Proyecto de Real Decreto por el que se regula la concesión directa de subvenciones al Centro Internacional de Toledo para la Paz

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Proyecto de R.D. por el que se regula la concesión directa de una subvención al CITPAX

CONSULTA PÚBLICA PREVIA A LA ELABORACIÓN DE UN PROYECTO DE REAL DECRETO por el que se regula la concesión directa de una subvención de la Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores y Globales al Centro Internacional de Toledo para la Paz (CITPAX) para el desarrollo de actividades en el marco de los objetivos de la política exterior de España.


De conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el artículo 26 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, con el objetivo de mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos normativos, se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente, en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:

a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.

b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.

c) Los objetivos de la norma.

d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

En cumplimiento de lo anterior y de acuerdo con lo dispuesto en la Orden PRE/1590/2016, de 3 de octubre, por la se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de septiembre de 2016, por el que se dictan instrucciones para habilitar la participación pública en el proceso de elaboración normativa a través de los portales web de los departamentos ministeriales, se abre un periodo de consulta pública previa respecto al presente proyecto normativo.

Los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, pueden hacer llegar sus opiniones y observaciones sobre el proyecto, hasta el día 5 de junio de 2025, a través del siguiente buzón de correo electrónico: gabinete.seaeg@maec.es​

Sólo serán consideradas las observaciones (respuestas) en las que el remitente esté identificado con el nombre y apellidos, en caso de personas físicas, o con la denominación o razón social, en caso de personas jurídicas.

Con carácter general las contribuciones recibidas se considerarán susceptibles de difusión pública. Las partes de la información remitida que, a juicio del interesado, deban ser tratadas con carácter confidencial y en consecuencia no proceda su libre difusión, deberán ser específicamente señaladas en el propio texto de la contribución, no considerándose a estos efectos los mensajes genéricos de confidencialidad de la información.

Al objeto de facilitar la participación en la consulta pública, se facilita la siguiente información sobre el proyecto normativo:

1. Antecedentes de la norma

El proyecto de real decreto se tramitará en virtud de lo dispuesto en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante, Ley General de Subvenciones), que establece que podrán concederse de forma directa, con carácter excepcional, subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas, que dificulten su convocatoria pública.

El artículo 28.2 de la misma ley determina que el Gobierno aprobará por Real Decreto, a propuesta del ministro competente y previo informe del Ministerio de Hacienda, las normas especiales reguladoras de esta subvención.

2. Problemas que se pretenden solucionar con la nueva norma.

El Centro Internacional de Toledo para la Paz (CITPax) es una fundación privada sujeta al Protectorado de Fundaciones que cuenta asimismo con patronos públicos: Ministerio de Asuntos Exteriores-Unión Europea y Cooperación, Ministerio de Defensa, la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha, Gobierno de Canarias y los Ayuntamientos de Toledo y Madrid.

Desde su fundación en 2004, se ha concentrado especialmente en Oriente Medio, Magreb, Mediterráneo y América Latina. Ha intervenido asimismo en el Cáucaso y Afganistán, desarrollando un programa transversal sobre resolución de conflictos, específicamente en cuestiones de cooperación entre los componentes civil y militar en operaciones de paz, coordinación de actores internacionales, reforma del sector de seguridad y en el enfoque integral de la gestión de crisis, incluyendo el papel de la gran empresa en la construcción de la paz, especialmente en situaciones post-conflicto. Todo ello en el marco del 16 Objetivos de Desarrollo Sostenible.

Se trata de una institución especializada en la realización de actividades, estudios, análisis y diagnósticos orientados a la prevención y resolución de conflictos y la gestión de crisis. Utiliza un conjunto de herramientas agrupadas bajo la denominación genérica de diplomacia paralela o de segunda vía, que se concretan en actividades de mediación, facilitación o elaboración de propuestas puente.

El desarrollo de las diferentes actividades del Centro se alinea con el mantenimiento y promoción de la paz y la seguridad internacionales; el fomento de instituciones multilaterales fuertes y legítimas; la promoción y consolidación de sistemas políticos basados en el Estado de Derecho y en el respeto a los derechos fundamentales y las libertades públicas y la seguridad y bienestar de España y sus ciudadanos. Todos ellos objetivos de la política exterior de España, establecidos en el artículo 2 de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado. A lo que se suma la construcción de sociedades pacíficas e inclusivas, ya establecida en el marco de los Objetivos de Desarrollo Sostenible pero también parte esencial de la política exterior desarrollada por el Gobierno de España. La diversidad de ámbitos de trabajo, la solvencia de las propuestas presentadas y la experiencia con la que ya cuenta el CITPax para su ejecución hacen idónea a la institución para contribuir a dichos objetivos.

3. Necesidad y oportunidad de su aprobación.

El Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación ha apoyado las actividades de esta entidad mediante una subvención nominativa, recogida en los Presupuestos Generales del Estado del año 2023, consignada en los créditos del Programa 142A "Acción del Estado en el Exterior", que gestiona la Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores y Globales.

Tanto en el año 2024 como en 2025, no ha tenido lugar la aprobación de unos nuevos Presupuestos, habiéndose producido, de acuerdo con el apartado 4 del artículo 134 de la Constitución española, la prórroga automática de los últimos presupuestos aprobados mediante la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.

La figura de subvención nominativa, prevista en el artículo 22.2 a) de la LGS, que ha servido en el año 2023 para asegurar las actuaciones de interés general y de especial relevancia realizadas por CITPAX, está excluida de la prórroga de los Presupuestos Generales del Estado.

Por ello, y de acuerdo con la mencionada Ley 38/2003, procede seguir el cauce del Real Decreto para la aprobación de la subvención.

4. Objetivos de la norma.

El objetivo de la norma es regular la concesión directa, por la Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores y Globales, con carácter excepcional y por razón de interés público, institucional, humanitario, social y cultural, de una subvención de carácter singular.

5. Posibles soluciones alternativas, regulatorias y no regulatorias.

Habida cuenta lo expuesto en el apartado tercero, no existe otra vía procedimental que permita aprobar la subvención objeto del presente proyecto normativo.

Muchas gracias por su colaboración.

Madrid, 19 de mayo de 2025.​


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