Proyecto de Real Decreto por el que se regula la concesión directa de subvenciones en materia de industria por el Ministerio de Industria y Turismo, durante el ejercicio presupuestario 2025.
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- Consulta
- Abierta
- Rango de la Norma:
- Real Decreto de Consejo de Ministros
- Carácter de la consulta:
- Normativas
- Tipo de participación:
- Consulta pública previa
Resumen
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.2 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se procede a realizar la consulta pública previa a la elaboración del proyecto de real decreto por el que se regula la concesión directa de subvenciones en materia de industria por el Ministerio de Industria y Turismo, durante el ejercicio presupuestario 2025.
Antecedentes de la norma
El Ministerio de Industria y Turismo tiene atribuida la competencia sobre la elaboración, seguimiento y desarrollo de programas y actuaciones en materia de calidad y seguridad industrial y el desarrollo de infraestructuras técnicas asociadas a estas, así como la elaboración y seguimiento de disposiciones reglamentarias en el ámbito de la calidad y seguridad industrial y sobre homologación de vehículos, sistemas, componentes y unidades técnicas independientes a ellos destinados.
El título III de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, establece diversos objetivos para el fomento de la calidad y seguridad industrial entre los que destaca el control administrativo del cumplimiento de las disposiciones en materia de seguridad industrial y el fortalecimiento y desarrollo de una infraestructura de calidad y seguridad industrial, con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial, aprobado por Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre.
La Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, prorrogados para 2024 y para 2025, prevé dentro del programa 421O Calidad y Seguridad Industrial, transferencias de capital a instituciones sin ánimo de lucro por un importe de 2.625.000 euros.
El presente proyecto de real decreto tiene por objeto regular la concesión de tres subvenciones en las que se dan las circunstancias previstas en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, que justifican que la opción más adecuada sea la concesión directa por su interés público, social y económico.
Problemas que se pretenden solucionar con la nueva norma
Se pretende garantizar la continuidad de las actividades de normalización y acreditación, de los planes de comprobación del cumplimiento de las condiciones de seguridad de los productos y de las actividades dirigidas a facilitar el cumplimiento de las disposiciones en materia de seguridad industrial aplicables a los productos industriales.
La normalización y la acreditación forman parte de un sistema global para asegurar la calidad y seguridad de los productos en el mercado, mejorar la información que se ofrece a los consumidores en relación con los productos y servicios y asegurar un sistema de evaluación de la conformidad transparente.
La normalización constituye un pilar fundamental de la reglamentación en materia de seguridad industrial, mejora la calidad, proporciona información e incrementa la seguridad y el valor para los consumidores.
La acreditación constituye asimismo una pieza central para garantizar una supervisión eficaz de los organismos encargados de evaluar el cumplimiento de requisitos establecidos en regulaciones tanto europeas como nacionales.
Los planes de vigilancia del mercado y de investigación y análisis en materia de seguridad industrial constituyen igualmente un elemento fundamental del sistema de control de la seguridad industrial fomentando la competencia leal entre los productores y reduciendo los riesgos asociados a la presencia en el mercado de productos no conformes.
Necesidad y oportunidad de su aprobación
Las necesidades que pretende cubrir este proyecto de real decreto, de acuerdo con lo indicado anteriormente, son las de garantizar la continuidad de las actividades de normalización y acreditación, así como de los planes de vigilancia del mercado y comprobación del cumplimiento de las condiciones de seguridad de los productos.
Objetivos de la norma
El objetivo de la norma es la concesión directa de tres subvenciones, con carácter excepcional y dado que concurren razones de interés público, social y económico, al amparo de lo previsto en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a favor de las siguientes entidades: La Asociación Española de Normalización, la Entidad Nacional de Acreditación y la Fundación para el Fomento de la Innovación Industrial
En la Asociación Española de Normalización y la Entidad Nacional de Acreditación, con el fin de contribuir al desarrollo, en el ejercicio 2025, de actividades para la potenciación y mejora de la infraestructura técnica para la calidad y seguridad industrial prevista en el capítulo II del Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial aprobado por Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre.
Y en la Fundación para el Fomento de la Innovación Industrial, con el fin de contribuir al desarrollo en el ejercicio de 2025 de actividades para la vigilancia del mercado en aspectos de seguridad de productos industriales, y para la potenciación de la seguridad industrial.
Posibles soluciones alternativas, regulatorias y no regulatorias
La norma proyectada regula la concesión de tres subvenciones, previstas en los presupuestos generales del Estado para 2023, prorrogados para 2024 y para 2025, quedando acreditado el interés público, de conformidad con el artículo 22.2 c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Por ello, no existen alternativas a su regulación mediante real decreto, que es la forma establecida por el artículo 28 de la mencionada Ley para aprobar las normas especiales reguladoras de las subvenciones previstas.
Respecto a la alternativa de no aprobar ninguna regulación, daría como resultado la imposibilidad de conceder la subvención en el actual escenario de prórroga presupuestaria y por tanto la ausencia de las actividades de vigilancia de mercado e investigación sobre los requisitos de seguridad industrial aplicables a los productos, en el año 2025, así como la dificultad de mantener el nivel de actividad de normalización y acreditación, especialmente en lo relativo a los aspectos de normalización y acreditación europea e internacional, con el impacto que ello supone para el tejido industrial nacional.
Plazo de remisión
Plazo para presentar alegaciones hasta el lunes, 31 de marzo de 2025
Presentación de alegaciones
Las alegaciones podrán remitirse a la dirección de correo: participacion_csegind@mintur.es indicando en el asunto: "CONSULTA PREVIA PROYECTO DE RD SUBVENCIONES EN MATERIA DE INDUSTRIA"
Sólo serán consideradas las respuestas en las que el remitente esté identificado.
Con carácter general, las contribuciones recibidas se considerarán susceptibles de difusión pública. Las partes de la información remitida que, a juicio del interesado deban ser tratadas con carácter confidencial y en consecuencia no proceda su libre difusión, deberán ser específicamente señaladas en el propio texto de la contribución, no considerándose a estos efectos los mensajes genéricos de confidencialidad de la información.