Murcia - Administración local (BORM 2023-96)
IV. Administración Local
Murcia
2603 | Extracto del Acuerdo de la Junta de Gobierno, de fecha 21 de abril de 2023, por el se convocan subvenciones para el fomento de la participación juvenil en el municipio de Murcia 2023/2024. |
BDNS (Identif.): 690105
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/690105)
Primero. Beneficiarios.
Asociaciones y entidades sin ánimo de lucro específicamente juveniles (constituidas por socios entre 14 y 29 años) del municipio de Murcia.
También serán beneficiarias otras entidades del movimiento asociativo juvenil que, careciendo de interés lucrativo, desarrollen programas y actividades dirigidas al fomento de la participación de la población joven y con manifiesto protagonismo juvenil en su elaboración y desarrollo y que reúnan los requisitos establecidos en la convocatoria.
Segundo. Objeto y finalidad
Promover actividades juveniles, culturales y sociales de interés general que propicien la participación de los y las jóvenes y su integración en la sociedad, estimular el funcionamiento de asociaciones y colectivos de jóvenes, así como apoyar las iniciativas culturales, sociales, formativas, de tiempo libre y de voluntariado que fomenten la participación cívica y ciudadana de la juventud.
Se concederán subvenciones en la modalidad de programas de actividades a realizar por la entidad durante el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2023 y el 30 de junio de 2024, y destinadas a la población del municipio con edades comprendidas entre los 8 y los 35 años.
Tercero. Bases reguladoras.
Ordenanza General de Subvenciones y Premios del Ayuntamiento de Murcia. (BORM_36_14/02/2023).
Cuarto. Cuantía.
El importe total de la convocatoria es de 100.000,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 2023/040/3340/48903, siendo la cuantía máxima de subvención por solicitud de 3.000,00 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Veinte días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de este extracto en el BORM.
Sexto. Otros datos.
Las solicitudes de subvención se formularán de acuerdo con lo establecido en el art. 66 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Murcia (https://sede.murcia.es/areas?idCategoria=10006).
Cada entidad podrá presentar una única solicitud, que deberá ir acompañada de un proyecto detallado del programa de actividades para el que se solicita la subvención, así como del resto de documentación requerida en la convocatoria.
El pago de la subvención concedida se efectuará por el importe total de la cuantía aprobada a partir del momento de la concesión en concepto de pago anticipado.
Murcia, 21 de abril de 2023. El Alcalde, P.D. la Jefa de Servicio de Juventud, M.ª Teresa Martín Melgarejo (Decreto Alcaldía 30/03/2021).
NPE: A-270423-2603