PERTE del sector agroalimentario (PERTE-AGRO2)
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El consejo de Ministros aprobó el 8 de febrero de 2022 el Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica Agroalimentario (PERTE Agroalimentario).
El objetivo de este PERTE es el fortalecimiento de la industria agroalimentaria para que mejores sus procesos de producción e incremente su competitividad.
En este contexto, el PERTE Agroalimentario se articula en torno a una serie de medidas transformadoras, con objetivos específicos dirigidos exclusivamente al sector agroalimentario, y medidas facilitadoras que, sin tener una dotación específica para ese sector, contribuyen también a los objetivos del PERTE. Se configura a partir de tres ejes prioritarios, que abordan actuaciones concretas en tres ámbitos. En concreto, las actuaciones que contempla esta orden de bases se engloban en el eje 1, cuyo fin principal es el fortalecimiento de la industria agroalimentaria para que mejore sus procesos de producción e incremente su competitividad.
Una vez resuelta la incidencia informática en el aplicativo de solicitudes de las ayudas del PERTE Agroalimentario convocadas por Orden ITU/885/2024, de 14 de agosto, se comunica que el plazo de presentación de solicitudes se iniciará a las 9:00 horas del 3 de octubre de 2024 y se extenderá hasta las 14:00 horas del 4 de noviembre de 2024, conforme a la Orden sobre ampliación del plazo por incidencia técnica, al amparo del artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para la presentación de solicitudes en el procedimiento previsto en la Orden ITU/885/2024, de 14 de agosto, que puede consultarse en la sede electrónica del Ministerio de Industria y Turismo.
Más informaciónDescripción General
Esta convocatoria tiene por objeto el apoyo a proyectos industriales individuales en el ámbito de la industria agroalimentaria para mejorar sus procesos y competitividad, afrontando los retos de la digitalización y la sostenibilidad, y contribuyendo al empleo y a la promoción del entorno rural.
Régimen de concesión
El procedimiento para el otorgamiento de estas ayudas será el de concurrencia no competitiva, conforme al artículo 62 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre.
La comprobación de los requisitos que establece la convocatoria, se realizará exclusivamente sobre la información aportada por el solicitante en la fase de admisión de solicitudes. No se admitirán las mejoras voluntarias de la solicitud. No obstante, el órgano instructor podrá requerir aclaraciones sobre aspectos de la solicitud que no supongan reformulación ni mejora de esta.
Normativa
Bases
- Orden ITU/1042/2024, de 26 de septiembre, por la que se amplía el plazo por incidencia técnica, para la presentación de solicitudes en la convocatoria prevista en la Orden ITU/885/2024, de 14 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a proyectos industriales en el sector agroalimentario dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica Agroalimentario, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y la convocatoria de estas ayudas del año 2024.
- Corrección de errores de la Orden ITU/885/2024, de 14 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a proyectos industriales en el sector agroalimentario dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica Agroalimentario, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y la convocatoria de estas ayudas del año 2024.
- Extracto de la Orden ITU/885/2024, de 14 de agosto de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a proyectos industriales en el sector agroalimentario dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica Agroalimentario, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y la convocatoria de estas ayudas del año 2024.
- Convocatoria para la concesión de ayudas a proyectos industriales en el sector agroalimentario, dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica Agroalimentario, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del año 2024.
- Orden ITU/885/2024, de 14 de agosto (BOE 22/08/2024), por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a proyectos industriales en el sector agroalimentario dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica Agroalimentario, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y la convocatoria de estas ayudas del año 2024.
Solicitudes
Plazo de presentación
Desde el 3 de octubre a las 9:00 horas al 4 de noviembre de 2024 a las 14:00 horas.
NOTA: El registro electrónico del Ministerio se rige por la hora oficial española.
Sólo serán admitidas las solicitudes que hayan sido grabadas en el registro electrónico del Ministerio antes de las 14:00 horas del último día de plazo de presentación (hora oficial española).
Trámite con certificado digital
La solicitud, cuestionario, declaraciones y demás documentación, se rellenarán con la aplicación informática prevista para ello. Se enviarán telemáticamente mediante la aplicación, con firma electrónica avanzada, no siendo admisible su presentación en papel, disquete, CD u otro tipo de soporte físico.
La firma electrónica debe hacerla el representante legal de la empresa o entidad con su certificado digital de usuario, que tiene que estar admitido por el Ministerio.
Acceso a la aplicación informática
Acceso a la aplicación informática de presentación de solicitudes
Junto con la solicitud se deberán presentar otros ficheros. El tamaño máximo permitido para cada fichero es de 5 MB.
NOTA: La guía de solicitud, guía de procedimiento, modelos de memoria, declaraciones, etc. se publicarán en el apartado "Guías y modelos".
Si debe enviarse un documento firmado con la utilidad AutoFirma, el documento a firmar deberá estar en formato PDF y el fichero a enviar será el .XSIG, para ello deberá tener configurada la utilidad AutoFirma, según las instrucciones publicadas en la sede electrónica del Ministerio. En este caso el tamaño máximo (5 MB) se aplicará al fichero .XSIG.
Pasos para enviar la solicitud y documentación asociada
- Acceso a la aplicación informática para cumplimentar la solicitud y el cuestionario.
- Preparar la documentación que deba adjuntar (memoria, poderes, etc.)
- Cumplimentar todos los datos y validar el cuestionario completo.
- Firmar y Enviar, para proceder al envío de toda la documentación junto con el cuestionario y ser firmado electrónicamente.
NOTA: Podrá trabajar en su solicitud, en varias sesiones sucesivas, siempre y cuando no haya sido firmada y enviada. Lo que no se puede hacer es trabajar simultáneamente desde más de un PC en la misma solicitud, aunque se estén editando distintos apartados.
Configuración de navegadores para la firma electrónica
Para presentar su solicitud con firma electrónica necesitará tener instalado el programa AutoFirma como se indica en las siguientes instrucciones.
Instrucciones de configuración Microsoft Edge [PDF]
Instrucciones de configuración en Google Chrome [PDF]
Instrucciones de configuración en Mozilla Firefox [PDF]
Instrucciones para instalar el programa AutoFirma
Puede instalarse AutoFirma desde esta página
Instrucciones de instalación de AutoFirma [PDF]
Información sobre Tratamiento de Datos
- Información sobre los Derechos de Protección de Datos
-
Normativa básica relativa a la protección de datos personales
Los datos personales que el Ministerio de Industria y Turismo recaba son tratados de manera confidencial conforme a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (Reglamento general de protección de datos) y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.
Derechos de las personas interesadas
Cualquier persona tiene derecho a obtener confirmación sobre el tratamiento de sus datos personales por parte del Ministerio de Industria y Turismo.
El interesado puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos, de limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, contemplados en los artículos del 15 al 22 del Reglamento 2016/679 cuando proceda, ante el Ministerio de Industria y Turismo, a través de la dirección postal Paseo de la Castellana 160 - 28071 - Madrid, o en la dirección de correo electrónico dpd@mincotur.es. También puede dirigirse a los respectivos órganos administrativos responsables del tratamiento de sus datos inscritos en el Registro de actividades de tratamiento de datos personales.
Además, para el ejercicio de estos derechos tiene a su disposición los formularios puestos a disposición por la Agencia Española de Protección de datos a través del siguiente enlace: Ejerce tus derechos.
El interesado puede ejercer su derecho a reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos, en la dirección postal C/ Jorge Juan 6, 28001 Madrid, a través de la web de Trámites ciudadanos en la sede electrónica de la AEPD. Con carácter previo a la presentación de dicha reclamación, puede dirigirse al Delegado de Protección de Datos, de conformidad con el artículo 37.1 de la Ley Orgánica 3/2018.
Registro de actividades de tratamiento de datos personales
En cumplimiento del artículo 30 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 la información ampliada relativa a los tratamiento de datos personales llevada a cabo por los distintos órganos administrativos del Ministerio de Industria y Turismo se recoge en el Registro de actividades de tratamiento de datos personales.
En dicho Registro podrá identificar al Responsable del tratamiento en cada caso, el tratamiento seguido, la finalidad del mismo, y el periodo de conservación de sus datos personales
Legitimación
El tratamiento de sus datos se realiza para el cumplimiento de obligaciones legales por parte de este Ministerio, para el cumplimiento de misiones realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al mismo, así como cuando la finalidad del tratamiento requiera su consentimiento, que habrá de ser prestado mediante una clara acción expresa y afirmativa.
Puede consultar la base legal para cada una de las actividades de tratamiento que lleva a cabo por el Ministerio de Industria y Turismo en el enlace de Registro de actividades de tratamiento de datos personales
- Contacto para presentar cualquier reclamación o queja
-
Ministerio de Industria y Turismo
Secretaría de Estado de Avance Digital
Información y Atención al ciudadano del Ministerio de Economía y Empresa.
Secretaría de Estado de Energía
Información y Atención al ciudadano del Ministerio para la Transición Ecológica.
Oficina virtual
Contacto por correo electrónico con la Oficina Virtual del Ministerio de Industria y Turismo.
- Enlace a Protección de Datos del portal web del ministerio
Preguntas frecuentes
- ¿Quién debe presentar la solicitud en la aplicación?
-
Quien realice el trámite en el Registro Electrónico deberá ser una persona que ostente la representación necesaria, en los términos establecidos en el artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, proporcionando toda la información y la documentación a presentar en la solicitud.
El firmante de la solicitud de ayudas deberá acreditar que en el momento de la presentación de la solicitud tiene representación suficiente para el acto. El incumplimiento de esta obligación, de no subsanarse, dará lugar a que se le tenga por desistido de la solicitud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
- ¿Cuál es el plazo de presentación de solicitudes?
-
El plazo de presentación comenzará desde el día 3 de octubre de 2024 a las 9:00 horas y finalizará el día 4 de noviembre de 2024 a las 14:00 horas.
- En caso de que una sociedad no llegue al umbral de 12 puntos elegibilidad en viabilidad económica y financiera, ¿hay manera de hacer algo?
-
No. En el caso de que la entidad no alcance dicho umbral, la entidad no podrá ser elegible.
- ¿Hay un importe máximo de ayuda para empresas, o proyectos?
-
Sí. Por empresa: la subvención obtenida por la empresa para el total de sus proyectos:
- Será como máximo de 4.000.000 euros.
- No podrá superar el importe neto de la cifra de negocios de las cuentas indicadas en el artículo 51. En el caso de empresas que no tengan cuentas para el ejercicio establecido en la convocatoria, la subvención será como máximo sus fondos propios.
- Una entidad dedicada al procesado de pescado, ¿sólo puede ser beneficiaria de ayudas para proyectos de investigación y desarrollo?
-
Sí, las entidades del sector de la pesca cubiertas por el reglamento que regula la OCM del sector de la pesca únicamente pueden ser beneficiarias de proyectos de la línea de I+D+i, no pueden ser beneficiarios de la línea de eficiencia energética y protección al medio ambiente, de acuerdo con las limitaciones que establece el artículo 1.3.e) del Reglamento (UE) 651/2014.
- ¿Qué ocurre si una vez firmada y enviada la solicitud, quiero modificar algo o aportar nueva documentación?
-
Una vez firmada y enviada una solicitud, no es posible hacer modificaciones sobre ella. No obstante, dentro del plazo establecido en la convocatoria, podrá presentar una nueva solicitud con la nueva información/correcciones/documentación y desistir de la primera.
Para desistir de su primera solicitud, deberá entrar en el Registro Electrónico con la clave que la aplicación le habrá facilitado al realizar el envío o bien utilizando el certificado electrónico utilizado en el envío y, ahí, entrar en el expediente y realizar el trámite correspondiente al desistimiento de su solicitud.
- ¿Cuál es el plazo de ejecución de inversiones?
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Serán financiables las inversiones y gastos realizados desde el día siguiente a la presentación de la solicitud y hasta 30 de junio de 2026
- ¿Pueden presentarse y recibir ayudas empresas de nueva constitución?
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Las empresas solicitantes deberán tener un mínimo de actividad de tres años. Deberán acreditar que han desarrollado actividades descritas en el Anexo I al menos durante los tres años anteriores, contados hasta la fecha de fin de plazo de solicitud.
Solo en el caso de que la empresa solicitante fuese resultado de la escisión de otra empresa, se computará también el tiempo de desarrollo de dichas actividades dentro de la empresa matriz, siempre que la empresa solicitante continúe con el desarrollo de dichas actividades.
La antigüedad de dicha actividad se comprobará en base a la información aportada en la memoria del proyecto de la empresa, y comprobaciones realizadas de oficio por la Administración. En caso de duda, se podrá solicitar información adicional a la empresa.
- ¿Cómo se puede justificar que la entidad es elegible si no pertenece a las actividades encuadradas dentro de la Sección C- Divisiones 10, 11 y 12?
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Si su empresa tiene otro CNAE distinto al de las actividades encuadradas dentro de la Sección C- Divisiones 10, 11 y 12, debe justificar debidamente en la memoria que la empresa realiza actividades equiparables a las de la letra a) del Anexo I del proyecto de orden, donde se incluya la transformación o una actividad industrial. Aquellas actividades pertenecientes al Sector Primario, donde no se realicen actividades industriales, a priori, no serían elegibles.
- ¿Quién tendrá acceso al expediente electrónico?
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Durante la fase de solicitud, instrucción y ejecución, sólo tendrá acceso al expediente electrónico la misma persona que realice el trámite en el Registro Electrónico. Todos los trámites que se quieran realizar en estos periodos deberán hacerse a través de éste.
- ¿Pueden dos o más actuaciones de una misma línea de actuación configurarse como un único proyecto en una misma solicitud?
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Si las actuaciones se encuadran dentro de una misma línea de actuación, y tienen un mismo fin como objetivo del proyecto, podrían entrar en un mismo proyecto y, por tanto, solicitud.
- ¿Las memorias de proyecto pueden tener formato pdf firmado con certificado digital en lugar de en formato xsig?
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No. El único formato válido para las memorias es el formato. xsig generado con la aplicación @Autofirma.
- ¿Dentro de un mismo proyecto, se pueden incluir diferentes actuaciones ubicadas en distintas plantas productivas de la empresa?
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En una solicitud se podrán incluir diferentes actuaciones únicamente si todas se encuadran dentro de una misma línea de actuación. Se pueden añadir varios centros productivos siempre que se encuentren bajo el mismo proyecto (y, por tanto, bajo la misma línea de actuación).
- ¿Pueden utilizarse modelos de memoria que no se correspondan con el que se incluye en la convocatoria?
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El modelo de memoria debe ceñirse al formato que se determina en la orden de convocatoria para cada tipología de proyecto.
Contactos para la resolución de dudas
Para cuestiones administrativas o de índole procedimental:
Teléfono: 913 494 640
Correo electrónico: agroalimentario@mintur.es
Para cuestiones informáticas:
Teléfono: 913 494 005
Correo electrónico: oficinavirtual@serviciosmin.gob.es