Consejería de empresa, economía social y autónomos - Otras disposiciones (BORM nº 2023-161)
I. Comunidad Autónoma
3. Otras disposiciones
Consejería de Empresa, Economía Social y Autónomos
4353 | Resolución de la Dirección General de Autónomos, Trabajo y Economía Social, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación del acuerdo de tabla salarial del convenio colectivo del sector Recolectores de Cítricos. |
Visto el expediente de convenio colectivo de trabajo y de conformidad con lo establecido en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
Resuelvo:
Primero.- Ordenar la inscripción en el correspondiente registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, de Tabla Salarial para el año 2023, con número de expediente 30/01/0263/2023; denominado RECOLECTORES DE CÍTRICOS; código de convenio n.º 30001665011992; ámbito Sector; suscrito con fecha 08/06/2023 por la comisión negociadora.
Segundo.- Notificar la presente resolución a la comisión negociadora del acuerdo.
Tercero.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
Murcia, 30 de junio de 2023. El Director General de Autónomos, Trabajo y Economía Social, Antonio Pasqual del Riquelme Herrero.
COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO
DE RECOLECTORES DE CÍTRICOS DE LA REGION DE MURCIA
En Murcia, a 8 de junio de 2023.
COMISIÓN NEGOCIADORA:
ASOCIACION DE EMPRESARIOS HORTOFRUTICOLAS
JOSE ANTONIO GARCIA FERNANDEZ
JUAN ANTONIO GÁLVEZ PEÑALVER
POR LA PARTE SOCIAL:
REDES: JOSE ANTONIO MONTESINOS GARCIA
CC.OO: JOSE IBARRA BASTIDA
UGT: RAMON HINAREJOS MONTIEL
Manifiestan:
Los componentes de esta Comisión, se reúnen tras alcanzar un acuerdo relativo a la adecuación de las tablas salariales en los términos que se recogen a continuación.
Acuerdan:
Primero.- Se procede a la firma de las tablas salariales, que se incorporan como anexo a este acuerdo y entraran en vigor con fecha 1 de enero de 2023.
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NPE: A-140723-4353