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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES MEJORADA-VELILLA CONTRATACIÓN 65Mancomunidad de Servicios Sociales Mejorada-Velilla. Contratación. Mesa contratación permanente La Presidencia de la Mancomunidad de Servicios Sociales Mejorada-Velilla ha dictado la Resolución 2025-153 de 24 de junio de 2025, de constitución, composición y funciones de la Mesa de Contratación de carácter permanente para licitaciones, cuyo extracto se inserta a continuación y que se hace público para general conocimiento en cumplimiento de lo previsto en la normativa vigente: (...) Primero. Constituir una Mesa de Contratación de carácter permanente para licitaciones que celebre esta Mancomunidad, con las funciones que le asigna el artículo 326.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, y los Reales Decretos 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, y 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, así como en los expedientes patrimoniales en los que exista licitación pública y pliegos con criterios que hayan de ser objeto de valoración, salvo que el órgano que haya de efectuarla se rija por normas legales o reglamentarias especiales. En el caso de procedimientos patrimoniales, la Mesa de Contratación se denominará Mesa de Valoración. Segundo. Determinar la composición de los órganos colegiados a los que se refiere el pronunciamiento anterior, en los siguientes términos: a) Presidenta: Dña. Juana Iris Álvarez Ruiz, presidenta de la Mancomunidad de Servicios Sociales Mejorada-Velilla, que será suplida por Dña. Yolanda Rollón Ferigal, vicepresidenta de la Mancomunidad. b) Secretaria: Dña. Cristina Cerquera Jiménez, que será suplida por Dña. Ana Belén Iglesias Torres, que actuarán con voz, pero sin voto. c) Vocales: . D. Carlos Belmonte Gracia, secretario general de la Mancomunidad que será sustituido por Dña. Ana Belén Iglesias Torres. . Dña. Isabel María Colino Martínez, interventora de la Mancomunidad. A las reuniones de la Mesa, y a solicitud de la presidencia de esta, podrá asistir el personal de la Mancomunidad asesor que resulte necesario según la naturaleza de los asuntos a tratar, el cual actuará con voz, pero sin voto. Tercero. Establecer que las actuaciones de los órganos colegiados a los que se refiere el pronunciamiento primero se regirán, además de por los artículos 21 y 22 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Públic,o y la normativa específica de contratación pública, por lo establecido en la Sección 3.a del Capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Cuarto. Establecer que los órganos colegiados a los que se refiere el pronunciamiento primero actuarán en todas las licitaciones sujetas a la Ley 9/2017, de 8 de noviembre. Quinto. Dejar sin efecto el decreto de la Presidencia 2023-0207, de 16 de julio de 2025. Sexto. Notificar este decreto a los miembros titulares y suplentes de la Mesa de Contratación. Séptimo. Publicar este decreto en extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. (...) Mejorada del Campo, a 26 de junio de 2025..La presidenta, Juana Iris Álvarez Ruiz. (03/10.506/25)