La Comunidad de Madrid ultima la aprobación de la jornada partida en los colegios públicos y Educación Especial desde el próximo curso

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La Comunidad de Madrid establecerá la jornada partida como norma general en los colegios públicos de Infantil y Primaria, Educación Especial y los públicos autorizados a impartir Enseñanza Secundaria Obligatoria desde el próximo curso 2025/26. El Consejo de Gobierno ha conocido hoy un informe sobre los principales puntos del proyecto de Decreto que ultima su aprobación para regular la jornada escolar, un documento que ya ha superado la fase de consulta pública y llegará próximamente al Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid.

El Gobierno regional está impulsando este cambio a la jornada partida en su educación pública para incrementar la capacidad de elección de las familias madrileñas, facilitar la conciliación de la vida laboral y familiar, mejorar el rendimiento de los alumnos -con edades de 3 a 12 años- y permitir que los horarios escolares se adapten a las necesidades actuales.

El texto del Decreto cuenta con dos partes diferenciadas. La primera de ellas establece la organización del horario en estos centros, que por norma general se desarrollará en dos sesiones de mañana y tarde con un intervalo entre ambas de dos horas y la posibilidad de realizar jornada continuada en los meses de septiembre y junio. La única excepción será la de aquellos que, a su entrada en vigor, ya tuvieran aprobado el horario continuado para su actividad docente.

La segunda parte del futuro Decreto regula el procedimiento para que estos colegios públicos de la región, si así lo desean, puedan tramitar y aprobar el cambio de su jornada escolar al horario partido, una actuación que se facilita y que simplifica para que las familias y comunidades educativas que lo estimen puedan activarlo con todas las garantías.

Así, para poner en marcha el proceso de cambio tendrá que solicitarlo al menos un tercio de los miembros del Consejo Escolar del centro, formado por los padres de alumnos, profesores, personal de administración y servicios y representantes municipales. Actualmente se requiere que esa petición la planteen dos tercios de los miembros del Consejo, con mayoría absoluta de los representantes de padres y profesores.

El procedimiento de votación de las familias sigue permitiendo el presencial, por correo y telemático, pero se establece que para que sea válida únicamente será necesario que la mayoría de los emitidos sean favorables. Desaparecerá así la actual exigencia de que lo emitan al menos dos tercios del censo electoral del centro.

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