(FIN DE PLAZO 2018-04-17) Consulta Pública Previa sobre el proyecto de RD por el que se modifica el Real Decreto 219/2013, de 22 de marzo, sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos.
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Resumen De conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el artículo 26 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, con el objetivo de mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas y con carácter previo a la elaboración del proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento, se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente, en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma. La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural pretende modificar el Real Decreto 219/2013, de 22 de marzo, sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos. Dicho real decreto incorporó al ordenamiento jurídico español la Directiva 2011/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2011, sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos (Directiva RoHS). La nueva norma tendrá como objetivo dar cumplimiento a lo dispuesto en la normativa comunitaria en relación a la protección de la salud humana y del medio ambiente, en lo relativo a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos (AEE), mediante la aplicación de 2 nuevas normas europeas: - Por un lado transponer a nuestro ordenamiento jurídico los nuevos requerimientos de la Directiva (UE) 2017/2102, por la que se modifica la Directiva 2011/65/UE sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos, mediante la modificación de parte del articulado del Real Decreto 219/2013, de 22 de marzo, sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos. - Por otro lado transponer a nuestro ordenamiento jurídico la Directiva Delegada (UE) 2017/1975, que modifica el anexo III de la Directiva 2011/65/UE, para adaptarlo al progreso científico y técnico, a través de la modificación del anexo III del real decreto anteriormente citado. Se ha de valorar si procede el desarrollo de un real decreto como instrumento que contribuya a cumplir los requerimientos anteriormente indicados. En relación al tema planteado, y al objeto de dar cumplimiento al artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y al artículo 26.2 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.El plazo para remitir sugerencias comenzó el 28 de marzo y finalizó el 17 de abril de 2018. Plazo de remisión
Plazo para presentar alegaciones desde el miércoles, 28 de marzo de 2018 hasta el martes, 17 de abril de 2018