Consejería de empresa, economía social y autónomos - instituto de fomento de la región de murcia - Otras disposiciones (BORM 2023-97)
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I. Comunidad Autónoma
3. Otras disposiciones
Consejería de Empresa, Economía Social y Autónomos
Instituto de Fomento de la Región de Murcia
2620 | Convenio específico para el año 2023 en materia de promoción exterior, entre: Instituto de Fomento de la Región de Murcia, dependiente de la Consejería de Empresa, Economía Social y Autónomos. Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Cartagena. |
Reunidos
De una parte, la Sra. D.ª María del Valle Miguélez Santiago, Consejera de Empresa, Economía Social y Autónomos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y actuando en su calidad de Presidenta del Instituto de Fomento de la Región de Murcia.
El Sr. D. Miguel Agustín Martínez Bernal, Presidente de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Cartagena.
Intervienen
Todos ellos en el ejercicio de sus respectivos cargos, reconociéndose capacidad y legitimación suficiente para la suscripción del presente Convenio específico y a tal efecto,
Manifiestan
Primero
Que el Instituto de Fomento de la Región de Murcia, en adelante "INFO" y la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Cartagena, en adelante "la Cámara", mantienen una colaboración estable para la planificación, coordinación, organización y gestión de las actuaciones que se instrumenten en virtud de los programas de actuación de ambas instituciones en materia de Comercio Exterior.
Segundo
Por ello las partes, llevan a cabo el presente Convenio Específico, que no cuenta con financiación del FEDER, que contempla el programa de actuaciones previsto para el año 2023, que se desarrollará y ejecutará, en los términos expresados en las siguientes
Cláusulas
1. Objetivos
El objeto del presente Convenio es el establecimiento de un marco específico de colaboración y cooperación entre el INFO y la Cámara para que, a través de la correspondiente encomienda de gestión, y con sujeción a lo dispuesto por el art. 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la Cámara ejecute parcialmente, y en colaboración con el INFO, el Plan de Promoción Exterior de la Región de Murcia durante la anualidad de 2023, comprensivo de las actuaciones que en materia de promoción del comercio exterior le corresponden al INFO.
2. Áreas de actuación.
La Cámara, llevará a cabo durante la anualidad de 2023, por áreas de actuación, las actividades que, en materia de Comercio Exterior, se contemplan en el plan de actuaciones previsto en el ANEXO-1, así como otras, encomendadas por el INFO, que se acuerden por las partes, que incidan en el desarrollo y apoyo a la globalización de la economía regional de Murcia
3. Presupuesto
El presupuesto establecido para la completa ejecución y realización de las actividades programadas en las diferentes áreas de actuación -independientemente de otras aportaciones, dinerarias o en especie, posteriores a la firma del presente convenio - es el que se desglosa en el presupuesto que por partidas se adjunta a este convenio como ANEXO- 1. Dicho presupuesto tiene un carácter de previsión y podría verse modificado en función de la revisión de las acciones programadas, de nuevos ingresos que se produjeran o por cualquier otra causa sobrevenida que lo justifique durante la vigencia del mismo, permitiéndose el traspaso de cantidades de unas partidas a otras, siempre que haya razones que lo justifiquen adecuadamente.
4. Financiación
La financiación de las actividades señaladas en el ANEXO-1 se efectuará por el INFO, que aportará la cantidad de hasta 75.000 (setenta y cinco mil euros), con cargo a la partida presupuestaria 2023.1605.751A.74101, de los cuáles se transferirán a la Cámara las cuantías correspondientes a las actuaciones que se ejecuten, de acuerdo con lo establecido en el Anexo I.
Por su parte la Cámara de Comercio se obliga a:
- La ejecución material de las actividades previstas en el ANEXO I que le encargue el INFO
- El apoyo de sus respectivos directivos en las tareas específicas relacionadas con el Convenio, así como el de sus correspondientes departamentos de Comercio Exterior.
- La disponibilidad del personal necesario para la realización de las actividades encomendadas por el INFO.
- La colaboración en la difusión de las actividades encomendadas en el Convenio y su puesta en marcha.
- Poner a disposición cuantos medios materiales sean precisos para la adecuada ejecución del Convenio.
- La disposición de sus locales y salones para las actividades propias del Convenio.
- La prestación de apoyo a todas aquellas actividades que se pacten para el buen fin del Convenio.
- A realizar las tareas de encargado del tratamiento de datos de carácter personal a los que pudiera tener acceso en ejecución de la encomienda de gestión, siéndole de aplicación lo dispuesto en la normativa de protección de datos de carácter personal.
Los ingresos dimanantes de la prestación de servicios remunerados a las empresas, así como todos aquellos generados por las diferentes actividades del Convenio, se destinarán a incrementar o financiar el mismo, en la forma y manera que establezca el INFO, y acepte la Cámara.
En el caso de que no procediera la continuidad de la ejecución del Convenio, las cantidades transferidas no comprometidas y no ejecutadas se retornarán al INFO.
La Comisión de Seguimiento, en el ejercicio de las funciones establecidas en la cláusula 13 del Convenio, a instancia del INFO, podrá acordar la supresión de alguna de las partidas o acciones establecidas en el presupuesto para el año 2023, acordándose, en tal caso, que la reducción presupuestaria consecuencia de dicha supresión se detraiga de forma inmediata de las cantidades a abonar por parte del INFO.
5. Libramiento de los Fondos
La aportación económica del INFO a la Cámara, se concretará en función de los presupuestos aprobados y reflejados en este Convenio para la anualidad 2023, efectuándose desembolsos parciales correspondientes a esta aportación del INFO a la Cámara, en función de la ejecución del Plan y de la disponibilidad de tesorería del INFO. Se procurará que los desembolsos y anticipos parciales garanticen la viabilidad financiera y operativa del Plan aprobado.
Una vez que se proceda al cierre del convenio, si no se hubiere ejecutado el presupuesto que corresponda a la Cámara al 100% o no se aplicará a ejercicios posteriores, y fuera el saldo resultante favorable al Instituto, la Cámara deberá reintegrar dicho saldo a éste.
6. Gestión material y económica
La Comisión de Seguimiento de este Convenio se reunirá preferentemente cada tres meses, durante el mes que da inicio al trimestre, con el fin de aprobar las actividades y actuaciones al amparo de este Convenio que se realizarán en dicho trimestre, encomendadas por el INFO.
No obstante, lo anterior, las actividades y actuaciones al amparo de este Convenio se realizarán a instancias del INFO aunque, en cualquier caso, para su ejecución se precisará la autorización previa y expresa del INFO. Dichas aprobaciones de actuaciones tendrán su reflejo presupuestario y podrán alterar, en su caso, la programación inicial prevista en el ANEXO-1.
La Cámara será responsable de la gestión económica del convenio frente a terceros, con arreglo al régimen jurídico aplicable a ella, tanto en su orden interno como externo, debiendo responsabilizarse de la justificación y acreditación contable, material y fiscalizadora, que por el origen y naturaleza de los fondos pudiera exigírsele por el INFO u cualquier otro organismo público.
Para poder contabilizar y disponer contablemente de información detallada sobre las acciones realizadas en materia de Comercio Exterior y Promoción Comercial, la Cámara se comprometerá a una contabilidad separada, que estará a disposición del INFO para la realización de las actividades de control que le competan, pudiendo éste consultar y obtener cualquier documento o información correspondiente a este Convenio, estando la Cámara obligada a facilitar dichos documentos y datos.
Por último, con carácter trimestral, la Cámara enviará al INFO un estado de cuentas que contenga:
- Liquidación de gastos e ingresos realizados
- Situación de liquidez del Plan de este Convenio.
- Estado de las provisiones de fondos transferidos a la Cámara
- Estado de anticipos
7. Control de las aportaciones
El INFO establecerá el sistema de control de sus aportaciones mediante el método o sistema que considere más eficaz y en todo caso con sujeción a la legislación correspondiente, facilitando la Cámara la información que le solicite en relación con todas las actuaciones dimanantes de las actividades objeto del presente convenio, cuya gestión económica se ejecute por ella.
Sobre la base del sistema contable al que se refiere el párrafo 4 de la cláusula 6, la Cámara enviará al INFO la siguiente documentación para su supervisión por parte del personal de este:
- Liquidación de Ingresos y Gastos, pudiendo incluirse como gastos los costes directamente relacionados con las actividades encomendadas y un máximo del 15% de los costes directos de personal justificados como costes indirectos
- Certificación del Secretario de la Cámara de Comercio de Ejecución de gastos del ejercicio
- Informes-memoria de actividades realizadas durante la anualidad 2023 con cargo al Convenio.
- En su caso, informe sobre ingresos o excedentes del Plan que, en su caso, sean susceptibles de traslado a un ejercicio posterior
- Informe especial de auditoría sobre la liquidación de Ingresos y gastos una vez que se ha producido el cierre del ejercicio contable, tal y como se especifica en el siguiente apartado.
- Facturas y otros justificantes de gasto, debidamente clasificados, de la totalidad de gastos e ingresos derivados de la ejecución del Plan anual, de conformidad con el ANEXO-1. En el caso de actividades de formación se aceptarán recibos siempre que el emisor presente certificado de no estar dado de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) emitido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
En todo caso, la documentación deberá presentarse al INFO antes de los cuatro primeros meses del ejercicio siguiente al que se refiere este Convenio.
8. Auditoría
El INFO, por sí mismo o por medio de una empresa auditora independiente, auditará, o solicitará a la Cámara una auditoría de las cuentas derivadas de la ejecución del presente acuerdo, a cuyo efecto la Cámara facilitará el acceso a todos los libros y documentos precisos, a quién se encargue de realizar dicha auditoría, previa comunicación del INFO.
9. Uso de la marca y difusión
La Cámara se compromete, en su calidad de encomendada de las diferentes actividades y programas, a indicar en la difusión de las mismas, los logotipos que le indique el INFO, allí donde corresponda, y a seguir las normas descritas para este particular, en su caso, en el Manual de Procedimientos.
10. Régimen Jurídico
La Cámara será la responsable de la gestión y ejecución de las actuaciones contempladas en este Convenio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 12/2015, de 30 de marzo, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de la Región de Murcia, y en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
11. Vigencia
El presente Convenio surtirá efectos desde la fecha de su firma hasta el 30 de junio de 2024, siendo el periodo de realización de las actividades desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2023. El cierre y liquidación deberá efectuarse en el plazo máximo de cuatro meses desde la finalización del ejercicio presupuestario, es decir, hasta el 30 de abril de 2024.
12. Manual de Procedimientos
La Comisión de Seguimiento podrá elaborar y proponer un Manual de Procedimiento para el desarrollo de los aspectos contemplados en este Convenio, siempre y cuando no se oponga a lo dispuesto en este último. Este Manual de Procedimiento deberá ser aprobado por la Dirección del INFO.
13. Comisión de Seguimiento
Para una mejor coordinación y gestión del Convenio, se establece la figura del Coordinador del Plan, que recaerá sobre el Jefe del Departamento de Internacionalización de INFO y cuyas principales responsabilidades serán:
- Actuar como coordinador general de cuantas actuaciones se encomienden.
- Se responsabilizará de la comunicación tanto interna como externa de las actividades y actuaciones del Convenio.
- Control presupuestario, financiero y de cumplimiento de legalidad.
- Actuará como Presidente de la Comisión de Seguimiento.
Se constituirá una Comisión de Seguimiento del presente Convenio, integrada por dos representantes del Instituto y dos representantes de la Cámara que ostentará como función primordial el seguimiento y control de la aplicación del presente Convenio y de todas aquellas actuaciones que regulen o se deriven del mismo.
La Comisión de Seguimiento tendrá las siguientes funciones:
- Elaborar y proponer al INFO las posibles áreas de colaboración, actuaciones y acciones para la implementación de actuaciones concretas a través del Convenio.
- Analizar, coordinar y dirigir las actuaciones y actividades que se ejecuten en virtud de este Convenio, elaborando con periodicidad anual un informe memoria de las actividades realizadas al amparo del mismo.
- Interpretar el presente Convenio, así como dar solución a las dudas y controversias que pudieran producirse en el desarrollo y cumplimiento del mismo.
Para el desarrollo y ejecución de las actuaciones, se designará un representante de cada una de las partes, que serán los que en su nombre controlen y den el Vº Bº a todas las operaciones de gestión económica necesarias para la materialización de las actuaciones.
La Comisión de Seguimiento se reunirá cuantas veces sea necesario, y por lo menos cuatro veces al año; será presidida por el representante del INFO en la Comisión de mayor rango. La Comisión de Seguimiento tendrá la facultad de designar un secretario de la misma que actuará con voz y sin voto.
En tanto que la propia Comisión de Seguimiento no dicte sus propias normas de funcionamiento, se estará al régimen previsto en la sección 3.ª, del capítulo II del título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Y en prueba de conformidad con lo establecido, las partes firman el presente Convenio en Murcia a 3 de abril de 2023. Por el Instituto de Fomento de la Región de Murcia, María del Valle Miguélez Santiago. Por la Cámara de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Cartagena, Miguel Agustín Martínez Bernal.
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