Mazarrón - Administración local (BORM nº 2023-165)
Resumen autogenerado por OpenAI
Audios generados (reproducción automática)
Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.
IV. Administración Local
Mazarrón
4466 | Nombramiento de los miembros de la Junta de Gobierno Local, los asuntos que corresponderán a ésta y la periodicidad de las sesiones ordinarias. |
De conformidad con lo dispuesto en los art. 23 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y el art. 52 del Reglamento, Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (RD 2568/1986 de 28 de noviembre), por la presente:
Visto el expediente
La Alcaldía, resuelve:
Primero.- Nombrar miembros de la Junta de Gobierno Local a los siguientes Concejales de este Ayuntamiento, por el orden que se detalla:
1.º- D. Gaspar Miras Lorente.
2.º- Dña. Silvia García Zamora.
3.º- Dña. María del Carmen Navarro Paredes.
4.º- D. Jorge Durán González.
5.º- D. Andrés Aznar Méndez.
6.º- Dña. Ana Ruiz Menchón.
Segundo.- Corresponderá a la Junta de Gobierno Local:
1.- La asistencia al Sr. Alcalde-Presidente en el ejercicio de sus atribuciones.
2.- Las atribuidas a esta Alcaldía, excepto:
a) Las enumeradas en el aparado 3 del art. 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril de Bases del Régimen Local.
- Convocar y presidir las sesiones del Pleno y de la Junta de Gobierno Local.
- Decidir los empates con el voto de calidad.
- La concertación de Operaciones de Crédito.
- La Jefatura Superior de todo el personal.
- La separación del servicio de los funcionarios y el despido del personal laboral.
b) Los enunciados en el apartado a), e), k), l) y m) del apartado 1 de dicho artículo, y art. 71 de la propia Ley 7/1985.
c) Las competencias relativas a la gestión, liquidación, inspección y recaudación de tributos locales y precios locales.
d) La resolución de procedimientos de comercio de verificación de declaraciones responsables y de declaraciones responsables previas.
e) La resolución de los expedientes de vados permanentes.
f) Las delegadas en el concejal de urbanismo:
- Realizar las gestiones oportunas y resolver las devoluciones de fianza por reposición de obras de urbanización y por gestión de residuos, así como las autorizaciones por ocupación de la vía pública.
- Realizar las gestiones oportunas y resolver los expedientes de disciplina urbanística.
g) Las delegadas en la concejala de política social:
- Realizar las gestiones oportunas y dictar resoluciones en relación con las solicitudes del servicio de ayuda a domicilio.
- Realizar las gestiones oportunas y dictar resoluciones en relación con las solicitudes del servicio de teleasistencia.
- Realizar las gestiones oportunas y dictar resoluciones en relación con las solicitudes del tarjetas de estacionamiento.
- Realizar las gestiones oportunas y dictar resoluciones en relación con las solicitudes de ayudas sociales..
h) Las delegadas en la concejala de sanidad:
- Realizar las gestiones oportunas y dictar resoluciones por las que se aprueben asuntos relacionados con unidades de enterramiento en los cementerios municipales.
i) Las delegadas en la concejala de hacienda:
- Realizar las gestiones y dictar resoluciones en relación con las solicitudes de aplicación de tarifa reducida y cuota cero por el servicio de recogida domiciliaria de basuras y tarifa reducida por suministro de agua potable y servicio de alcantarillado.
(En las resoluciones que el concejal/a dicte por delegación se hará constar esta circunstancia).
3.- Se delega expresamente en la Junta de Gobierno Local las siguientes atribuciones:
Las enumeradas en el apartado j) del número 1 del art. 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril (las aprobaciones de los instrumentos de Planeamiento de desarrollo del Planeamiento General no expresamente atribuidas al Pleno, así como la de los instrumentos de gestión urbanística y de los proyectos de urbanización).
Tercero.- Al amparo de lo establecido en el artículo 21 de la Ley 7/1985 y 41 del RD 2568/1986, a partir del día de la fecha las sesiones ordinarias de las Junta de Gobierno Local, se celebrarán todos los viernes.
Cuarto.- Dése cuenta de esta Resolución al Pleno de la Corporación en la primera sesión que celebre, a los efectos de su conocimiento, a los interesados designados y publíquese en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de la firma de esta Resolución".
Mazarrón, 21 de junio de 2023. El Alcalde-Presidente, Ginés Campillo Méndez.