Bullas - Administración local (BORM nº 2023-137)
IV. Administración Local
Bullas
3763 | Aprobación definitiva de modificación del Presupuesto n.º 8/2023, mediante transferencia de crédito. |
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de aprobación inicial de este Ayuntamiento, adoptado en fecha 28 de abril de 2023, sobre modificación del presupuesto n.º 8/2023, mediante transferencia de crédito de distinto área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, como sigue a continuación:
Altas en Aplicaciones de Gastos
Aplicación | Descripción | Importe | |
Progr. | Económica | ||
231 | 22699 | Otros gastos diversos Servicios Sociales | 9.000,00 |
171 | 62500 | Adquisición mobiliario jardines | 7.400,00 |
342 | 60901 | Equipamientos deportivos | 12.000,00 |
TOTAL | 28.400,00 |
2. º FINANCIACIÓN
Esta modificación se financia con cargo a una transferencia de crédito en los siguientes términos:
Bajas en Aplicaciones de Gastos
Aplicación | Descripción | Importe | |
Progr. | Económica | ||
924 | 60900 | Inversiones en infraestructuras | 28.400,00 |
TOTAL | 28.400,00 |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Bullas, 6 de junio de 2023. La Alcaldesa, María Dolores Muñoz Valverde.
NPE: A-160623-3763