Proyecto de Real Decreto que modifica el RD 1073/2021, de 7 de diciembre, sobre la concesión directa de subvenciones para financiar el Plan Nacional de Sostenibilidad Turística en Destinos Xacobeo 2021, en el marco del Plan de Recuperación y Resiliencia.
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- Consulta
- Cerrada
- Rango de la Norma:
- Real Decreto de Consejo de Ministros
- Carácter de la consulta:
- Normativas
- Tipo de participación:
- Audiencia e información pública
Resumen
La Estrategia de Sostenibilidad Turística en Destinos se instrumenta en torno a Programas de Planes de Sostenibilidad Turística en Destinos en los que participan los tres niveles de administraciones turísticas (AGE, CC.AA., ciudades autónomas y entidades locales).
La estrategia se materializa en dos programas diferenciados, uno de ellos es el Programa Extraordinario de Sostenibilidad Turística en Destinos 2021-2023, principal actuación del Plan de Modernización y Competitividad del Sector Turístico. Aunque comparte con el programa ordinario objetivos, categorías de destino, y buena parte de las actuaciones, se distingue de él por el carácter excepcional de su financiación, que procede en su totalidad de los fondos europeos (MRR) y que debe implicar una mayor ambición transformadora, El Programa Extraordinario de Planes de Sostenibilidad Turística en Destinos tiene su concreción operativa entre otros, en un Plan Nacional de Sostenibilidad Turística en Destino que contribuirá a la prioridad turística nacional que se acuerde para cada año en diálogo con las comunidades autónomas y entidades locales.
En 2021 y por la excepcionalidad del evento, el Plan Nacional de Sostenibilidad Turística en Destino tuvo el Xacobeo 21-22 como prioridad.
Al Plan Nacional de Sostenibilidad Turística en Destinos "Xacobeo", se dedican 44.952.000 euros, de acuerdo con lo aprobado en Conferencia Sectorial.
Con fecha de 28 de julio de 2021 se acordó en el seno de la Conferencia sectorial de Turismo el lanzamiento de la Convocatoria extraordinaria correspondiente al ejercicio 2021, que permitió la presentación de propuestas a entidades locales y comunidades autónomas, para luego proceder a la configuración de los Planes Territoriales que permiten configurar en cada territorio y destino una respuesta ante los retos de la sostenibilidad turística, en el ejercicio de sus competencias en materia de ordenación del turismo y en los ámbitos de la transición verde, la transición digital, y la competitividad de los destinos.
Resulta imprescindible ampliar los plazos de ejecución de las ayudas, en aras de la consecución del objeto del Real Decreto 1073/2021, de 7 de diciembre, modificando lo previsto con respecto a su plazo de ejecución dada la necesidad de equiparar los plazos de ejecución del mismo a la del resto de Planes de Sostenibilidad Turística en Destino 3 que estarán finalizados en el segundo trimestre de 2026, consiguiendo, por tanto homogeneizar todas las inversiones gestionadas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia referidas a los Planes mencionados dando cumplimiento, a su vez, a lo aprobado en el Pleno de Conferencia Sectorial de Turismo celebrada el 23 de enero de 2023.
El plazo inicial dado para la ejecución de las subvenciones referidas en el artículo 6 del Real Decreto 1073/2021, de 7 de diciembre, fue el 31 de octubre de 2025.
Estructura del Real Decreto
El proyecto de Real Decreto se compone de un artículo único y dos disposiciones finales.
Plazo de remisión
Plazo para presentar alegaciones desde el lunes, 14 de abril de 2025 hasta el lunes, 28 de abril de 2025
Presentación de alegaciones
Las alegaciones podrán remitirse a la dirección de correo: participacion_csegind@mintur.es indicando en el asunto: "Información Pública RD Modificación PNSTD Xacobeo 2021"
Las alegaciones deben presentarse utilizando el modelo de documento adjunto, o uno similar, ordenando y separando claramente los diferentes comentarios que se realicen, e identificando el apartado y el texto al que se refiere cada uno.
Sólo serán consideradas las respuestas en las que el remitente esté identificado, haciendo constar en ellas:
- Nombre y apellidos/denominación o razón social del participante.
- Organización o asociación (si corresponde)
- Contacto (correo electrónico).
Con carácter general, las contribuciones recibidas se considerarán susceptibles de difusión pública. Las partes de la información remitida que, a juicio del interesado deban ser tratadas con carácter confidencial y en consecuencia no proceda su libre difusión, deberán ser específicamente señaladas en el propio texto de la contribución, no considerándose a estos efectos los mensajes genéricos de confidencialidad de la información.