Inscripciones.

Una vez autorizadas las actividades a realizar, deberá procederse a la inscripción de los participantes.

2.2. Simposios y Jornadas Deportivas Singulares, promovidas por Ayuntamientos, grupos de municipios o la propia Dirección General de Deportes.

A lo largo del curso escolar y a iniciativa de los Ayuntamientos, Grupos de Municipios o la Dirección General de Deportes se programarán, en función de la disponibilidad presupuestaria o de las propuestas de colaboración o patrocinio, Simposios o Jornadas Deportivas Singulares en las que, de forma monográfica, se convocarán actividades de libre participación con deportistas en edad escolar.

Los escolares integrantes de estas actividades, una vez aprobadas por la Dirección General de Deportes, deberán proceder a su inscripción en el Programa "Actividad Física y Deporte en Edad Escolar".

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