Consejería de empresa, economía social y autónomos - instituto de fomento de la región de murcia - Otras disposiciones (BORM nº 2023-158)
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I. Comunidad Autónoma
3. Otras disposiciones
Consejería de Empresa, Economía Social y Autónomos
Instituto de Fomento de la Región de Murcia
4279 | Extracto de la Resolución de 3 de julio de 2023, de la Presidenta del Instituto de Fomento de la Región de Murcia, de la tercera convocatoria para 2023 de ayudas para la dotación y rehabilitación de parques empresariales. |
BDNS (Identif.): 706934
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/706934).
Primero. Beneficiarios:
Las Administraciones Locales, empresas públicas o promotores privados que actúen en el ámbito de parques y/o polígonos promovidos y/o gestionados por ellos. Las Entidades Urbanísticas de Conservación y Mantenimiento (en adelante EUCYM), así como, las Asociaciones de Empresarios, y las Comunidades de Propietarios de parques y/o polígonos, que ante la inexistencia de EUCYM, actúan total o parcialmente como Entidades Gestoras de los mismos.
Segundo. Objeto:
Es objeto de esta convocatoria, con arreglo al régimen de concurrencia competitiva previsto en el capítulo I, del título I de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, la realización de inversiones que impulsen la mejora funcional y/ o dotación de equipamientos para el desarrollo adecuado de las actividades empresariales en los Parques Empresariales e Industriales de la Región de Murcia, referentes a:
a) Actuaciones de Rehabilitación de la Urbanización, dirigidas a la mejora y/o adecuación, en PARQUES ya existentes.
b) Ejecución de Nuevos Equipamientos destinados a prestar Servicios Adicionales de Valor Añadido de uso común o compartido para a las empresas del PARQUE.
Tercero. Costes elegibles:
Obras, suministros, proyectos técnicos o dirección facultativa de las obras asociadas, que sean necesarios para la ejecución del proyecto aprobado. El proyecto deberá tener una inversión elegible mínima de 30.000 euros y una inversión elegible máxima de 200.000 euros, sin perjuicio del importe de los gastos e inversiones realizadas por el beneficiario.
Cuarto. Bases reguladoras:
Orden de 20/12/2021 de la Consejería de Empresa, Empleo, Universidades y Portavocía, por la que se aprueban las bases reguladoras del programa de ayuda para la dotación y rehabilitación de parques empresariales, publicada en el BORM n.º 295, de 23 de diciembre de 2021, modificada por orden de 23/11/2022, BORM n.º 283, de 9 de diciembre de 2022.
Quinto. Financiación:
El crédito disponible máximo para esta convocatoria es de ochocientos mil euros (800.000 €), con cargo a la partida presupuestaria 1609.791B.73105 Apoyo a Áreas Industriales. Este crédito será financiado al 100% con cargo a los Presupuestos del Instituto de Fomento de la anualidad 2023
Sexto. Cuantía e intensidad de la subvención:
Subvención a fondo perdido con una intensidad del 50% sobre los costes elegibles, y un importe máximo por beneficiario de 100.000 €.
Séptimo. Plazo de presentación de solicitudes:
La solicitud de subvención se encuentra disponible en los modelos normalizados que se facilitan en la dirección: de la sede electrónica del INFO https://sede.institutofomentomurcia.es y podrá presentarse desde las 9:00 horas del día siguiente de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia hasta transcurrido tres (3) meses desde dicha publicación.
Murcia, 3 de julio de 2023. La Presidenta, María del Valle Miguélez Santiago.