Proyecto de Real Decreto por el que se establecen las normas reguladoras de la concesión directa de préstamos a empresas para su participación en Programas Especiales de Modernización en los dominios terrestre, aéreo, cyber y naval
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- Consulta
- Abierta
- Rango de la Norma:
- Real Decreto de Consejo de Ministros
- Carácter de la consulta:
- Normativas
- Tipo de participación:
- Consulta pública previa
Resumen
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.2 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se procede a realizar la consulta pública previa a la elaboración del proyecto de real decreto por el que se establecen las normas reguladoras de la concesión directa de préstamos a empresas para su participación en Programas Especiales de Modernización en los dominios terrestre, aéreo, cyber y naval.
Problemas que se pretenden solucionar con la nueva norma
El proyecto de real decreto tiene por objeto establecer las normas reguladoras de los préstamos que serán otorgados por el Ministerio de Industria y Turismo a las empresas que el Ministerio de Defensa designe para su participación en Programas Especiales de Modernización, entre otros, "Capacidad Cripto Multipropósito y Multidominio, Sistema Lanzador Integrado, Entorno Virtual Aislado de Enseñanza en Ciberseguridad, Vehículo de Apoyo Cadenas, Sistema Integral de Proyección Anfibia Eficiente, Vehículo exploración y reconocimiento, Actualización vehículos Pizarro y Sistema de combate terrestre superior". Los programas implican desarrollos tecnológicos e industriales en diversas áreas.
Estos programas están incluidos en el Plan Industrial Tecnológico para la Seguridad y la Defensa presentado por el Gobierno en abril de 2025.
Este proyecto será elaborado de conformidad con lo establecido en el artículo 28.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Gobierno aprobará por real decreto, a propuesta del ministro competente y previo informe del Ministerio de Hacienda, las normas especiales reguladoras de las subvenciones reguladas en el párrafo c) del apartado 2 del artículo 22 de esta ley.
Necesidad y oportunidad de su aprobación
La finalidad que propugna la iniciativa ha de abordase necesariamente a través de un Real Decreto de conformidad con el artículo 28 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Objetivos de la norma
La norma regulará, entre otros aspectos, los siguientes:
- Definición del objeto de las subvenciones, con indicación del carácter singular de las mismas y las razones que acreditan el interés público, social, económico o humanitario y aquéllas que justifican la dificultad de su convocatoria pública.
- Régimen jurídico aplicable.
- Beneficiarios y modalidad de ayuda.
- Procedimiento de concesión y régimen de justificación de la aplicación dada a las ayudas por los beneficiarios y, en su caso, entidades colaboradoras.
Plazo de remisión
Plazo para presentar alegaciones desde el viernes, 23 de mayo de 2025 hasta el viernes, 6 de junio de 2025
Presentación de alegaciones
Las alegaciones podrán remitirse a la dirección de correo: sgimpulso@mintur.es indicando en el asunto: "Consulta Pública RD LAND-CYBER"
Sólo serán consideradas las respuestas en las que el remitente esté identificado.