Consejería de presidencia, turismo, cultura, juventud, deportes y portavocía - instituto de las industrias culturales y las artes de la región de murcia - Otras disposiciones (BORM nº 2023-117)

I. Comunidad Autónoma

3. Otras disposiciones

Consejería de Presidencia, Turismo, Cultura, Juventud, Deportes y Portavocía

Instituto de las Industrias Culturales y las Artes de la Región de Murcia

3183 Extracto de la Resolución de la Dirección General del Instituto de las Industrias Culturales y las Artes por la que se convoca la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, de Plan Escena Nacional e Internacional, en su edición 2023.

BDNS (Identif.): 696098

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/696098)

Primero.- Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones los profesionales de las artes escénicas y la música (música, teatro, teatro de calle, danza y circo).

Segundo.- Objeto

Es objeto de la presente convocatoria desarrollar Plan Escena Nacional e Internacional 2023 para colaborar económicamente con los beneficiarios cubriendo parte de los gastos que, en concepto de desplazamiento, manutención y alojamiento, tienen éstos cuando realizan giras de espectáculos fuera de la Región, ya sea en el ámbito nacional o internacional. Se podrá solicitar ayuda económica para espectáculos programados durante todo el ejercicio 2023.

Tercero.- Régimen Jurídico

La concesión de las ayudas económicas se regirá por lo previsto en la presente Resolución y, en lo no previsto en la misma, por la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, así como por la Orden de 27 de mayo de 2016, de la Consejería de Cultura y Portavocía, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones en materia de promoción cultural cuya convocatoria y concesión corresponde al Instituto de las Industrias Culturales y las Artes de la Región de Murcia (publicada en el BORM n.º 126 de 1 de junio de 2016 y modificada por la Orden de 7 de octubre de 2019 publicada en el BORM n.º 247 de 25 de octubre de 2019).

Cuarto.- Crédito presupuestario.

Las subvenciones reguladas en la presente Resolución se concederán con cargo al crédito consignado en el presupuesto del ICA para el ejercicio 2023, y tendrán una dotación máxima estimada de ciento setenta y cinco mil euros (175.000,00 €) dividido en dos líneas para su distribución:

Cien mil euros (100.000,00 €) se destinarán a las giras de profesionales de las artes escénicas,

Setenta y cinco mil euros (75.000,00 €) se destinarán a las giras de profesionales de la música.

La efectividad de tales cuantías queda condicionada a la disponibilidad real del crédito adecuado y suficiente en los respectivos presupuestos del ICA.

La cuantía máxima que un mismo profesional podrá percibir en base a esta convocatoria no podrá superar el 15% del crédito presupuestario previsto en el artículo 5 en el caso de las artes escénicas y un 20% en el caso de la música. No se podrá presentar un presupuesto que supere dicho porcentaje. En el supuesto de solicitud o solicitudes de un mismo interesado que alcancen o superen este límite, a efectos del cálculo del reparto proporcional, será tenido en cuenta dicho límite como cuantía solicitada por el beneficiario.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

1.- El plazo de presentación de solicitudes, acompañadas de la documentación exigida, será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM).

2.- Toda la información requerida se encuentra disponible en el procedimiento "1409 Plan Escena Nacional e Internacional" de la sede electrónica sede.carm.es desde el que también se podrá acceder al indicado formulario de solicitud y a los anexos correspondientes.

A través de este procedimiento deberá remitirse cualquier documentación relativa a esta subvención.

Sexto.- Otros datos.

1.- Las subvenciones concedidas en base a la presente Resolución se harán efectivas en dos pagos:

75% se pagará una vez transcurrido el plazo establecido en el artículo 9 apartado e (consultar el texto completo de esta convocatoria), como financiación anticipada necesaria para la ejecución de la actividad.

25% en el plazo máximo de tres meses, tras la finalización y justificación de la actividad.

El periodo de ejecución de las actividades subvencionadas comprenderá todo el ejercicio 2023.

2.- Las ayudas objeto de la presente Resolución están sometidas a la norma «de minimis» establecida en el Reglamento (UE) n.º 1407/2013, de la Comisión Europea, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis. De acuerdo con dicha norma, el importe total concedido a un beneficiario concreto no podrá superar la cantidad de doscientos mil euros (200.000,00 €) a lo largo de un periodo de tres años.

3.- El texto completo de esta convocatoria podrá consultarse también en la Web del ICA (www.icarm.es), en el apartado Convocatorias.

Murcia, 16 de mayo de 2023. El Director General del Instituto de las Industrias Culturales y las Artes de la Región de Murcia, Manuel Cebrián López.

NPE: A-230523-3183


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