Proyecto Real Decreto que establece las normas reguladoras de la concesión directa de préstamos a empresas para su participación en el Programa Especial de Modernización, Sustitución de Sistemas Anteriores en el Espectro Electromagnético-SANTIAGO Fase II
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- Consulta
- Abierta
- Rango de la Norma:
- Real Decreto de Consejo de Ministros
- Carácter de la consulta:
- Normativas
- Tipo de participación:
- Consulta pública previa
Resumen
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.2 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se procede a realizar la consulta pública previa a la elaboración del proyecto de real decreto por el que se establecen las normas reguladoras de la concesión directa de préstamos a empresas para su participación en el Programa Especial de Modernización, Sustitución de Sistemas Anteriores en el Espectro Electromagnético (SANTIAGO Fase II).
Problemas que se pretenden solucionar con la nueva norma
El proyecto de real decreto tiene por objeto establecer las normas reguladoras de los préstamos que serán otorgados por el Ministerio de Industria y Turismo a las empresas que el Ministerio de Defensa designe para llevar a cabo el Programa Especial de Modernización, Sustitución de Sistemas Anteriores en el Espectro Electromagnético (SANTIAGO II), de actualización y mejoras del Sistema Conjunto de Obtención y Elaboración de información electrónica. El programa implica una actualización y expansión del sistema Santiago I, incorporando nuevos subsistemas de guerra electrónica para la mejora de las capacidades de interceptación, clasificación y localización de señales emitidas por sistemas de radar y comunicaciones adversarias. Este programa está incluido en el Plan Industrial Tecnológico para la Seguridad y la Defensa presentado por el Gobierno en abril de 2025.
Este proyecto será elaborado de conformidad con lo establecido en el artículo 28.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Gobierno aprobará por real decreto, a propuesta del ministro competente y previo informe del Ministerio de Hacienda, las normas especiales reguladoras de las subvenciones reguladas en el párrafo c) del apartado 2 del artículo 22 de esta ley.
Necesidad y oportunidad de su aprobación
La finalidad que propugna la iniciativa ha de abordase necesariamente a través de un Real Decreto de conformidad con el artículo 28 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Objetivos de la norma
La norma regulará, entre otros aspectos, los siguientes:
- Definición del objeto de las subvenciones, con indicación del carácter singular de las mismas y las razones que acreditan el interés público, social, económico o humanitario y aquéllas que justifican la dificultad de su convocatoria pública.
- Régimen jurídico aplicable.
- Beneficiarios y modalidad de ayuda.
- Procedimiento de concesión y régimen de justificación de la aplicación dada a las ayudas por los beneficiarios y, en su caso, entidades colaboradoras.
Plazo de remisión
Plazo para presentar alegaciones desde el martes, 20 de mayo de 2025 hasta el martes, 3 de junio de 2025
Presentación de alegaciones
Las alegaciones podrán remitirse a la dirección de correo: sgimpulso@mintur.es indicando en el asunto: "Consulta Pública RD SANTIAGO"
Sólo serán consideradas las respuestas en las que el remitente esté identificado