Presidencia - Disposiciones generales (BORM 2023-86)
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I. Comunidad Autónoma
1. Disposiciones Generales
Presidencia
2319 | Decreto del Presidente de la Comunidad Autónoma n.º 25/2023, de 14 de abril, de fijación de la hora de la sesión constitutiva de la Asamblea Regional Electa de Murcia. |
La Ley Orgánica 4/1982, de 9 de junio, que aprueba el Estatuto de Autonomía para la Región de Murcia, establece en su artículo 24.3 que "las elecciones serán convocadas por el Presidente de la Comunidad Autónoma en los términos previstos en la Ley que regula el Régimen Electoral General, de manera que se realicen el cuarto domingo de mayo cada cuatro años, sin perjuicio de lo que dispongan las Cortes Generales, con el fin exclusivo de coordinar el calendario de las diversas consultas electorales".
Por su parte, el artículo 17 de la Ley 2/1987, de 12 de febrero, Electoral de la Región de Murcia, establece que la convocatoria de elecciones a la Asamblea Regional se realizará mediante decreto del Presidente de la Comunidad Autónoma, que será publicado en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y en el que se fijará el día de la votación, conforme a los plazos señalados en el artículo 42 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, y la fecha de la sesión constitutiva de la Asamblea Regional, que se celebrará dentro de los treinta días siguientes al de la votación.
Con fecha 4 de abril de 2023 se publicó en el Boletín Oficial de la Región de Murcia el Decreto del Presidente de la Comunidad Autónoma n. º 24/2023, de 3 de abril, de convocatoria de elecciones a la Asamblea Regional de Murcia, que fija para su celebración el día 28 de mayo de 2023 y señala que la sesión constitutiva de la Asamblea Regional electa tendrá lugar el día 14 de junio de 2023.
De acuerdo con el artículo 7 del Reglamento de la Asamblea Regional de Murcia, el presente decreto concreta la hora en la que deberá celebrarse dicha sesión constitutiva de la Asamblea Regional electa.
Por ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 24.3 del Estatuto de Autonomía para la Región de Murcia y en los artículos 17 y 23.2 de la Ley Electoral de la Región de Murcia,
Dispongo:
Artículo 1. Hora de la sesión constitutiva de la Asamblea Regional de Murcia.
La sesión constitutiva de la Asamblea Regional electa tendrá lugar a las 11 horas del día 14 de junio de 2023.
Artículo 2. Régimen jurídico.
La sesión constitutiva de la Asamblea Regional se desarrollará conforme a lo dispuesto en el Reglamento de la Asamblea Regional de Murcia.
Disposición final. Publicación y entrada en vigor.
El presente decreto se publicará el día siguiente a su expedición en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, entrando en vigor el mismo día de su publicación.
Dado en Murcia, a 14 de abril de 2023. El Presidente de la Comunidad Autónoma, de la Región de Murcia, Fernando López Miras.