Yecla - Administración local (BORM nº 2023-164)
IV. Administración Local
Yecla
4439 | Notificación colectiva y anuncio del período de cobranza del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana del ejercicio 2023. |
Por medio de la presente, se pone en conocimiento de los obligados al pago que, por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 27 de junio de 2023, ha sido aprobado el padrón fiscal del impuesto municipal sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana del ejercicio 2023.
Dicho Padrón permanecerá expuesto al público en el departamento de Gestión Tributaria de este Ayuntamiento por plazo de un mes, a partir del día siguiente al de publicación del presente anuncio en el B.O.R.M., donde podrá ser examinado por las personas interesadas.
Contra la inclusión en dicho padrón o contra las cuotas que en él aparecen, puede interponerse Recurso de Reposición, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a la finalización del período de exposición pública, previo al Contencioso-Administrativo a que se refiere el artículo 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, con relación al artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
ANUNCIO DE COBRANZA
Los recibos se encontrarán al cobro en período voluntario durante los días hábiles comprendidos entre el 30 de junio y el 15 de diciembre de 2023, ambos incluidos, pudiendo hacerse efectivos en los siguientes lugares:
- Cualquier oficina de las Entidades Colaboradoras en la Recaudación Municipal: Santander, BBVA, CaixaBank, Banco Sabadell, Caja Rural Central, Global Caja, Ibercaja.
- En la Oficina de Recaudación Municipal
- A través de la Oficina Virtual en la página web del Ayuntamiento.
- En las oficinas de Correos
Los recibos domiciliados que se acojan al sistema especial de pago fraccionado se enviarán al cobro a las entidades financieras en las siguientes fechas:
- El primer plazo: el 27 de julio de 2023
- El segundo plazo: el 27 de noviembre de 2023
Transcurrido el período voluntario, los recibos impagados serán exigidos por el procedimiento de apremio y devengarán los recargos del período ejecutivo, los intereses de demora y en su caso, las costas que se produzcan, de conformidad con lo establecido en los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Lo que se hace público para general conocimiento, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.
Yecla, 6 de julio de 2023. La Alcaldesa, M.ª Remedios Lajara Domínguez.
NPE: A-180723-4439