Consejería de economía, hacienda, fondos europeos y administración digital - instituto de crédito y finanzas de la región de murcia - Otras disposiciones (BORM 2023-76)
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I. Comunidad Autónoma
3. Otras disposiciones
Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Administración Digital
Instituto de Crédito y Finanzas de la Región de Murcia
2052 | Extracto de la Resolución del Director General del Instituto de Crédito y Finanzas de la Región de Murcia, por la que se convoca la concesión del «Bono Ayuda a las Hipotecas». |
BDNS (Identif.): 685489
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/685489)
Primero. Beneficiarios y requisitos.
1. Podrán ser beneficiarias las personas físicas que sean titulares o cotitulares de un préstamo hipotecario que cumpla los siguientes requisitos:
a) Que se haya constituido entre el 1 de enero de 2015 y el 31 de diciembre de 2021.
b) Que esté referenciado a tipo variable o mixto (Euribor doce meses + diferencial).
c) Que esté constituido sobre la vivienda habitual y permanente del solicitante, que deberá estar ubicada en la Región de Murcia.
d) Que la cuota mensual del préstamo hipotecario haya sido revisada por la entidad de crédito en los meses de septiembre a diciembre de 2022 o enero a marzo de 2023, y haya experimentado un aumento de, al menos, un 30 por ciento con respecto a la inmediatamente anterior a la revisión.
2. Solo se permitirá el cobro de una ayuda por préstamo hipotecario.
3. Para obtener estas ayudas será requisito que la renta de la unidad familiar, calculada según se establece en la convocatoria, no supere la cantidad de treinta y un mil seiscientos cincuenta y ocho euros (31.658 €).
Segundo. Objeto.
La presente convocatoria tiene por objeto convocar el procedimiento de concesión del «Bono Ayuda a las Hipotecas», consistente en ayudas dirigidas a amortiguar el impacto del aumento de la cuota hipotecaria que afecta a familias vulnerables, con la finalidad de impedir un daño irreparable en el tejido socioeconómico de la Región de Murcia.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden de 29 de marzo de 2023 del Consejero de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Administración Digital, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión del «Bono Ayuda a las Hipotecas», publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia n.º 75, de 31 de marzo de 2023.
Cuarto. Cuantía de la ayuda.
1. La ayuda consistirá en el pago de una cantidad de trescientos euros (300 €) por una sola vez a las personas solicitantes que cumplan los requisitos establecidos en esta convocatoria.
2. El Bono Ayuda a las Hipotecas tendrá una dotación máxima estimada de ocho millones de euros (8.000.000 €).
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de las solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y finalizará el 10 de mayo de 2023.
Murcia, 31 de marzo de 2023. El Director General del Instituto de Crédito y Finanzas de la Región de Murcia, Nicolás Gonzálvez Gallego.