Consejería de salud - servicio murciano de salud - Otras disposiciones (BORM 2023-69)

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I. Comunidad Autónoma

3. Otras disposiciones
Consejería de Salud
Servicio Murciano de Salud
1816 Orden de la Consejería de Salud, por la que se renueva la acreditación del Comité de Ética de la Investigación con Medicamentos del Hospital Clínico Universitario Virgen de la Arrixaca.

Vista la solicitud de renovación de la acreditación y demás documentación presentada en relación al Comité de Ética de la Investigación con Medicamentos, así como el expediente tramitado y la propuesta favorable de la Dirección General de Planificación, Investigación, Farmacia y Atención al Ciudadano y de conformidad con los criterios específicos comunes para la acreditación, inspección y renovación de la acreditación de los CEIm.

Y, de acuerdo con lo establecido en Título III del Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de medicamentos y productos sanitarios y el Real Decreto 1090/2015, de 4 de diciembre, por el que se regulan los ensayos clínicos con medicamentos, los Comités de Ética de la Investigación con Medicamentos y el Registro Español de Estudios Clínicos. En su virtud,

Resuelvo:

Primero.- Renovar la acreditación del Comité de Ética de la Investigación con Medicamentos del Hospital Clínico Universitario Virgen de la Arrixaca en virtud de los criterios específicos comunes para la acreditación, inspección y renovación de la acreditación de los CEIm, de conformidad con el Real Decreto 1090/2015, de 4 de diciembre, por el que se regulan los ensayos clínicos con medicamentos, los Comités de Ética de la Investigación con medicamentos y el Registro Español de Estudios Clínicos, por un periodo de cuatro años.

Segundo.- Cualquier modificación en la composición, el reglamento de funcionamiento interno o en los medios de que dispone el Comité, producida durante la vigencia de la presente acreditación, deberá ser comunicada a la Dirección General de Planificación, Investigación, Farmacia y Atención al Ciudadano de la Consejería de Salud, en el plazo de 15 días.

Tercero.- De conformidad con los criterios específicos comunes para la acreditación, inspección y renovación de la acreditación de los CEIm, dentro del primer cuatrimestre de cada año, los titulares de la presidencia y de la secretaría técnica del CEIm deberá remitir a la Dirección General de Planificación, Investigación, Farmacia y Atención al Ciudadano de la Consejería de Salud, una memoria de las actividades realizadas durante el año anterior.

Cuarto.- El CEIm deberá estar adherido al memorando de colaboración al que hace referencia el artículo 18 del Real Decreto 1090/2015, de 4 de diciembre, y cumplir con los mecanismos y procedimientos de colaboración e intercambio de información específicamente en materia de ensayos clínicos con medicamentos.

Quinto.- Ordenar la publicación de la presente Orden en el "Boletín Oficial de la Región de Murcia".

Sexto.- Notifíquese la presente resolución al interesado y a la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios en el plazo máximo de 15 días.

La presente Orden agota la vía administrativa y podrá ser recurrida potestativamente en reposición ante el mismo órgano que la hubiera dictado en el plazo de un mes o ser impugnada directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación del acto, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno, todo ello conforme a los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y artículos 10 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En caso de interponer el mencionado recurso de reposición deberá hacerlo por vía electrónica. A tal efecto, en el siguiente enlace de la sede electrónica de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia que dispone del formulario específico (código 1494):

https://sede.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=1494&IDTIPO=240&RASTRO=c$m40288

Murcia, 24 de febrero de 2023. El Consejero de Salud, P.D. Orden de 13-7-2022, BORM n.º 163, de 16-7-2022), el Secretario General, Andrés Torrente Martínez.

NPE: A-240323-1816

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