Consejería de economía, hacienda, fondos europeos y administración digital - Autoridades y personal (BORM 2023-83)
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I. Comunidad Autónoma
2. Autoridades y Personal
Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Administración Digital
2237 | Orden de 5 de abril de 2023 de la Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Administración Digital, por la que se modifica la relación de puestos de trabajo de la Administración Pública de la Región de Murcia. |
El Texto Refundido de la Ley de la Función Pública de la Región de Murcia, aprobado por Decreto Legislativo 1/2001, de 26 de enero, así como la normativa reglamentaria que la desarrolla, en especial, el Decreto 46/1990, de 28 de junio, configuran las relaciones de puestos de trabajo como el instrumento técnico a través del cual se racionaliza y ordena la Función Pública Regional, determinando sus efectivos de acuerdo con las necesidades actuales de los servicios y precisando los requisitos exigidos para el desempeño de cada puesto así como sus características, estableciéndose, asimismo, el carácter público de las mismas.
La publicación del Decreto del Presidente n.º 2/2023, de 17 de enero, de reorganización de la Administración Regional (BORM n.º 12 de 17 de enero), modificado posteriormente por el Decreto de la Presidencia n.º 20/2023, de 20 de enero (BORM n.º 15 de 20 de enero), ha establecido una nueva distribución competencial entre los Departamentos de la Administración Regional con objeto de garantizar la mayor eficiencia, agilidad y eficacia en su actuación.
Esta nueva configuración contempla la creación de las Consejerías de Transparencia, Participación y Cooperación y de Medio Ambiente, Mar Menor, Universidades e Investigación.
En consecuencia, en el BORM n.º 19, de 25 de enero, se publican, con la finalidad de facilitar el desarrollo de los cometidos y competencias que le han sido asignadas, los Decretos n.º 3/2023 y n.º 9/2023, de 23 de enero, por los que se establecen, respectivamente, los Órganos Directivos de la Consejería de Transparencia, Participación y Cooperación y de Medio Ambiente, Mar Menor, Universidades e Investigación.
Cabe por tanto, en este contexto de reestructuración, dotar a los nuevos Órganos Directivos con el número de efectivos necesarios para garantizar el correcto cumplimiento de sus atribuciones.
En este sentido, los nuevos Órganos Directivos vienen a asumir competencias sobre materias cuyos créditos están consignados en programas encuadrados en distintas secciones presupuestarias de la Ley 12/2022, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2023.
La Orden de 20 de enero de 2023 de la Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Administración Digital que adecua la estructura presupuestaria de la Ley 12/2022 a la nueva estructura de la Administración Pública Regional crea, con el fin de atribuir a las correspondientes consejerías la gestión de los créditos de los programas afectados por los cambios competenciales y de denominación producidos, por un lado, el programa presupuestario 126L "Dirección y Servicios Generales", que se adscribe a la Consejería de Transparencia, Participación y Cooperación, Servicio 06 de la Sección 18, para atender los gastos derivados del ejercicio de las funciones que se atribuyan a la Secretaría General de la Consejería de Transparencia, Participación y Cooperación y, por otro lado, el programa presupuestario 442H "Dirección y Servicios Generales", que se adscribe a la Consejería de Medio Ambiente, Mar Menor, Universidades e Investigación, Servicio 06 de la Sección 17, para atender los gastos derivados del ejercicio de las funciones que se atribuyan a la Secretaría General de la Consejería de Medio Ambiente, Mar Menor, Universidades e Investigación.
Las modificaciones contenidas en esta Orden han sido tramitadas conforme a lo establecido en el artículo 5 y siguientes del Decreto 46/1990, de 28 de junio e informadas favorablemente por la D.G. de Presupuestos y Fondos Europeos.
Por ello, en el ejercicio de la potestad de organización de la Administración Regional, el uso de las facultades conferidas en el artículo 19.5 del Texto Refundido de la Ley de la Función Pública de la Región de Murcia y de conformidad con lo establecido en la disposición final primera del citado Decreto del Presidente n.º 2/2023,
Dispongo:
Primero.- Modificar la relación de puestos de trabajo de la Administración Pública de la Región de Murcia, en los términos que figuran los Anexos I y II de esta Orden.
Segundo.- La presente Orden tendrá efectos del día siguiente a su publicación en el boletín Oficial de la Región de Murcia.
Tercero.- El personal afectado por las modificaciones establecidas en el Anexo II de la presente Orden percibirá la totalidad de sus retribuciones con cargo a los créditos existentes en los programas 126L y 442H, según el Órgano Directivo del que dependan, hasta que, en su caso, se proceda a las correspondientes modificaciones presupuestarias.
Cuarto.- Contra la presente Orden se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante el Consejero de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Administración Digital en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, o bien recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Murcia correspondiente en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación.
Murcia, 5 de abril de 2023. El Consejero de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Administración Digital, Luis Alberto Marín González.
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