San javier - Administración local (BORM nº 2023-164)
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IV. Administración Local
San Javier
4438 | Anuncio sobre retribuciones, dedicaciones y asistencias de los miembros de la Corporación. |
Don José Miguel Luengo Gallego, Alcalde-Presidente del excelentísimo Ayuntamiento de San Javier, hace saber:
Que el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el 28 de junio de 2023, adoptó los siguientes acuerdos relativos a las retribuciones de cargos con dedicación exclusiva y parcial y régimen de dedicación de estos últimos, e indemnizaciones por asistencias:
Acuerdos:
Primero.- Asignar dedicación exclusiva y retribuciones a los siguientes cargos de la Corporación:
· Alcaldía-Presidencia, con unas retribuciones brutas anuales de 52.000 euros.
· Concejalía delegada de Urbanismo, Medio Ambiente, Patrimonio, Personal, Régimen Interior y Parque Móvil, con unas retribuciones brutas anuales de 42.000 euros.
· Concejalía delegada de Policía Local, Sanciones, Mercados y Festejos, con unas retribuciones brutas anuales de 42.000 euros.
Segundo.- Asignar dedicación parcial al 90 por ciento y retribuciones brutas anuales de 38.000 euros a los siguientes cargos de la Corporación:
· Concejalía delegada de Infraestructuras y Servicios Públicos Municipales, Parques y Jardines, Prevención de Riesgos Laborales y Pedanías.
· Concejalía delegada de Hacienda, Transporte, Estadística, Agencia de Desarrollo Local, Empleo, Proyectos Estratégicos, así como la gestión de todos los asuntos relacionados con la iniciativa "San Javier, Ciudad del Aire".
· Concejalía delegada de Turismo y Playas, Comunicación Corporativa, Participación Ciudadana y Nuevas Tecnologías,
· Concejalía delegada de Deportes, Agricultura, Emergencias, Protección Civil y Extinción de Incendios.
Tercero.- Asignar dedicación parcial al 80 por ciento y retribuciones brutas anuales de 34.000 euros a los siguientes cargos de la Corporación:
· Concejalía delegada de Contratación, Voluntariado, Derechos Sociales y Familia.
· Concejalía delegada de Cultura, Museos, Archivo Municipal, Bibliotecas, Artesanía y Centros Culturales. Director del Festival de Teatro, Música y Danza y del Festival Internacional de Jazz.
· Concejalía delegada de Juventud, Comercio y Consumo.
Cuarto.- Las retribuciones brutas anuales establecidas se percibirán en catorce pagas de igual cuantía, una por cada mensualidad y las dos restantes en los meses de junio y diciembre.
Quinto.- Las retribuciones fijadas se verán aumentadas cada año en el mismo porcentaje que establezca la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el incremento de las retribuciones de los funcionarios y empleados públicos de las Administraciones Públicas.
Sexto.- Solicitar ante la Tesorería Territorial General de la Seguridad Social las altas de los concejales que desempeñen sus cargos con dedicación exclusiva y parcial, asumiendo el Ayuntamiento las obligaciones que las normas del régimen general de la Seguridad Social imponen a las empresas en relación con los trabajadores a su servicio.
Séptimo.- Establecer el siguiente régimen de indemnizaciones y asistencias a los órganos colegiados:
· Por asistencia efectiva a las sesiones ordinarias de la Junta de Gobierno Local: 400 euros, quedando excluidos los que tengan el régimen de dedicación exclusiva o parcial.
· Por asistencia efectiva a las sesiones ordinarias del Pleno de la Corporación: 600 euros, quedando excluidos los que tengan el régimen de dedicación exclusiva o parcial.
· No se tendrá derecho a indemnizaciones por asistencia a las sesiones de las Comisiones Informativas ni a las sesiones extraordinarias del Pleno de la Corporación y de la Junta de Gobierno local.
Octavo.- La eficacia del presente acuerdo se producirá, por lo que respecta al régimen de dedicaciones exclusivas y parciales y retribuciones de los Concejales, desde el día siguiente al de su aprobación por el Ayuntamiento Pleno; y por lo que respecta al régimen de indemnizaciones y asistencias, surtirá efectos retroactivos desde el día 17 de junio de 2023, fecha de constitución de la actual Corporación.
Noveno.- Publicar íntegramente el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.
Lo cual se publica en cumplimiento de lo establecido en el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local.
En San Javier, 3 de julio de 2023. El Alcalde, José Miguel Luengo Gallego.