Consejería de fomento e infraestructuras - Otras disposiciones (BORM 2023-86)

I. Comunidad Autónoma

3. Otras disposiciones

Consejería de Fomento e Infraestructuras

2325 Resolución de la Secretaría General de la Consejería de Fomento e Infraestructuras por la que se dispone la publicación de la "Adenda al convenio de colaboración entre la Consejería de Fomento e Infraestructuras, de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y el Ayuntamiento de Librilla, para la concesión directa de una subvención para la ejecución de obras de mejora de la seguridad vial en las travesías del municipio".

Con el fin de dar publicidad "Adenda al convenio de colaboración entre la Consejería de Fomento e Infraestructuras, de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y el Ayuntamiento de Librilla, para la concesión directa de una subvención para la ejecución de obras de mejora de la seguridad vial en las travesías del municipio.", suscrito el 29 de marzo de 2023 y, teniendo en cuenta lo previsto en el Artículo 14 del Decreto 56/1996, de 24 de julio, por el que se regula el Registro General de Convenios y se dictan normas para la tramitación de éstos en el ámbito de la Administración Regional,


Resuelvo:

Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia del texto de la "Adenda al convenio de colaboración entre la Consejería de Fomento e Infraestructuras, de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y el Ayuntamiento de Librilla, para la concesión directa de una subvención para la ejecución de obras de mejora de la seguridad vial en las travesías del municipio", suscrito el 29 de marzo de 2023, que se inserta como Anexo.

En Murcia, a 29 de marzo de 2023. El Secretario General, Enrique Ujaldón Benítez.

Adenda al convenio de colaboración entre la Consejería de Fomento e Infraestructuras, de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y el Ayuntamiento de Librilla, para la concesión directa de una subvención para la ejecución de obras de mejora de la seguridad vial en las travesías del municipio

En Murcia, a 29 de marzo de 2023

Reunidos:

De una parte, el Excmo. Sr. Don José Ramón Díez de Revenga Albacete, Consejero de Fomento e Infraestructuras, nombrado por Decreto de la Presidencia n.º 38/2019, de 31 de julio, (BORM n.º 176, de 1 de agosto de 2019), y en representación de la Administración General de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, previa autorización del Consejo de Gobierno mediante Acuerdo de fecha 23 de marzo de 2023.

Y de otra parte, el Sr. D. Tomás Baño Otalora, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Librilla, expresamente autorizado para la firma de esta Adenda por Acuerdo del Pleno de fecha 23 de febrero de 2023, asistido por D. Juan Antonio Martínez Morales, Secretario-Interventor de dicha Corporación, como fedatario para la formalización de esta Adenda, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.2.i) del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el Régimen Jurídico de los funcionarios de la Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Los comparecientes, en la representación en que intervienen, se reconocen recíprocamente capacidad legal suficiente y vigencia de las facultades con las que actúan, para suscribir la presente Adenda, y a tal efecto

Exponen:

Que con fecha 14 de diciembre de 2021 se suscribe un Convenio de Colaboración que tiene por objeto la concesión directa de una subvención al Ayuntamiento de Librilla, para la ejecución de actuaciones de mejora de la seguridad vial en las travesías del municipio.

En el Convenio se otorga una subvención directa al Ayuntamiento de Librilla por importe máximo de 35.000 €, para ejecutar las mencionadas obras.

El Ayuntamiento de Librilla solicita la ampliación del plazo de ejecución de las obras y de justificación de la subvención, alegando que no ha podido finalizar hasta la fecha la redacción del proyecto de las obras subvencionadas, ni remitirlo a la Dirección General de Carreteras para su informe de acuerdo con lo exigido en la cláusula cuarta del referido Convenio, dado que no cuenta con personal en plantilla competente para la redacción de este tipo de proyectos, teniendo que proceder a la contratación de estos trabajos con profesionales externos, con la consiguiente demora en plazos de entrega.

Cabe mencionar que la ampliación del plazo pretendida no implica modificaciones de índole presupuestaria o económica.

Teniendo en cuenta que existe interés público regional y local en la ejecución de las actuaciones subvencionadas, hay acuerdo por ambas partes en la modificación del Convenio suscrito, para que el Ayuntamiento de Librilla pueda llevar a cabo actuaciones de mejora de la seguridad vial en las travesías del municipio de Librilla.

En virtud de ello, y de conformidad con lo que antecede, ambas partes de común acuerdo

Estipulan:

Primero.- Es objeto de la presente Adenda la modificación del convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de Fomento e Infraestructuras, y el Ayuntamiento de Librilla, para la concesión directa de una subvención para la ejecución de obras de mejora de la seguridad vial en las travesías del municipio.

Segundo.- El párrafo primero de la Estipulación Quinta queda redactada como sigue:

"El plazo máximo de ejecución de las obras y justificación de la subvención se extenderá hasta el 23 de noviembre de 2023".

Tercero.- El párrafo primero de la Estipulación Séptima quedaría redactado así:

"El presente convenio surtirá efecto a partir de la fecha de su firma, y tendrá vigencia hasta el 23 de noviembre de 2023".

El resto de Cláusulas establecidas en el Convenio de 14 de diciembre de 2021, continúan vigentes en los mismos términos.

Para que conste y surta efectos entre las partes, se firma la presente Adenda.

El Consejero de Fomento e Infraestructuras, José Ramón Díez de Revenga Albacete.

El Alcalde de Librilla, Tomás Baño Otalora, asistido por Juan Antonio Martínez Morales.

NPE: A-150423-2325


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