Audios generados (reproducción automática)
Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE ARROYOMOLINOS ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 45Arroyomolinos. Organización y funcionamiento. Delegación funciones Se hace público para general conocimiento que, la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Arroyomolinos (Madrid), el día 2 de julio de 2025, ha dictado el decreto/resolución número 2291/2025, de avocación de competencias en el expediente de contratación "Servicio de teleasistencia domiciliaria del Ayuntamiento de Arroyomolinos (Madrid) (Expediente 22/22)", cuya parte resolutiva es la siguiente: Primero..Avocar la competencia delegada en la Junta de Gobierno Local en virtud del decreto de Alcaldía número 1974/2023, de fecha 23 de junio, para la aprobación de la 1.a prórroga del expediente relativo al contrato administrativo de servicios denominado "Servicio de teleasistencia domiciliaria del Ayuntamiento de Arroyomolinos (Madrid), hasta su formalización, por razones de eficacia y conveniencia, y con el fin de no sujetar la producción del acto a requisitos de convocatoria y de celebración de sesión de la Junta de Gobierno Local, que no pueden ser atendidos por la urgencia y falta de tiempo material para continuar con la tramitación del expediente de contratación. Segundo..La avocación surtirá efectos en el momento en el que se suscriba el presente acto administrativo, independientemente del momento de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Tercero..Convalidar en todos sus términos la documentación que obra en el expediente relativo a la 1.a prórroga del contrato administrativo de servicios denominado "Servicio de teleasistencia domiciliaria del Ayuntamiento de Arroyomolinos (Madrid) y otorgar eficacia retroactiva al presente decreto de convalidación al cumplirse los requisitos establecidos en el artículo 39.3 de la LPACAP, cuando proceda. Cuarto..Publicar el presente decreto en el "perfil del contratante" del Órgano de Contratación, alojado en la Plataforma de Contratación del Sector Público. Quinto..Contra el acto de avocación, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer potestativamente recurso de reposición ante el órgano que lo dictó, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a aquél en que se produzca su notificación o publicación, según los casos; o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contado de igual forma, y conforme a las normas de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Frente al fondo del asunto objeto del presente decreto no cabe recurso al tratarse acto de trámite. Sexto..Dar cuenta del presente decreto al Pleno del Ayuntamiento, en la primera sesión ordinaria que celebre, de conformidad con lo establecido en el artículo 44.4 en relación con el 38.d) del ROF. Séptimo..Comunicarla en extracto a la Administración General del Estado y a la de la Comunidad de Madrid. Octavo..Aprobar la 1.a prórroga del contrato de servicios denominado "Servicio de teleasistencia domiciliaria del Ayuntamiento de Arroyomolinos" (Expt. 22/22), por un precio máximo de veintinueve mil setecientos veintiséis euros con once céntimos (29.726,11 euros), desglosado en un principal por importe de veintiocho mil quinientos ochenta y dos euros con ochenta céntimos (28.582,80 euros) al que corresponde un 4 % de IVA por importe de mil ciento cuarenta y tres euros con treinta y un céntimos (1.143,31 euros), en base a los siguientes precios unitarios y contenidos de la prestación derivaos de la oferta económica: Otros contenidos de la prestación, derivados de la oferta presentada por el adjudicatario son: . Oferta de ampliación 10 dispositivos periféricos. . Oferta de ampliación 8 terminales de teleasistencia móvil. . Oferta de ampliación 10 dispositivos complementarios. Todo ello, en los términos establecidos en el expediente, y en las mismas condiciones iniciales del contrato, abarcando una duración de un año desde el día 7 de julio de 2025 hasta el día 6 de julio de 2026. Noveno..Autorizar y disponer el gasto que comporta la 1.a prórroga del contrato con cargo a la aplicación presupuestaria 231 22762 del presupuesto de gastos del ejercicio 2025 y sucesivos que correspondan. Décimo..Proceder a la formalización documental de la prórroga aprobada. Décimo primero..Notificar al contratista el acuerdo adoptado con indicación de los recursos que procedan. Décimo segundo..Comunicar el acuerdo adoptado a la Concejalía delegada de Política Social, Mayores y Deporte, al Responsable de contrato, Intervención y Tesorería Municipales. Décimo tercero..Publicar la resolución adoptada respecto a la aprobación de la prórroga en el "perfil del contratante" del Órgano de Contratación, alojado en la Plataforma de Contratación del Sector Público. Lo que se dicta en Arroyomolinos, el día de la fecha de la firma electrónica inserta en el cajetín de numeración de este decreto, en la parte superior del mismo. En Arroyomolinos, a 2 de julio de 2025..El alcalde-presidente, Luis Quiroga Toledo. (03/10.919/25)