Bullas - Administración local (BORM nº 2023-137)
IV. Administración Local
Bullas
3762 | Aprobación definitiva de modificación del Presupuesto n.º 9/2023, mediante crédito extraordinario. |
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de aprobación inicial de este Ayuntamiento, adoptado en fecha 28 de abril de 2023, sobre modificación del presupuesto nº 9/2023, mediante crédito extraordinario, como sigue a continuación:
Altas en Aplicaciones de Gastos
Aplicación | Descripción | Importe | |
Progr. | Económica | ||
342 | 62301 | Mejora luminarias y ahorro energético en instalaciones deportivas | 4.000,00 |
928 | 22003 | Adquisición de redes para porterías en pista cubierta de la Copa | 1.600,00 |
928 | 2269902 | Grafiti en la pared de pista cubierta de la Copa | 1.500,00 |
928 | 60902 | Escultura en honor de las lavanderas | 1.500,00 |
928 | 60901 | Mobiliario urbano para el entorno del Llano de la Fuente | 1.500,00 |
TOTAL | 10.100,00 |
2.º FINANCIACIÓN
Esta modificación se financia con cargo a anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones, en los siguientes términos:
Bajas o Anulaciones en Concepto de Gastos
Aplicación | Descripción | Importe | |
Progr. | Económica | ||
924 | 60900 | Inversiones en infraestructuras | 10.100,00 |
TOTAL | 10.100,00 |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Bullas, 6 de junio de 2023. La Alcaldesa, María Dolores Muñoz Valverde.
NPE: A-160623-3762