Ayudas a planes de inversión de la Sección B del vehículo eléctrico dentro del PERTE VEC.

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La Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa ha establecido como objetivo fundamental de la política industrial apoyar planes de inversión orientados a la cadena de valor industrial del vehículo eléctrico y conectado, sus sistemas, subsistemas y componentes, y ciertos sistemas de infraestructura auxiliares necesarios para su despliegue.

Novedades

  • WEBINAR PERTE  VEC Sección B 2024 - 10/09/2024 - 9:00
    Con motivo de la publicación de la nueva Convocatoria de ayudas a proyectos para el impulso a la cadena de valor del vehículo eléctrico y conectado (VEC) enmarcado en el Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica en el sector del Vehículo Eléctrico y Conectado (PERTE VEC), el equipo técnico de la Secretaría de Estado de Industria va a ofrecer una sesión informativa, con el fin de promover la participación, resolver dudas y facilitar la preparación de la documentación necesaria para la presentación de solicitudes.
    Se celebrará una sesión informativa virtual, previa a la apertura de los plazos de solicitud. La fecha prevista para la celebración de esta sesión será el próximo martes 10 de septiembre a las 9:00 y será una sesión pública, de carácter técnico, en la que podrá participar cualquier entidad o persona interesada.
    El formato de la jornada será virtual para favorecer la asistencia y maximizar la difusión. Se requiere registro previo para participar en la sesión a través del enlace.
    Detalles del evento
    ACCESO ONLINE:
    WEBINAR Sesión informativa PERTE VEC sección B
    10/09/2024, 09:00
    Zona horaria: (UTC+01:00) Bruselas, Copenhague, Madrid, París
    Enlace de registro previo: enlace
    El enlace de acceso al webinar será enviado durante los próximos días, vía correo electrónico, únicamente a los interesados que se hayan registrado en el enlace anterior.

Descripción General

Esta convocatoria tiene como objetivo incentivar la realización de planes de inversión dentro de la cadena de valor del vehículo eléctrico y conectado (sección B)  en el año 2024, desarrollados por sociedades mercantiles legalmente constituidas en España, a través del apoyo a proyectos que permitan la transformación de una cadena de valor estratégica, cuyo impacto en la economía española será muy significativo, especialmente en el sector de automoción y su orientación hacia el vehículo eléctrico y conectado, en la línea con el enfoque hacia una transformación digital y sostenible.

Se financiarán planes de inversión dentro de la cadena de valor del vehículo eléctrico y conectado (sección B) que podrán estar compuestos por más de un proyecto, enmarcados dentro de alguna de las siguientes líneas de actuación:

  • Línea de Investigación, Desarrollo e Innovación;
  • Línea de Innovación en Sostenibilidad y Eficiencia Energética;
  • Línea de Ayudas Regionales a la inversión;
  • Línea de ayudas a la inversión en favor de las PYME.

Todos estos tipos de proyectos están destinados a aplicarse en la cadena de valor del vehículo eléctrico.

Régimen de concesión

El procedimiento para el otorgamiento de estas ayudas será el de concurrencia no competitiva, conforme al artículo 62 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre.

La comprobación se realizará exclusivamente sobre la información aportada por el solicitante en la fase de admisión de solicitudes. No se admitirán las mejoras voluntarias de la solicitud. No obstante, el órgano instructor podrá requerir aclaraciones sobre aspectos de la solicitud que no supongan reformulación ni mejora de esta.

Dado que son documentos clave para la determinación de la elegibilidad del proyecto presentado, no serán subsanables los documentos referidos en el apartado 2.a) y b) e i) del artículo 17 de la de convocatoria, y, por tanto, no podrá modificarse lo aportado en la solicitud.

Para el resto de documentos indicados en el apartado 2 de dicho artículo, si la documentación aportada no reuniera los requisitos exigidos, se requerirá al interesado para que, en el plazo de diez días hábiles, desde el siguiente al de publicación del requerimiento en la sede electrónica, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con advertencia de que, si no lo hiciese, se le tendrá por desistido de su solicitud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 93 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el artículo 23.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

A esos efectos, cuando se trate de documentos emitidos por un tercero, esto es, los correspondientes al apartado 2.c), d), e), f), g), h), j), l) y n), se tendrá por subsanada la omisión documental y se considerará válida la fecha de presentación de la solicitud inicial, cuando se acredite la existencia de los mismos antes de dicha fecha.

En el resto de los casos, se considerará que la solicitud es completa en el momento de la subsanación de la misma. La fecha de la subsanación del último documento será considerada como la fecha de entrada de la solicitud.

Normativa

Bases

Orden ICT/736/2023, de 5 de julio (BOE 07/07/2023), por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a proyectos para el impulso a la cadena de valor del vehículo eléctrico y conectado dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica en el sector del Vehículo Eléctrico y Conectado, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y la convocatoria de ayudas a proyectos de producción de baterías del vehículo eléctrico del año 2023.

Solicitudes

Plazo de presentación

Comenzará el día 16 de septiembre a las 10:00 y finalizará el día 4 de octubre de 2024 a las 14:00.

NOTA: Las horas indicadas se refieren a la hora oficial española ("hora peninsular"). Si usted está en Canarias, recuerde que la hora insular canaria siempre es una hora menos que la hora oficial española. Por ejemplo, en el momento de abrirse el plazo serán las 9:00 en Canarias y las 10:00 en el resto de España.

Trámite con certificado digital

La solicitud y el cuestionario se rellenarán con la aplicación informática prevista para ello y disponible en esta misma página. Ambos documentos, junto con la memoria del proyecto y otra documentación requerida, se enviarán telemáticamente mediante dicha aplicación, con firma electrónica avanzada, no siendo admisible su presentación en papel, disquete, CD u otro tipo de soporte.

Cada solicitud de ayuda deberá constar de los documentos y las declaraciones indicadas en la página de Información adicional de la Solicitud, donde se detalla toda la información y documentación que debe presentarse con la solicitud.

La firma electrónica debe hacerla el representante legal de la empresa o entidad con su certificado digital de usuario, que tiene que estar admitido por el Ministerio (certificados electrónicos cualificados y soportados por la Plataforma @Firma).

Acceso a la aplicación informática

Acceso a la aplicación informática de presentación de solicitudes

No podrá empezar a cumplimentarse la solicitud hasta el momento en que comience el plazo de presentación de solicitudes.

Junto con la solicitud se deberán presentar otros ficheros. El tamaño máximo permitido para cada fichero es de 5 MB.

Si debe enviarse un documento firmado con la utilidad AutoFirma, el documento a firmar deberá estar en formato PDF y el fichero a enviar será el .XSIG, para ello deberá tener configurada la utilidad AutoFirma, según las instrucciones publicadas en la sede electrónica del Ministerio. En este caso el tamaño máximo (5 MB) se aplicará al fichero .XSIG.

Pasos para enviar la solicitud y documentación asociada

  • Acceso a la aplicación informática para cumplimentar la solicitud y el cuestionario.
  • Preparar la documentación que deba adjuntar (memoria, poderes, etc.)
  • Cumplimentar todos los datos y validar el cuestionario completo.
  • Firmar y Enviar, para proceder al envío de toda la documentación junto con el cuestionario y ser firmado electrónicamente.

NOTA: Podrá trabajar en su solicitud, en varias sesiones sucesivas, siempre y cuando no haya sido firmada y enviada.

Configuración de navegadores para la firma electrónica

Para presentar su solicitud con firma electrónica necesitará tener instalado el programa AutoFirma como se indica en las siguientes instrucciones.

Instrucciones de configuración Microsoft Edge [PDF]

Instrucciones de configuración en Google Chrome PDF [1.490KB]

Instrucciones de configuración en Mozilla Firefox [PDF]

Instrucciones para instalar el programa AutoFirma

Puede instalarse AutoFirma desde esta página

Instrucciones de instalación de AutoFirma [PDF]

Información sobre Tratamiento de Datos

Información sobre los Derechos de Protección de Datos

Normativa básica relativa a la protección de datos personales

Los datos personales que el Ministerio de Industria y Turismo recaba son tratados de manera confidencial conforme a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (Reglamento general de protección de datos) y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.

Derechos de las personas interesadas

Cualquier persona tiene derecho a obtener confirmación sobre el tratamiento de sus datos personales por parte del Ministerio de Industria y Turismo.

El interesado puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos, de limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, contemplados en los artículos del 15 al 22 del Reglamento 2016/679 cuando proceda, ante el Ministerio de Industria y Turismo, a través de la dirección postal Paseo de la Castellana 160 - 28071 - Madrid, o en la dirección de correo electrónico dpd@mincotur.es. También puede dirigirse a los respectivos órganos administrativos responsables del tratamiento de sus datos inscritos en el Registro de actividades de tratamiento de datos personales.

Además, para el ejercicio de estos derechos tiene a su disposición los formularios puestos a disposición por la Agencia Española de Protección de datos a través del siguiente enlace: Ejerce tus derechos.

El interesado puede ejercer su derecho a reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos, en la dirección postal C/ Jorge Juan 6, 28001 Madrid, a través de la web de Trámites ciudadanos en la sede electrónica de la AEPD. Con carácter previo a la presentación de dicha reclamación, puede dirigirse al Delegado de Protección de Datos, de conformidad con el artículo 37.1 de la Ley Orgánica 3/2018.

Registro de actividades de tratamiento de datos personales

En cumplimiento del artículo 30 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 la información ampliada relativa a los tratamiento de datos personales llevada a cabo por los distintos órganos administrativos del Ministerio de Industria y Turismo se recoge en el Registro de actividades de tratamiento de datos personales.

En dicho Registro podrá identificar al Responsable del tratamiento en cada caso, el tratamiento seguido, la finalidad del mismo, y el periodo de conservación de sus datos personales

Legitimación

El tratamiento de sus datos se realiza para el cumplimiento de obligaciones legales por parte de este Ministerio, para el cumplimiento de misiones realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al mismo, así como cuando la finalidad del tratamiento requiera su consentimiento, que habrá de ser prestado mediante una clara acción expresa y afirmativa.

Puede consultar la base legal para cada una de las actividades de tratamiento que lleva a cabo por el Ministerio de Industria y Turismo en el enlace de Registro de actividades de tratamiento de datos personales


Contacto para presentar cualquier reclamación o queja

Ministerio de Industria y Turismo

Atención al ciudadano.

Secretaría de Estado de Avance Digital

Información y Atención al ciudadano del Ministerio de Economía y Empresa.

Secretaría de Estado de Energía

Información y Atención al ciudadano del Ministerio para la Transición Ecológica.

Oficina virtual

Contacto por correo electrónico con la Oficina Virtual del Ministerio de Industria y Turismo.


Enlace a Protección de Datos del portal web del ministerio

Concesión

Las publicaciones de las propuestas provisionales, propuestas definitivas y resoluciones estarán reguladas por el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por tratarse de un procedimiento en concurrencia competitiva.

Estas publicaciones se harán en el registro electrónico del Ministerio, y los plazos correspondientes empezarán a contarse a partir del día siguiente al de la publicación. Para consultar estas comunicaciones, pueden identificarse de cualquiera de las formas siguientes:

  1. Con certificado digital de representante de la empresa
  2. El representante de la empresa para ese expediente, con su DNI electrónico o un certificado digital de persona física
  3. El representante de la empresa para ese expediente, con Cl@vePIN o Cl@ve permanente
  4. Con el usuario y la contraseña de ese expediente. Como usuario puede emplear el NIF del representante o el CIF de la empresa. La contraseña es la que se asignó al expediente al presentar la solicitud de ayuda.

Si usa los métodos 1), 2) o 3) puede consultar las comunicaciones directamente en el apartado "Salidas" del registro electrónico, o bien puede acceder al apartado "Expedientes", localizar el de la comunicación que quiere leer y hacerlo desde allí. Si usa el método 4), solo podrá acceder al expediente del registro electrónico al que corresponde la comunicación.

Si usa el método 1), no importa si la persona física que figura en el certificado no coincide con el representante para ese expediente, solo se comprueba el CIF en el certificado y en el expediente.

Todas las comunicaciones se publicarán también en la Carpeta Ciudadana del Punto de Acceso General de la Administración General del Estado.

Contactos para la resolución de dudas

Para cuestiones administrativas o de índole procedimental:
Teléfono: 913 494 640

Correo electrónico: financia_industria@mintur.es

Para cuestiones informáticas:
Teléfono: 913 494 005

Correo electrónico: oficinavirtual@serviciosmin.gob.es

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